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Apelación De Tramitación Inmediata


Enviado por   •  21 de Abril de 2014  •  1.282 Palabras (6 Páginas)  •  1.198 Visitas

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C. JUEZ CUARTO DE DISTRITO EN EL ESTADO

P R E S E N T E

RAFAEL EUGENIO ESCOBAR TORRES, con la personalidad que tengo debidamente acreditada en autos del juicio ordinario mercantil número 228/2012 del índice de ese juzgado, ante usted respetuosamente comparezco y expongo, que:

Con fundamento en los artículos 1336 y 1345 fracción IX, del Código de Comercio, vengo por medio del presente escrito a interponer RECURSO DE APELACION DE TRAMITACION INMEDIATA, en contra del auto de fecha 10 de Abril del año en curso, publicado en la lista de acuerdos del día siguiente y surte efectos para computar la presentación del presente término a partir del lunes 14 del mismo mes y año, ya que dicho acuerdo irroga a mi representada los siguientes:

A G R A V I O S

I.- VIOLACION A LAS DISPOSICIONES DE LOS ARTICULOS 1°, 14, 16 Y 17 DE LA CONSTITUCION GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, AL DEJAR DE PRONUNCIARSE EN RELACION A MI SOLICITUD DE DESECHAMIENTO DE LA PRUEBA PERICIAL.- Los anteriores artículos de nuestra Carta Magna contienen los derechos humanos reconocidos en la misma y en los tratados Internacionales de que México forma parte, así como las garantías para su protección que toda autoridad en el ámbito de su competencia tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar.

Así, el artículo 14 establece se deben cumplir las formalidades del procedimiento en los juicios seguidos ante tribunales previamente establecidos, conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho; el artículo 16, que todo acto de autoridad debe estar fundado y motivado; y el artículo 17, que se tiene derecho a la administración de justicia por los tribunales, en los términos y plazos que establecen las leyes.

Pues bien, lo anterior considero ha sido inobservado por el juez natural ya que violenta en perjuicio de mi representada el principio de exhaustividad, al dejar de pronunciarse respecto de mi solicitud de desechamiento de la prueba pericial ofrecida por la actora en el Incidente de Ejecución de Sentencia formado en la misma pieza de los presentes autos, por Liquidación de Intereses Moratorios, cuando oportuna y textualmente le dije por escrito:

“1.- Objeto y manifiesto mi oposición a la pertinencia de la prueba pericial ofrecida en vía incidental por la parte actora, ya que del ofrecimiento de la misma se advierte que no cumple con dos de los requisitos indispensables señalados en el artículo 1253 fracción I del Código de Comercio, a saber:

a).- No señala la calidad técnica, artística o industrial del perito designado; y

b).- No relaciona textualmente dicha prueba pericial con los hechos controvertidos.

Lo anterior es suficiente para desechar dicha prueba al tenor de lo dispuesto en el artículo 1253 fracción II del Código de Comercio”.

De la lectura del auto impugnado se advierte que admite dicha prueba, sin pronunciar razonamiento lógico jurídico alguno mediante el que haga mención siquiera de mi solicitud de desechamiento, simple y llanamente se limita a declarar pertinente la prueba porque dice es necesario el conocimiento contable ya que producirá convicción en su ánimo para resolver, reiterando que existe una sentencia que condena a mi representada al pago de intereses y estos deben cuantificarse, inobservando de paso nuevamente lo dispuesto por el artículo 1348 del Código de Comercio que obliga al promovente de la liquidación de intereses a exhibir la misma.

De la parte que nos ocupa manifiesta el juez: “Por consiguiente, con apoyo en dichos numerales, así como en el diverso 1253, fracciones I y II, del mencionado código mercantil, se tiene a Jesús Emilio Moisés Calcaneo como perito en materia contable de la parte actora Hidrorizaba, sociedad anónima de capital variable…”; esto es y como dije anteriormente, violentando los derechos de mi representada,

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