Auditoria administrativa en la Municipalidad distrital de la Unión
Eilemcita20 de Julio de 2011
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“Año del Centenario de Machu Picchu para el Mundo”
Universidad Católica
Los Ángeles de Chimbote
Tema:
Auditoria administrativa en la Municipalidad distrital de la Unión
Curso:
Auditoria
Integrantes:
Atoche Hernandez Vanesa.
Bermeo rivera Sabina del Carmen
Chavez Mena Eilem (Cordinadora)
Profesor:
Lic. Mario Ruesta
VIII-Administración
INTRODUCCION
La municipalidad es una persona jurídica de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia encargadas de prestación de servicios de ámbito local y de del desarrollo integral, sostenible y armónico de sus circunscripciones.
Este organismo se rige por una ley orgánica Nº 27972 que regula su naturaleza, finalidad, competencias, funciones, organización, recursos, patrimonio relaciones e instituciones de apoyo
En un grupo de artículos la ley orgánica desarrolla normas para el concejo municipal, concerniente a sus atribuciones para el mejor ejercicio municipal.
El PVL fue creado de un modo informal a partir de 1983-84, más tarde fue convertido en una propuesta nacional a partir del 4 de enero de 1985, se suscribió a la ley 24059 que convierte al Vaso de Leche en programa de asistencia alimentaria materno-infantil, en todos los municipios provinciales del país.
I. Presentación de la institución:
DATOS GENERALES:
RUC: 20146722653
Razón Social: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA UNION
Tipo de Institución: Gobierno Regional
Condición: Activo
Actividad Comercial: Activ. Administ. Publica en General
CIIU: 75113
Dirección Legal: Cal. Chepa Santos Nro. S/N
Distrito/Ciudad: La Unión
Departamento: Piura
Teléfono: 374366
REPRESENTANTES LEGALES:
Alcalde: Antón Martínez Félix
Funciones de la Municipalidad Distrital de la Unión
• Planificar integralmente el desarrollo local y el ordenamiento territorial en el nivel provincial. La Municipalidad es responsable de promover e impulsar el proceso de planeamiento para el desarrollo integral correspondiente al ámbito de su jurisdicción, recogiendo las prioridades propuestas en los procesos de planeación del desarrollo local de carácter Distrital.
• Promover, permanentemente la coordinación estratégica de los planes integrales de desarrollo Distrital.
• El Plan Provincial de la organización del espacio físico y uso del suelo que emitan las municipalidades distritales deberán sujetarse al plan y las normas municipales provinciales generales sobre la materia.
• Promover, apoyar y ejecutar proyectos de inversión y servicios públicos municipales que presenten, objetivamente, externalidades o economías de escala en el ámbito; para cuyo efecto, suscribir conveníos pertinentes con las respectivas municipalidades distritales.
En síntesis abarca los siguientes puntos:
o Organización del espacio físico - uso del suelo
o Servicios públicos locales
o Protección y conservación del ambiente
o Desarrollo de la economía local
o Participación vecinal
o Servicios sociales locales
o Prevención, rehabilitación y lucha contra el consumo de drogas
En el terreno de la organización del espacio físico y del uso de suelo tienen las siguientes competencias:
o Zonificación
o Catastro urbano y rural
o Habilitación urbana
o Saneamiento físico legal de asentamientos humanos
o Acondicionamiento territorial
o Renovación urbana
o Infraestructura urbana o rural básica
o Vialidad
o Patrimonio histórico, cultural y paisajístico.
En el terreno de los servicios públicos locales tienen las siguientes competencias:
o Saneamiento ambiental, salubridad y salud
o Tránsito, circulación y transporte público
o Educación, cultura, deportes y recreación
o Programas sociales, defensa y promoción de derechos ciudadanos
o Seguridad ciudadana
o Abastecimiento y comercialización de productos y servicios
o Registros Civiles, en mérito a convenio suscrito con el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, conforme a ley.
o Promoción del desarrollo económico local para la generación de empleo.
o Establecimiento, conservación y administración de parques zonales, parques zoológicos, jardines botánicos, bosques naturales, directamente o a través de concesiones.
o Otros servicios públicos no reservados a entidades de carácter regional o nacional
En el terreno de la protección y conservación del ambiente, las municipalidades son competentes para:
o Formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y políticas locales en materia ambiental, en concordancia con las políticas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales.
o Proponer la creación de áreas de conservación ambiental.
o Promover la educación e investigación ambiental en su localidad e incentivar la participación ciudadana en todos sus niveles.
o Participar y apoyar a las comisiones ambientales regionales en el cumplimiento de sus funciones.
o Coordinar con los diversos niveles de gobierno nacional, sectorial y regional, la correcta aplicación local de los instrumentos de planeamiento y de gestión ambiental, en el marco del sistema nacional y regional de gestión ambiental.
En materia de desarrollo y economía local:
o Planeamiento y dotación de infraestructura para el desarrollo local.
o Fomento de las inversiones privadas en proyectos de interés local.
o Promoción de la generación de empleo y el desarrollo de la micro y pequeña empresa urbana o rural.
o Fomento de la artesanía
o Fomento del turismo local sostenible
o Fomento de programas de desarrollo rural
En materia de participación vecinal tienen las siguientes competencias:
o Promover, apoyar y reglamentar la participación vecinal en el desarrollo local.
o Establecer instrumentos y procedimientos de fiscalización.
o Organizar los registros de organizaciones sociales y vecinales de su jurisdicción.
En materia de servicios sociales locales sus competencias son las siguientes:
o Administrar, organizar y ejecutar los programas locales de lucha contra la pobreza y desarrollo social.
o Administrar, organizar y ejecutar los programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo, y otros que coadyuven al desarrollo y bienestar de la población.
o Establecer canales de concertación entre los vecinos y los programas sociales.
o Difundir y promover los derechos del niño, del adolescente, de la mujer y del adulto mayor; propiciando espacios para su participación a nivel de instancias municipales.
En el terreno de la prevención, rehabilitación y lucha contra el consumo de drogas:
o Promover programas de prevención y rehabilitación en los casos de consumo de drogas y alcoholismo y crear programas de erradicación en coordinación con el gobierno regional.
o Promover convenios de cooperación internacional para la implementación de programas de erradicación del consumo ilegal de drogas.
o A iniciativa de la municipalidad se podrán organizar comités multisectoriales de prevención de consumo de drogas, con la participación de los vecinos, con la finalidad de diseñar, monitorear, supervisar, coordinar y ejecutar programas o proyectos de prevención del consumo de drogas y de conductas de riesgo en el ámbito local, pudiendo contar para ello con la asistencia técnica de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA.
OBJETIVOS:
Son objetivos de la Municipalidad:
• Promover, realizar y mantener en condiciones óptimas los servicios sociales y comunales básicos de la Municipalidad;
• Satisfacer la demanda del vecindario, respecto a los servicios de infraestructura urbana pública, privada y de catastro;
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