Antologia de derecho constitucional
Denilson SanchezApuntes12 de Febrero de 2018
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1.- EL ESTADO, SU CONCEPTO JURIDICO
1.1. Teoría organicista de Platón
Considera al estado como semejante al organismo biológico en todos sus componentes, ya que existen ciertas similitudes, y decía que las calles y caminos correspondían a las arterias y venas de aquel ser imaginario, los gremios a los músculos, etc. Concluyendo que el gobierno correspondía al cerebro, que recibe mensajes y da órdenes, y expuso que la familia es como el núcleo de las células que forman a este ente biológico. Sin embargo, Platón no definió al Estado como tal.
1.2. Teorías que confunden al Estado con sus elementos
Estas doctrinas identifican al Estado con alguno de los elementos que los componen: el territorio, la población y el poder.
1.- El Estado es el Territorio, no soporta la menor critica, ya que basta imaginar un territorio sin un solo habitante para afirmar que no estamos frente a un Estado, sino frente a un simple terreno.
2.- Al Estado como Pueblo, tampoco puede ser aceptada, si vemos a una población sin un elemento de unidad, podemos saber que nos encontramos frente a un simple conjunto de hombres sin organización.
3.- Al Estado como Poder. Esta teoría identifica al Estado con el gobierno; considera a los individuos que ejercen el poder, gobernantes como la encarnación del estado.
Este concepto lo encontramos en la doctrina francesa del absolutismo; por ejemplo, en Bossuet: el estado identificado con el gobierno, hasta el punto de que Luis XIV llegó a decir “el estado soy yo”, y debemos preguntarnos ¿Cuándo muere el Rey, muere el Estado?
1.3. Teoría del alma de las masas
Teoría del “Alma Popular” e influjo reciproco, en las que ya se considera que un Estado se integra con los tres elementos, y se busca un elemento que los vivifique y que les de unidad.
Esta Teoría cree en la existencia de un “alma superior”, creada por todos y cada uno de los habitantes esa alma los identificaba y servía de unidad.
Tuvo una variante que creía que ese elemento unificante no podía ser un alma, sino que era un influjo reciproco que existía entre los habitantes.
Estas teorías fueron desechadas al no poder ser comprobadas científicamente, sin embargo, influyen en que exista elementos comunes como himno, bandera y el escudo.
1.4. Teoría Sociológica de Spinoza
Esta teoría se apoya en que el elemento vivificante de los tres elementos del Estado se encontraba sujetos a una serie de características sociológicas de un pueblo, como el lenguaje, religión, costumbres, historia, raza, etc. Dejando de lado que no pudiera existir una uniformidad, por esto, esta teoría fue desechada.
1.5. Teoría Dualista de Jellinek
Surge como respuesta a la anterior, Jellinek sostiene que además de los tres elementos que constituyen al Estado, los elementos que lo vivificaban eran las características sociológicas, como vivencia real y por el Derecho por ser de aplicación general a todos los habitantes asentados en un determinado territorio.
1.6. Teoría de Kelsen
Kelsen afirma que la anterior teoría era errónea, pues se basaba en la unión de dos bases incompatibles, una ciencia del Ser (sociología), con una ciencia del deber ser (Derecho), por lo que creó su propia doctrina, afirmando que el Derecho y el Estado se identificaban.
Para sostener esta teoría, Kelsen crea el “Triángulo de Kelsen” donde agrupó al Derecho como un sistema normativo y pone en la base a la Constitución como directriz del triángulo, que los Elementos del Estado quedan identificados por está, ya que el Derecho afirma quienes son la Población, el Territorio y la forma de Gobierno.
Conclusión:
El estado no es una realidad natural si no producto del hombre
Se le ha llamado de diferente manera a través del tiempo_
Grecia= polis
Roma= civitas- res publica- imperium
Italia pluralidad de agrupaciones se vio en la necesidad de darles un nombre= Estados en el Siglo XIV Nicolás Maquiavelo “el príncipe”
Evolución del Estado:
• Estado Clásico= no existía una esfera de libertades frente al Rey
• Estado moderno= renacimiento caída del sistema feudal, derechos individuales
• Estado moderno liberal o constitucional:
- Estado de derecho
- Separación de poderes
- Derechos individuales o garantías
El Estado para nosotros será una sociedad humana, asentada de manera permanente en el territorio que le corresponde, sujeta a un poder soberano que crea, define y aplica un orden jurídico que estructura la sociedad estatal para obtener el bien público temporal creando una personalidad moral jurídica.
