Auditoría sobre presuntas irregularidades en la gerencia de finanzas y contabilidad-banco de la nación
Rgarce .Trabajo29 de Abril de 2018
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PLAN Y PROGRAMA DE AUDITORÍA 01-2017-EE-HLV-OCAN-OCI/MBF
“AUDITORÍA SOBRE PRESUNTAS IRREGULARIDADES EN LA GERENCIA DE FINANZAS Y CONTABILIDAD-BANCO DE LA NACIÓN”
--PERIODO 2016--
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- ORIGEN DEL EXAMEN
El Examen Especial sobre presuntas irregularidades en la Gerencia de Finanzas y Contabilidad-Banco de la Nación, periodo 2016, es una acción de control posterior no programada, que se lleva a cabo en atención al requerimiento efectuado por el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante el Oficio N° 487-2017/RS365-937 de 12.ENE.2017. Solicitud que fue comunicada a la Contraloría General de la Republica, mediante Oficio N° 530-2017-RR/MERA del 17.FEB.2017. Para tal efecto, el Jefe del Órgano de Control Institucional, con el Oficio N° 550-2017-OCI/HLV, acreditó a la comisión de auditoría, encargada de efectuar la presente acción de control.
- NATURALEZA Y OBJETIVOS DEL EXAMEN
- Objetivo General
Determinar la veracidad sobre las denuncias presentadas contra los funcionarios a cargo de la actual gestión de la Gerencia de Finanzas y Contabilidad-Banco de la Nación que se detallan en el Anexo N° 04 y de ser el caso, deslindar las responsabilidades a que hubiera lugar; y la correspondiente evaluación de los sistemas de control interno de las áreas administrativas y financieras, materia del presente examen.
- Objetivos Específicos
- Determinar la oportunidad de la gestión de cobros y gestión de pagos según los distintos medios de pago utilizados por parte del Departamento de Tesorería.
- Verificar el cumplimiento de la normatividad vigente (Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 y Adquisiciones del Estado) en los procesos de compras y contrataciones detalladas en las denuncias presentadas. Así mismo corroborar la adquisición de bienes se encontraban previstos en el Plan Anual de Adquisiciones.
- Verificar si los pagos a proveedores se efectuaron conforme a los procedimientos y en los plazos pactados en cumplimiento a las normativas internas.
- Evaluar si las rendiciones de caja chica, se ajustan a los procedimientos normados. Asimismo, verificar el mecanismo de control y la necesidad de mantener el rubro “Gastos de Representación”.
- Verificar el cumplimiento de Concursos Públicos y adquisiciones de bienes, sean efectuados de manera transparente a través de portales virtuales.
- ALCANCE DEL EXAMEN
La presente acción de control, comprenderá la verificación y revisión en forma selectiva de las actividades en la Gerencia de Finanzas y Contabilidad-Banco de la Nación y demás áreas administrativas, con el propósito de conocer el grado de cumplimiento de los objetivos de corto, mediano y largo plazo.
El periodo examinado estará comprendido entre el 01.ENE.2016 y el 31.DIC.2016, pudiendo ampliarse el mismo en forma previa y posterior, de acuerdo a los hallazgos que se vayan obteniendo en el trabajo de campo.
Las denuncias relacionadas a aspectos financieros y laborales serán evaluadas de acuerdo a lo normado en la Resolución de Contraloría N° 114-2003-CG.
Así mismo, el presente examen especial, se llevara a cabo de conformidad con las Normas Internacionales de Auditoria (NIA), Las Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas (NAGA) y el Manual de Auditoria Gubernamental aprobadas mediante las Resoluciones de Contraloría N°s. 162-95 y 152-98-CG de fechas 25.SET.95 y 18.DIC.98, respectivamente, y sus modificatorias; para cuyo efecto se analizara los documentos y registros existentes, entre otros procedimientos que se consideren necesarios de acuerdo con las circunstancias.
- ANTECEDENTES DE LA ENTIDAD Y LOS ASUNTOS QUE SERAN EXAMINADOS
- Antecedentes de la entidad
Del Banco de la Nación.
Por Ley N° 16000, se crea el Banco de la Nación el 27 de enero de 1966, durante el Gobierno de Fernando Belaúnde Terry; posteriormente, en 1994 se emite el Estatuto del Banco de la Nación mediante el Decreto Supremo N° 07- 94-EF, así se modificaron las funciones, las mismas que serán ejercidas sin exclusividad respecto de las Empresas y Entidades del Sistema Financiero.
El Banco de la Nación es una empresa de derecho público, integrante del Sector Economía y Finanzas, que opera con autonomía económica, financiera y administrativa. El Banco tiene patrimonio propio y duración indeterminada.
El Banco se rige por su Estatuto, por la Ley de la Actividad Empresarial del Estado y supletoriamente y por la Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros. Es objeto del Banco administrar por delegación las subcuentas del Tesoro Público y proporcionar al Gobierno Central los servicios bancarios para la administración de los fondos públicos.
