Beneficio De Inventario
gladyspaz22 de Junio de 2015
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Ensayo del beneficio de inventario.
Es una de las formas de aceptar una herencia gracias a la cual los aceptantes no adquieren responsabilidad personal por las obligaciones de la masa hereditaria (deudas).Para aceptar una herencia a beneficio de inventario las distintas legislaciones exigen formalidades. Lo habitual es que la manifestación de querer tomar la calidad de heredero a beneficio de inventario deba ser hecha por escrito ante un notario o escribano o ante un Juez. El inventario ha de ser fiel y exacto y debe contener todos los derechos y acciones que recaen sobre la misma. Generalmente hay plazos legales para realizar dicho inventario luego de la citación de los acreedores y legatarios. Limitar la responsabilidad como heredero en el sentido en que esta sólo va a afectar y alcanzar hasta donde estén valorados los bienes. Se limita la titularidad de la herencia conforme a los bienes que la componen no confundiéndose con los propios del heredero. En el caso de que existan deudas éstas se pagarán primero a los acreedores según el orden en que consten las deudas y después se repartirán a los herederos.
El beneficio de inventario se puede perder:
Cuando el heredero beneficiario renuncia expresamente al beneficio.
. Cuando el heredero beneficiario pierde el beneficio por no hacer el inventario dentro del plazo fijado. Cuando el heredero beneficiario realiza actos prohibidos que importan la pérdida de dicho beneficio de inventario. Cuando, aun a sabiendas, se deja de incluir en el inventario alguno de los bienes de la herencia. Si antes de completar el pago de las deudas, los herederos venden alguna propiedad sin autorización judicial.
EL HEREDERO BENEFICIARIO.
a) No queda obligado a pagar las deudas y demás cargas de la herencia sino hasta donde alcancen los bienes de la misma b) Conserva contra el caudal hereditario todos los derechos y acciones que tuviera contra el difunto) No se confunden para ningún efecto en daño del heredero sus bienes particulares con los que pertenezcan a la herencia.
El beneficio de inventario se logra:
1. Limitar la responsabilidad como heredero en el sentido en que esta sólo va a afectar y alcanzar hasta donde estén valorados los bienes.
2. Limitar la titularidad de la herencia conforme a los bienes que la componen no confundiéndose con los propios del heredero.
3. Conservar íntegras todas las acciones que el heredero tenía contra los bienes del difunto.
4. En el caso de que existan deudas, éstas se pagarán primero a los acreedores según el orden en que consten las deudas y se repartirán los bienes y derechos remanentes los herederos.
La diferencia entre una herencia aceptada a beneficio de inventario y una herencia aceptada pura y simplemente es que aceptando la herencia sin beneficio de inventario el heredero se convierte en responsable de todas las deudas del fallecido además de con los bienes de la herencia con los suyos propios. Con el beneficio de inventario el heredero está obligado a pagar las deudas y las demás cargas de la herencia sólo hasta donde alcanzan los bienes de la misma. Se les llama así, porque constituyen núcleos de obligaciones y derechos también pertenecientes al sujeto, constituyen el patrimonio general pero están segregados de este patrimonio general y la separación existente por virtud de la responsabilidad que los afecta. Los patrimonios separados han sido creados para que cumplan la función de atribuir o de reserva ciertos bienes con un determinado destino exclusivo de modo que queden desligados de cualquier otra finalidad. Posibilidad es que cuando la vocación o llamamiento a la herencia es atribuida directamente por la ley en razón de un vínculo de parentesco por el causante (por ejemplo: el caso de los hijos), se considere que la prueba de ese vínculo - mediante el título de estado correspondiente - es suficiente para
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