2.- SOBERANIA
2.1. Concepto de Soberanía
- De las raíces latinas súper y omnia, que significan sobre poder, es decir lo que está “sobretodo”,
- Jean Bodino, fue el primero en dar este concepto y lo define como el “poder absoluto y perpetuo de una República.”
- Por otra parte, Jellinek lo define como: “la negación de toda subordinación de fuerzas exteriores y fuerzas interiores.”
- Interior: poder mayor dentro de un territorio determinado.
- Exterior: Que está a la par de los otros Estados.
- Reside en el pueblo art 49º:
- El pueblo ejerce su soberanía por medio de los poderes de la unión art 41º
2.2. Origen Histórico
La idea se gestó a finales de la Edad Media, debido a la victoria que alcanzó el Rey frente al Papado, el Imperio y los señores feudales.
Bodino define por primera vez al Estado en funciones de su Soberanía, diciendo “El Estado es un recto gobierno, de varias agrupaciones y de lo que les es común con potestad soberana”
- Soberanía según Hobbes; Justifica la expansión sin límites del poder soberano.
- Soberanía según Locke:
- Soberanía según Rousseau: Sustituye la soberanía del Rey por la del Pueblo.
Se llegó a la conclusión de que la soberanía es la “negación de toda subordinación o limitación del Estado por cualquier otro poder”
A esta definición se desprenden las nociones del poder soberano como independiente y supremo.
De lo anterior desprendemos dos tipos de soberanía:
- Soberanía Interior llamada Supremacía: Es la potestad que ejerce el Estado sobre los individuos y las colectividades que se encuentran dentro de orbita.
- Soberanía Exterior llamada Independencia: En cuanto a las relaciones internacionales, cada Estado está en estado de Igualdad frente a otros Estados.
2.3. El titular de la soberanía conforme a los sistemas europeos y americano
SISTEMA EUROPEO.
La principal diferencia entre ambas doctrinas es a quien le atribuyen ser el titular de la soberanía y el titular del ejercicio jurídico del poder soberano.
El sistema europeo localiza al Estado como titular del poder soberano, este es susceptible de organizarse jurídicamente. Y debido a que es una ficción, quien ejerce la soberanía son los órganos, y estos están formados por personas físicas, una o varias, que quieran y obren por el Estado, estás son detentadoras de la soberanía.
Jellinek critica esta teoría, pues afirma que este poder soberano, supremo e independiente es ilimitado, por tanto, se puede caer en un abuso y ser nocivo al mismo Estado.
SISTEMA AMERICANO.
En esta doctrina se destituye de soberanía a los gobernantes y se la reconoce originariamente en la voluntad del pueblo, externada por escrito en el documento llamado Constitución, en la que consignó la forma de gobierno, creó los poderes públicos con sus respectivas facultades y reservó para los individuos cierta zona inmune a la invasión de las autoridades (los derechos públicos de la persona que nuestra Constitución llama "Derechos Humanos y sus garantías”). Los poderes públicos creados por la Constitución, no son soberanos, pues tienen una limitante en el principio de legalidad “El Estado puede hacer todo lo que la Ley le permite y los particulares todo lo que la ley no les prohíba”. En la Constitución de Estados Unidos hay una garantía de no ejercer la soberanía arbitrariamente.
3.- EL PODER CONSTITUYENTE
3.1 Naturaleza, Titularidad y Función
Su naturaleza deriva del derecho natural
Su titularidad es el pueblo
Función crear y emitir una constitución
3.2. El Poder Constituyente Permanente y los Poderes constituidos.
Poder constituyente permanente: órgano que está en el pueblo el cual crea la constitución y posteriormente desaparece, solo es creado con la finalidad de emitir la constitución
No gobierna otorga facultades, pero no las ejercita
Poderes constituidos: son los poderes que la constitución constituye, no hacen otra cosa que gobernar en los términos y limites señalados por la constitución, ejercitan las facultades que les otorgaron el poder constituyente sin otorgárselas a sí mismos
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