Cuando el Ministerio de Economía y Finanzas lo requiera y autorice en el marco de las operaciones del Sistema Nacional de Tesorería, el Banco actuará como agente financiero del Estado, atenderá la deuda pública externa y las operaciones de comercio exterior. Asimismo, recauda tributos y efectúa pagos, sin que esto sea exclusivo, por encargo del Tesoro Público o cuando medien convenios con los órganos de la administración tributaria.
Misión.
“El Banco de la Nación brinda servicios a las entidades estatales, promueve la bancarización y la inclusión financiera en beneficio de la ciudadanía complementando al sector privado, y fomenta el crecimiento descentralizado del país, a través de una gestión eficiente y auto-sostenible”.
Visión.
“Ser reconocido como socio estratégico del Estado Peruano para la prestación de servicios financieros innovadores y de calidad, dentro de un marco de gestión basado en prácticas de Buen Gobierno Corporativo y gestión del talento humano”.
- Antecedentes de los asuntos que serán examinados.
Del Banco de la Nación “Gerencia de Finanzas y Contabilidad”
El examen especial se llevará a cabo en las oficinas de la Gerencia de Finanzas y Contabilidad-Banco de la Nación.
El 27 de enero de 1966, el Congreso de la República aprobó la Ley 16000 por la cual creaba el Banco de la Nación. Días después el Poder Ejecutivo, bajo la firma del Presidente de la República, Fernando Belaúnde Terry la pone en vigencia, culminando así un largo proceso cuyos antecedentes históricos datan del siglo XIX, pero que recién a partir de 1914, surge verdaderamente la preocupación de crear un Banco que centralice las actividades operativas, económicas y financieras.
El Banco de la Nación encuentra sus antecedentes inmediatos en el año 1905, durante el gobierno de don José Pardo, en el que se crea la Caja de Depósitos y Consignaciones, mediante la Ley N° 53 del 11.02.05. Esta Institución amplió sus actividades en 1927 cuando se le encargó a través de la Ley 5746 la administración del Estanco del Tabaco y Opio, así como la recaudación de las rentas del país, derechos e impuestos del alcohol, defensa nacional y otros. Finalmente, en diciembre del mismo año se le encarga la recaudación de la totalidad de las rentas de toda la República.
El Decreto Supremo N° 47, del 9 de agosto de 1963, estatiza la Caja de Depósitos y Consignaciones, declarándola de necesidad y utilidad pública. Mediante este dispositivo se recupera para el Estado las funciones de recaudación de las rentas fiscales y la custodia de los depósitos administrativos y judiciales. Tal estatización se realizó cuando la Caja contaba entre sus accionistas con diez Bancos: Crédito, Popular, Internacional, Wiese, Comercial, Continental, Gibson, De Lima, Unión y Progreso.
Las funciones que se le asignaron al Banco de la Nación fueron las siguientes:
- Recaudar las rentas del Gobierno Central y de las entidades del Sub-Sector Público independiente y de los Gobiernos Locales cuando así se conviniera con éstos.
- Recibir en forma exclusiva y excluyente depósitos de fondos del Gobierno Central y del Sub-Sector Público, con excepción de los Bancos Estatales y del Banco Central Hipotecario.
- Hacer efectivas las órdenes de pago contra sus propios fondos que expidan las entidades del Sector Público Nacional.
- Recibir en consignación y custodia todos los depósitos administrativos y judiciales.
- Efectuar el servicio de la deuda pública.
El 12 de junio de 1981, en el segundo gobierno de Fernando Belaúnde Terry, se promulgó la Ley Orgánica Decreto Legislativo N° 199 y se ampliaron las funciones del Banco:
- Recaudar los tributos del Sector Público Nacional.
- Efectuar en forma exclusiva por cuenta y en representación del estado, operaciones de crédito activas y pasivas con Instituciones Financieras del país y del exterior.
- Recibir en forma exclusiva los depósitos de los fondos de todo el Sector Público Nacional y Empresas del Estado, con excepción de las Empresas Bancarias y Financieras Estatales.
En 1994, durante el gobierno de Alberto Fujimori Fujimori, con el Decreto Supremo N° 07- 94-EF Estatuto del Banco, se modificaron las funciones, las mismas que serán ejercidas sin exclusividad respecto de las Empresas y Entidades del Sistema Financiero:
- Brindar servicios de pagaduría de acuerdo a las instrucciones que dicte la Dirección General del Tesoro Público.
- Brindar servicios de recaudación por encargo de los acreedores tributarios.
- Efectuar por delegación, operaciones propias de las subcuentas bancarias del Tesoro Público.
- Actuar como Agente Financiero del Estado.
- Actuar por cuenta de otros Bancos o Financieras, en la canalización de recursos.
- Participar en las operaciones de comercio exterior del Estado.
- Otorgar facilidades financieras al Gobierno Central, y a los Gobiernos Regionales y Locales, en los casos en que éstos no sean atendidos por el Sistema Financiero Nacional.
- Las facilidades financieras que otorga el Banco no están sujetas a los límites que establece la Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros.
- Brindar Servicios de Corresponsalía.
- Brindar Servicios de Cuentas Corrientes a las Entidades del Sector Público Nacional y a Proveedores del Estado.
- Recibir depósitos de ahorros en lugares donde la banca privada no tiene oficinas.
La Estructura Orgánica del Banco de la Nación es el siguiente:
ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
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