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Autopsia Forense


Enviado por   •  29 de Enero de 2014  •  4.780 Palabras (20 Páginas)  •  413 Visitas

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TEMA 4

AUTOPSIA: DEFINICIÓN. AUTOPSIA CLINICA Y AUTOPSIA MÉDICO-

LEGAL. LEGISLACIÓN. TÉCNICAS DE AUTOPSIA DEL RAQUIS.

DEFINICIÓN. La palabra autopsia, etimológicamente proviene del griego autopsia

que significa “ver con los propios ojos”, y con ello se quiere expresar la serie de

investigaciones que se realizan sobre el cadáver, encaminadas al estudio de las

causas de la muerte, tanto directas como indirectas.

Existen dos clases de autopsia: judicial y clínica. La primera que se

denomina médico-legal y la segunda que se suele denominar necropsia.

Gisbert Calabuig, J. A. Villanueva, E. (2004): Medicina Legal y Toxicología

(6ª edición). Editorial Massón, Barcelona.

AUTOPSIA CLÍNICA.

Concepto: Se puede definir como el conjunto de actos científico-técnicos que

contribuyen en la investigación de muertes en las que las que el estudio clínico no

ha sido suficiente para establecer el diagnóstico de la enfermedad causante.

También se realiza en otras ocasiones para aquellos casos en que aunque

se ha realizado el diagnostico de la enfermedad que ha causado el fallecimiento

interesa, existe un interés científico en conocer otros aspectos del proceso que

puedan ayudar a su comprensión.

Según el American College of Pathologist las situaciones en las que

estaría indicada la práctica de la autopsia clínica son:

1. Muertes en la que la autopsia pueda contribuir a la explicación de las

complicaciones médicas surgidas.

2. Todos los casos en los que la causa de la muerte o el diagnóstico principal no

sea conocido con seguridad razonable.

3. Todos los casos en los que la causa de la muerte pueda aportar a la familia o

a la sociedad en general datos de importancia.

4. Muertes no esperadas o inexplicables tras procedimientos diagnósticos o

terapéuticos, sean médicos o quirúrgicos.

5. Muertes de pacientes que han participado en protocolos hospitalarios de

investigación.

6. Muertes aparentemente naturales no esperadas o inexplicables, no sujetas a

la jurisdicción forense.

7. Muertes por infecciones de alto riesgo y enfermedades contagiosas.

8. Todas las muertes de posible origen obstétrico.

9. Todas las muertes perinatales o infantiles precoces

10. Muertes por enfermedad ambiental o laboral.

11. Muertes de donantes de órganos en vida en los que se sospeche la

existencia de alguna enfermedad que pueda repercutir en el receptor.

12. Muertes ocurridas en las primeras 24 horas tras el ingreso en un hospital.

13. Muertes que pudieran estar influidas por una estancia hospitalaria.

REGULACIÓN

La practica de la autopsia clínica se encuentra regulada por la Ley 29/1980

de 21 de junio reguladora de las autopsias clínicas y por el R.D. 2330/1982

de 18 de junio, que se encarga de su desarrollo reglamentario. 2

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En esta normativa se señala que los pacientes fallecidos en hospitales

autorizados que, por si mismos o a través de su cónyuge, de sus familiares en

primer grado, no hubiesen manifestado su oposición al procedimiento, podrán ser

sometidos a un estudio autópsico que garantice a los familiares la no

desfiguración manifiesta del cadáver y la no comercialización de las vísceras. Se

considerará que no existe dicha oposición cuando no conste en el libro de registro

del hospital y tampoco se haya manifestado por el cónyuge o familiares en primer

grado del difunto, dentro de las cuatro horas siguientes al momento en que se les

entregue o, si no se encontrasen en el hospital, se ponga a su disposición la

copia del certificado médico especial.

El informe de la autopsia remitido por el servicio de anatomía patológica al

medico de cabecera o, en su caso, al jefe del servicio correspondiente, servirá

para extender el certificado médico del fallecimiento, que deberá reunir los

requisitos legalmente establecidos al efecto.

FASES

Examen externo. Edad, peso, estatura del cadáver se tienen que conocer de

antemano puesto que son datos orientadores sobre la causa de la muerte.

Después se reflejara la constitución y el estado de nutrición, se deberá

anotar cualquier cambio de coloración, existencia

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