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Análisis De La Carrera Administrativa En COLOMBIA


Enviado por   •  25 de Marzo de 2015  •  2.013 Palabras (9 Páginas)  •  867 Visitas

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ANÁLISIS DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA EN COLOMBIA

INTRODUCCIÓN:

El sistema de carrera administrativa implementado en nuestro país como elemento fundamental del modelo burocrático de organización, caracterizado por la impersonalidad y la eficiencia, busca (quizás sin haber podido encontrar) la aplicación real de su estructura normativa en el transcurso de su historia, para consagrarse como gestor de la creación del Estado moderno y por tanto romper con los sistemas aun existentes de patrimonialismo y de patronazgo, incluso el de botín político.

En realidad los servicios de carrera aparecen con la creación del Estado moderno, cuando los funcionarios del rey se convirtieron en funcionarios del Estado. ―”una vez establecida la voluntad soberana del pueblo, en reemplazo de los antojos del monarca, dicha voluntad habría de ser ejecutada por servidores públicos obedientes cuyas cualidades de rigor, competencia y responsabilidad, eran particularmente admiradas” (Crozier, 1996: 1).

El modelo burocrático asume que ciertas condi¬ciones, como el establecimiento de jerarquías, la carrera, la especialización y la diferenciación son necesarias para el eficiente funcionamiento de la Administración Pública. Estos sistemas, basados en normas más o menos estables y exhaustivas, buscan ser impersonales, ofrecer el mismo tratamiento o servicio a todo el mundo y garantizar la seguridad jurídica y eficacia de la administración.

LA CARRERA ADMINISTRATIVA EN COLOMBIA

en nuestro país antes de la entrada en vigencia de la ley 165 de 1938, el presidente de la república tenia la potestad de nombrar y retirar a los funcionarios públicos, reinando de esa forma el clientelismo, los intereses políticos y las recomendaciones, excluyendo el meritos como principio esencial de la función publica, dando pase al botín político. “botín para el grupo dominante y recompensa para pagar servicios en la lucha partidaria”. (Younes, 1998:158).

En realidad la ley 165/38, no tuvo los resultados esperados dadas la injerencia de los partidos corporativistas del gobierno de turno y los diferentes movimientos políticos, que ocasionan de esta manera el fenómeno de la corrupción, debido a fuentes prebendarías.

Posteriormente, mediante el plebiscito de 1957, la carrera administrativa, adquiere el carácter constitucional y su finalidad era la modernización estatal. “En este orden de cosas, crecimiento y desarrollo económico, modernización del aparato administrativo, y formación científica de los administradores públicos, constituyen factores modernizadores del Estado y de la administración pública”. (González, 2004: 33).

Para el año de 1968 se expide el decreto-ley 2400 que regula la administración del personal civil de la rama ejecutiva y con su decreto reglamentario 1950 de 1973 ordenan la carrera administrativa del orden nacional, excluyendo de esta institución a las entidades territoriales.

Para 1984 se expidió el decreto 583, con el cual, se autorizaba el ingreso a la carrera administrativa a funcionarios que habían sido nombrados sin concurso, para tal fin deberían soportar los requisitos para el nombramiento de su cargo.

Posteriormente, el constituyente de 1991 consideró importante el tema de la carrera administrativa, por esta razón, en la Constitución de 1991, se establece en el título V (de la organización del Estado), un capítulo dedicado a la Función pública, el cual es desarrollado en diez (10) artículos. En desarrollo de este mandato constitucional se promulgó la Ley 27 de 1992 que permitió regular la carrera a nivel nacional y territorial, pero que adoleció de muchas deficiencias e incongruencias que motivaron al gobierno a tramitar otra norma reguladora de la carrera administrativa en el país que se convirtió en la Ley 443 de 1998, que posteriormente fue declarada inexequible buena parte de su articulado relacionado con las disposiciones que integraban las Comisión Nacional del Servicio Civil y aquellas que otorgaban competencia a los jefes de las entidades para convocar a concurso a sus empleados.

Hasta la presente se ha estimado la carrera administrativa como un sistema técnico de administración de personal que regula los procesos en el sector público (ingreso, permanencia, ascenso y retiro), evaluación de desempeño y calificación de los empleados, estímulos y capacitación. Aspectos que no son tratados por las normas de la carrera como remuneración y el régimen laboral también se encuentran reglamentados en las normas de administración de personal.

ahora bien, a pesar de que existe un sistema amplio en la normatividad de la carrera administrativa en Colombia, sus resultados no son ni han sido a lo largo de los mas de setenta años desde la aparición de la primera ley los esperados, y cave resaltar como un factor determinante en tal situación la politiquería que de manera galopante y sin restricciones por parte del congreso y del miso gobierno( que en tal caso parecen de oídos sordos), “…esta normatividad no es garantía de que la gestión de los procesos de personal haya sido transparente en el país‖ (Calderón, 2004: 76). ―Así pues, teórica y prácticamente, puede existir un servicio civil sin carrera administrativa, como en Colombia, donde existe sólo el primero, pues la carrera administrativa se regula en las normas pero en la práctica no opera”. (Younes, 1998: 177).

Renglón aparte merece el hecho de la incorporación de persona sin las características requeridas por el principio de idoneidad y lealtad al servicio da la función pública y que a diferencia encontramos funcionarios sin los más mínimos requisitos exigidos y que minimizan el esencial principio de de celeridad, eficacia y eficiencia en detrimento no solo de la administración publica, sino de la relación administración-comunidad protagonizando un cambio de roles entre el publico y el funcionario, donde el primero tiene que rendir reverencias ante estos y no estos prestos a servir al publico.

Así por ejemplo, los perfiles no se definen previamente atendiendo a los direccionamientos estratégicos de la entidad, sino de acuerdo a las características de la persona que se desea nombrar; la convocatoria no se difunde amplia y abiertamente sino que se cumple solamente con el formalismo buscando atraer no el mayor número de aspirantes, como lo recomienda la literatura especializada sobre el tema, sino por el contrario el menor número posible; las pruebas que se aplican no son elaboradas por entidades independientes y autónomas, gozando de cuestionados márgenes de seguridad; las entrevistas buscan imponer el candidato de nominador, no suelen estar estructuradas previamente y no se

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