Amparo
100184Tesis1 de Septiembre de 2014
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DEMANDA INICIAL
AMPARO NUMERO:_____________
CIUDADANO JUEZ DE DISTRITO EN EL ESTADO, EN TURNO.
Puebla, Puebla.
LORENZO AGUSTIN MARTINEZ COHETERO, por mi propio derecho, mexicano por nacimiento, promoviendo en mi carácter de probable responsable con motivo del ejercicio de la acción penal que formulo en mi contra la representación social, por el delito de Despojo, supuestamente cometido en contra del señor Leoncio Tapia Martínez, ante Usted, con el debido respeto comparezco y expongo:
Con fundamento en lo que dispone el artículo 30 fracción I de la Ley de Amparo, señalo domicilio en esta ciudad de Puebla de Zaragoza para efecto de recibir notificaciones y acuerdos, en la casa número mil trescientos cinco de la calle cincuenta y tres sur de la colonia Ampliación Reforma Sur.
De igual forma, autorizo para que las reciban en mi nombre y representación en forma conjunta o indistinta, facultándolos además en los términos amplios que señala el segundo párrafo del artículo 27 de la ley de la materia, para que interpongan recursos que procedan, ofrezcan y rindan pruebas, aleguen en las audiencias, soliciten suspensión o diferimiento, pidan se dicte sentencia o ejecuten cualquier acto que resulte necesario para la defensa de mi parte a los señores Abogados Jorge Mario Blancarte Montaño, con cédula profesional número 349675 expedida a su favor por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública, que lo acredita para ejercer con la patente de Licenciado en Derecho, misma que se encuentra debidamente registrada en este Juzgado, como consta en el Sistema para el Registro Único de Profesionales del Derecho, con registro único número 52068; y/o Jorge Luis Blancarte Morales, con cédula profesional número 1981471 expedida a su favor por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública que lo acredita para ejercer con la patente de Licenciado en Derecho, misma que se encuentra debidamente registrada en este Juzgado como consta en el Sistema para el Registro Único de Profesionales del Derecho, con registro único número 33721; y/o Licenciado Argimiro Campos Córdova con cedula profesional número 4387758 expedida a su favor por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública que lo acredita para ejercer con la patente de Licenciado en Derecho, y/o Licenciada Erika Perla Gil Luna con cedula profesional número 4081961 expedida a su favor por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública que lo acredita para ejercer con la patente de Licenciado en Derecho, Irvin Campos Gil con Cédula Profesional numero 5919914, y/o Alfonso Chistian Espinosa Gutierres con Cédula Profesional numero 4607872, y/o Luis Alberto Martinez Flores con numero de Cédula Profesional 5065437, ante usted con el debido respeto y como mejor en derecho proceda, comparezco para exponer.
De igual forma, refiero que mediante este ocurso y con apoyo en lo dispuesto por los artículos 51 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 103 fracción I y 107 de la Constitución General de la República; 1 fracción I, 22, 76 Bis y 116 de la Ley de Amparo, vengo a solicitar el AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL, en contra de los actos y autoridades que al efecto señalo:
I.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO: el nombre del quejoso ya ha quedado a señalado al rubro y el domicilio particular calle dieciocho de marzo sin número, Primera Sección, Barrio de San José, Hermenegildo Galeana, Acatlán de Osorio, Puebla.
II.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO PERJUDICADO, señalo al señor
Leoncio Tapia Martínez con domicilio en la casa marcada con el numero setecientos doce bis, interior seis de la avenida diecinueve poniente, de la ciudad de Puebla, Puebla.
III.- AUTORIDADES RESPONSABLES, en este apartado preciso con ese carácter a las siguientes:
Como autoridad Ordenadora responsable, señalo:
a).- Al Ciudadano Juez de Defensa Social del Distrito Judicial de Acatlán, Puebla, con domicilio oficial bien conocido en la cabecera del Municipio de Acatlán de Osorio, Puebla.
Como autoridades Ejecutoras del acto reclamado, señalo:
a).- Al Ciudadano Comandante de la Policía Ministerial del Estado de Puebla; con residencia en Acatlán de Osorio con domicilio oficial bien conocido en la Ciudad de Acatlán de Osorio, Puebla;
IV.- ACTO RECLAMADO, preciso en este apartado los siguientes:
Del Ciudadano Juez de Defensa Social del Distrito Judicial de Acatlán de Osorio, Puebla, reclamo el inconstitucional AUTO DE FORMAL PRISIÓN O PREVENTIVA dictado en mi contra, con fecha catorce de junio del año dos mil once, dentro de los autos del proceso penal tramitado bajo el número 4/2011 del índice del Juzgado Penal a su cargo, como probable responsable del delito de DESPOJO, en agravio de Leoncio Tapia Martínez, mismo que pido se tenga aquí por reproducido como si a la letra se insertara su contenido, y que por resultar contrario a derecho, carente de fundamentación y motivación redundando en un acto inconstitucional, me veo en la necesidad de acudir ante esta potestad federal para solicitar el amparo y protección de la justicia de la unión tal y como más adelante preciso.
