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BEPS EN COLOMBIA


Enviado por   •  16 de Marzo de 2014  •  1.353 Palabras (6 Páginas)  •  795 Visitas

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SERVICIO SOCIAL COMPLEMENTARIO DE BENEFICIOS ECONÓMICOS PERIÓDICOS, BEPS

¿Qué son los beneficios económicos periódicos BEPS?

Los beneficios económicos periódicos BEPS son un mecanismo individual, independiente, autónomo y voluntario de protección para la vejez, que se ofrece como parte de los servicios sociales complementarios y que se integra al sistema de protección a la vejez, con el fin de que las personas de escasos recursos que participen en este mecanismo, obtengan hasta su muerte un ingreso periódico, personal e individual.

Pensando en los más de siete millones de colombianos a quienes sus ingresos no les permiten guardar recursos para protegerse durante la vejez, el Gobierno Nacional ha creado los Beneficios Económicos Periódicos (BEP), un Esquema Flexible de Protección para la Vejez. Un mecanismo que será administrado por COLPENSIONES para estas personas que no cuentan con suficientes ingresos, como consecuencia de la informalidad de la actividad económica a la que se dedican o porque ganan menos de un salario mínimo mensual. Un sistema flexible y voluntario para que estas personas guarden desde ahora los recursos que puedan y cuando puedan, mientras el Gobierno premia ese esfuerzo entregando un subsidio proporcional. El propósito es que estos colombianos tengan una vejez tranquila cuando dejen de trabajar.

¿Cuáles son los requisitos para el ingreso a los BEPS?

Los requisitos para el ingreso al servicio social complementario de Beneficios Económicos Periódicos, BEPS, son:

1. Ser ciudadano colombiano.

2. Pertenecer a los niveles 1, 2, 3 del Sisben, de acuerdo con los cortes que defina el Ministerio de Trabajo y el Departamento Nacional de Planeación (DPN). Las persona indígenas residentes en resguardos, que no se encuentren Sisbenizadas, ni hagan parte de las excepciones previstas en los artículos 5 de la ley 691 de 2001, deberán presentar el listado censal.

3. personas que alguna vez comenzaron a cotizar pero que por diferentes circunstancias no cumplen los requisitos para recibir la pensión

Al solicitar el ingreso, las personas tienen que presentar obligatoriamente la cédula de ciudadanía o deberán identificarse mediante los mecanismos electrónicos dispuestos ante la administradora del mecanismo BEPS o el tercero que esta contrate. En ambos casos la verificación de pertenecer al Sisben, según lo estipulado en el numeral 2, se hará por parte del administrador, quien adicionalmente deberá informar al interesado, en un plazo que no exceda los 10 días hábiles si fue aceptada o rechazada su solicitud de ingreso.

La administradora del mecanismo BEPS deberá determinar, una vez acepte la solicitud de ingreso al servicio social complementario de los BEPS, le suministrará a la personas la información de manera expresa y detallada, de todas las condiciones, reglas, beneficios, monto de los beneficios, monto de los incentivos y riesgos que voluntariamente se asumen al ingresar a dicho mecanismo.

¿Cuáles son las condiciones del Aporte?

El aporte en el servicio social complementario de BEPS será voluntario y flexible en cuantía y periocidad. En consecuencia, se podrá efectuaren cualquier tiempo, sin restricción en la cuantía mensual.

El saldo acumulado solamente se podrá retirar al cumplirse los requisitos previstos.

El aporte anual máximo no podrá superar el valor de los ochocientos ochenta y cinco mil ($885.000), durante la vigencia del 2013. El Ministerio de Trabajo informará para cada vigencia el mosto máximo del aporte. El porcentaje de incremento anual será definido por la Comisión intersectorial de pensiones y beneficios económicos.

La existencia de un aporte mínimo mensual y la definición de su monto, si a ello hubiere lugar, será definida por la junta directiva de la administradora BEPS.

En el evento en que, antes de finalizar el año, una persona haya alcanzado el aporte anual máximo establecido, la administradora del mecanismo BEPS verificará este hecho e informará a la persona que en ese año no puede continuar realizando aportes. De haberse realizado aporte que superen el mosto máximo, estos serán contabilizados para el año calendario siguiente, sin que se pueda superar el tope fijado.

Actualmente, la nueva administradora del Régimen de Prima Media, COLPENSIONES, está estructurando la forma en el que este mecanismo de ahorro funcionará en el día a día

¿Cuáles son las modalidades y condiciones del incentivo de los BEPS?

El incentivo es un subsidio periódico

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