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Auditoria De Gestion


Enviado por   •  3 de Junio de 2014  •  3.875 Palabras (16 Páginas)  •  204 Visitas

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Introducción

El Sistema Nacional de Control es el conjunto de órganos de control, normas, métodos y procedimientos estructurados e integrados funcionalmente destinados a conducir y desarrollar el ejercicio del control gubernamental en forma descentralizada.

Su actuación comprende las actividades y acciones en los campos administrativo, presupuestal, operativo y financiero de las entidades y alcanza al personal que presta servicios en ellas, independientemente del régimen que las regule.

El ejercicio del control gubernamental por el Sistema Nacional de Control en las entidades, se efectúa bajo la autoridad normativa y funcional de la Contraloría General de la República, la misma que establece los lineamientos, disposiciones y procedimientos técnicos correspondientes a su proceso, en función a la naturaleza y/o especialización de dichas entidades, las modalidades de control aplicables y los objetivos trazados para su ejecución. Dicha regulación permitirá la evaluación, por los órganos de control, de la gestión de las entidades y sus resultados

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

ATRIBUCIONES

A) Efectuar la supervisión, vigilancia y verificación de la correcta gestión y utilización de los recursos y bienes del estado

B) Formular oportunamente recomendaciones para mejorar la capacidad y eficiencia de las entidades en la toma de sus decisiones y en el manejo de sus recursos.

C) Impulsar la modernización y el mejoramiento de la gestión pública, atravez de la optimización de los sistemas de gestión y ejerciendo el control gubernamental con énfasis en las áreas críticas sensibles a actos de corrupción administrativa

D) Propugnar la capacitación permanente de los funcionarios y servidores públicos en materias de administración y control gubernamental.

E) Emitir, como resultado de las acciones de control efectuada, los informes respectivos con el debido sustento técnico y legal.

¿QUÉ ES UN SISTEMA?

DEFINICION.- Es un conjunto de partes o elementos organizados y relacionados que interactúan entre sí para lograr un objetivo .

Un grupo de elementos no constituye un sistema si no hay una relación e interacción, que la idea de un todo como un propósito

SISTEMA NACIONAL DE CONTROL

DEFINICION. El sistema nacional de control es el conjunto de órganos , métodos y procedimientos, estructurados e integrados funcionalmente, destinados a conducir y desarrollar el ejercicio del control gubernamental en forma descentralizada.

Su actuación comprende todas las actividades y acciones en los campos administrativos, presupuestal, operativo y financiero de las entidades y alcanza al personal que presta servicio en ellas, independientemente del régimen que las regule.

CONFORMACION.

a) La contraloría General, como ente técnico rector

b) Todas las unidades técnicas responsables de la función de control gubernamental de las entidades

c) Las sociedades de auditoria externa independientes, cuando son designadas por la Contraloría General y contratadas durante un periodo determinado.

LEY DEL CONTROL INTERNO

LEY N° 28716

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Capítulo I Objeto y Ámbito de aplicación

Artículo 1º.- Objeto de la Ley

La presente Ley tiene por objeto establecer las normas para regular la elaboración, aprobación, implantación, funcionamiento, perfeccionamiento y evaluación del control interno en las entidades del Estado, con el propósito de cautelar y fortalecer los sistemas administrativos y operativos con acciones y actividades de control previo, simultáneo y posterior, contra los actos y prácticas indebidas o de corrupción, propendiendo al debido y transparente logro de los fines, objetivos y metas institucionales. Cuando en ella se mencione al control interno, se entiende éste como el control interno gubernamental a que se refiere el artículo 7º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República.

Artículo 2º.- Ámbito de aplicación

Las normas contenidas en la presente Ley y aquellas que emita la Contraloría General de la República son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades a que se refiere el artículo 3º de la Ley Nº 27785, Ley del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República.

Son aplicadas por los órganos y personal de la administración institucional, así como por el órgano de control institucional, conforme a su correspondiente ámbito de competencia.

TÍTULO II

SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Capítulo I Definición y Componentes

Artículo 3º.- Sistema de control interno

Se denomina sistema de control interno al conjunto de acciones, actividades, planes, políticas, normas, registros, organización, procedimientos y métodos, incluyendo la actitud de las autoridades y el personal, organizados e instituidos en cada entidad del Estado, para la consecución de los objetivos indicados en el artículo 4º de la presente Ley. Constituyen sus componentes:

a) El ambiente de control; entendido como el entorno organizacional favorable al ejercicio de prácticas, valores, conductas y reglas apropiadas para el funcionamiento del control interno y una gestión escrupulosa;

b) La evaluación de riesgos; en cuya virtud deben identificarse, analizarse y administrarse los factores o eventos que puedan afectar adversamente el cumplimiento de los fines, metas, objetivos, actividades y operaciones institucionales;

c) Actividades de control gerencial; son las políticas y procedimientos de control que imparte la dirección, gerencia y los niveles ejecutivos competentes, en relación con las funciones asignadas al personal, a fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos de la entidad;

d) Las actividades de prevención y monitoreo; referidas a las acciones que deben ser adoptadas en el desempeño

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