Del Ciudadano Comandante de la Policía Ministerial del Distrito Judicial de Acatlán, Puebla, con residencia en la cabecera Municipal de Acatlán de Osorio, Puebla reclamo la ejecución al auto de formal prisión dictado por la ordenadora.
De todas las autoridades señaladas como responsables reclamo, las consecuencias y efectos legales de sus actos y todo cuanto se traduzca en la privación ilegal de mi libertad con la consiguiente molestia de mis garantías de gobernado emanadas de la Carta Magna.
V.-FECHA DE NOTIFICACION:
Lo es en fecha dieciséis de junio del año dos mil once, fecha en la que el quejoso fui notificado respecto del auto de FORMAL PRISIÓN O PREVENTIVA.
VI.- PROTESTA:
En cumplimiento a lo ordenado por la fracción IV del artículo 116 de la Ley de Amparo, bajo protesta de decir verdad manifiesto a Usted que los hechos que me constan y que constituyen los antecedentes del acto reclamado, son ciertos, y los hago consistir en los siguientes:
VII.– ANTECEDENTES:
1.- Que el suscrito es mexicano por nacimiento, de ocupación campesina, casado, de fecha de nacimiento el diez de agosto del año de mil novecientos cuarenta y nueve.
2.- Que en fecha ocho de junio del año dos mil once, siendo las catorce horas del día, el suscrito comparecí ante el Ciudadano Juez de lo Penal del Distrito Judicial de Acatlán de Osorio, Puebla, bajo los efectos de la suspensión provisional de los actos reclamados que me fue concedida en el juicio de garantías numero 766/2011, expedida por el Juez Décimo de Distrito en el Estado, todo esto dentro de la causa penal numero 4/2011.
3.- En esa misma fecha siendo las catorce horas con treinta minutos se me hizo saber la causa por la cual se había girado orden de busca, aprehensión y detención en mi contra, conociendo la causa generadora de dicha orden, haciéndome saber que el Ministerio Público formulo en mi contra acusación como probable responsable en la comisión del delito de DESPOJO, cometido en agravio de LEONCIO TAPIA MARTINEZ, rindiendo el quejoso declaración preparatoria en esos momentos, así como también el defensor particular que nombré en esos momentos y en uso de la voz solicitó la ampliación del término Constitucional de setenta y dos horas a ciento cuarenta y cuatro horas, para ofrece pruebas tendientes a probar mi inocencia, feneciendo dicho término a las catorce horas con treinta minutos del día catorce de junio del año dos mil once, tal y como se desprende de autos.
4.- En fecha catorce de junio del año dos mil once se resolvió la situación jurídica del quejoso, dictándose en mi contra AUTO DE FORMAL PRISIÓN O PREVENTIVA, teniéndose acreditado el cuerpo del delito y como probable responsable del delito de DESPOJO en agravio del señor LEONCIO TAPIA CARRERA, a pesar de que en autos del proceso penal de origen ofrecí pruebas en la ampliación del Término Constitucional las cuales fueron desahogadas, en donde se acreditaba mi inocencia, mismas que no fueron valoradas, mucho menos estudiadas.
5.- Por lo anterior es que me veo en la necesidad de acudir ante esta instancia federal, para solicitar el amparo y protección de la justicia de la unión en contra de los actos emitidos en perjuicio de mis derechos por el Juez Penal de origen, ya que me esta sujetando a un PROCESO PENAL cuando en autos consta que no fueron debidamente valoradas las pruebas ofrecidas
VIII.- PRECEPTOS CONSTITUCIONALES VIOLADOS Y CONCEPTO LEGAL DE SU VIOLACIÓN.- El acto reclamado viola en mi perjuicio las garantías de audiencia y seguridad jurídica consagradas en los preceptos legales contenidos en los artículos 14, 16, 20, 21 y 22 de la Constitución General de la República, traduciéndose dicha violación en un acto inconstitucional, carente de lógica y razón, además de adolecer de la debida fundamentación y motivación tal y como paso a demostrar.
IX.- AGRAVIOS.- El acto reclamado causa perjuicio a las garantías constitucionales del suscrito quejoso, tal y como se desprende de los siguientes:
PRIMER AGRAVIO.- Lo constituye el AUTO DE FORMAL PRISIÓN O PREVENTIVA dictado en mi contra, con fecha catorce de junio del año dos mil once, dentro de los autos del proceso penal 4/2011,
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