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CINIIF 17 Y NIIF 2

cinthiavha30 de Noviembre de 2014

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NIIF 2- CINIIF 17

CONTABILIDAD INTERNACIONAL

Facultad de Ciencias Contables – Universidad Nacional Mayor de San Marcos

Aula 410 - N 

Universidad Nacional Mayor de San Marcos

Facultad de Ciencias Contables

E.A.P. Contabilidad

Curso : Contabilidad Internacional

Profesor: VÍLCHEZ OLIVARES, PERCY ANTONIO

Integrantes

 HUAMÁN ALVAREZ, CYNTHIA 10110467

 MEJIA JARA, ROBERTTO 10110193

 PILLCO VALENCIA, VANESSA 10110212

 PORRAS CAYOTOPA, ANGELO 10110054

 VASQUEZ MAMANI, MARIBEL 10110252

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN 4

CAPITULO I : NIIF 2 “Pagos Basados en Acciones” 7

1.- OBJETIVO 7

2.- ALCANCE 7

3.- RECONOCIMIENTO 9

4.- TRANSACCIONES CON PAGOS BASADOS EN ACCIONES LIQUIDADAS MEDIANTE INSTRUMENTOS DE PATRIMONIO 9

Aspectos Generales 9

Transacciones en las que se reciben servicios 10

Transacciones medidas por referencia al valor razonable de los instrumentos de patrimonio concedidos 11

Cuando el valor razonable de los instrumentos de patrimonio no puede estimarse con fiabilidad 12

Modificaciones en los plazos y condiciones de concesión de los instrumentos de patrimonio, incluyendo las cancelaciones y las liquidaciones. 12

5.- TRANSACCIONES CON PAGOS BASADOS EN ACCIONES LIQUIDADAS EN EFECTIVO 13

6.- TRANSACCIONES CON PAGOS BASADOS EN ACCIONES EN LAS QUE LOS TÉRMINOS DEL ACUERDO PROPORCIONAN A LA CONTRAPARTE LA ELECCIÓN DEL MEDIO DE LIQUIDACIÓN. 14

7.- TRANSACCIONES CON PAGOS BASADOS EN ACCIONES EN LAS QUE LAS CONDICIONES DEL ACUERDO PROPORCIONAN A LA ENTIDAD LA OPCIÓN DE ELEGIR EL MEDIO DE LIQUIDACIÓN. 15

8.- TRANSACCIONES CON PAGOS BASADOS EN ACCIONES ENTRE ENTIDADES DEL GRUPO 16

9.- DISPOCICIONES TRANSITORIAS 18

10.- CASOS PRÁCTICOS 19

CAPÍTULO 2: CINIIF 17 “ Distribuciones a los propietarios de activos distintos al efectivo” 28

1.- ANTECEDENTES 28

2.- RESUMEN 29

3.- ALCANCE 29

4.- PROBLEMAS 30

5.-CONSENSO 31

6.- MEDICIÒN DE LOS DIVIDENDOS POR PAGAR 31

7.- CONTABILIZACION DE DIFERENCIAS 32

8.- NORMAS RELACIONADAS 33

9.-PRESENTACIÒN Y REVELACIÒN 34

10.- CASO PRÀCTICO 35

INTRODUCCIÓN

El presente trabajo tiene como objetivo realizar el análisis de las Normas Internacionales de Información Financiera, referidas a la distribución de dividendos a los propietarios, bajo las distintas modalidades u opciones que puede realizar una entidad.

En el primer capítulo, se aborda la NIIF 2 “Pagos Basados en Acciones”, se menciona el objetivo, alcance, reconocimiento y las diversas formas de transacciones de pagos con acciones y el respectivo caso práctico para un mayor entendimiento.

En el segundo capítulo, acotaremos la CINIIF 17 “Distribución a los propietarios de activos distintos a los efectivos”, en el cual se detalla los antecedentes y alcance de la norma, el reconocimiento, medición, presentación y revelación de los dividendos a pagar en activos distintos al efectivo. Asimismo, la presentación de casos prácticos que aclararán conceptos poco entendibles presentes de manera literal en la norma.

La fuente de consulta utilizada para la elaboración del trabajo fue la Normas Internacionales de Información Financieras.

Los Alumnos. 

CAPITULO I : NIIF 2 “Pagos Basados en Acciones”

1.- OBJETIVO

Especificar la información financiera que ha de incluir una entidad cuando lleve a cabo una transacción con pagos basados en acciones. En concreto, requiere que la entidad refleje en el resultado del periodo y en su posición financiera, los efectos de las transacciones con pagos basados en acciones, incluyendo los gastos asociados a las transacciones en las que se conceden opciones sobre acciones a los empleados.

2.- ALCANCE

Una entidad aplicará esta NIIF en la contabilización de todas las transacciones con pagos basados en acciones, pueda o no identificar específicamente algunos o todos los bienes o servicios recibidos, incluyendo:

Una transacción con pagos basados en acciones puede liquidarse por otra entidad del grupo (o un accionista de cualquier entidad del grupo) en nombre de la entidad que recibe o adquiere los bienes o servicios. Se aplicará a una entidad que:

No será una transacción con pagos basados en acciones

Una transacción con un empleado (o un tercero)  En su condición de tenedor de instrumentos de patrimonio de la entidad,

Por ejemplo, si una entidad concede a todos los tenedores de una determinada clase de sus instrumentos de patrimonio el derecho a adquirir instrumentos de patrimonio adicionales de la misma, a un precio inferior al valor razonable de esos instrumentos, y un empleado recibe tal derecho por ser tenedor de un instrumento de patrimonio de esa clase particular, la concesión o el ejercicio de ese derecho no estará sujeto a los requerimientos de esta NIIF

Esta NIIF se aplicará a las transacciones con pagos basados en acciones, en las que una entidad adquiera o reciba bienes o servicios. Entre esos bienes se incluyen inventarios, consumibles, propiedades, planta y equipo, activos intangibles y otros activos no financieros. Sin embargo, una entidad no aplicará esta NIIF a transacciones en las que la entidad adquiere bienes como parte de los activos netos adquiridos en una (NIIF 3 Combinaciones de Negocios), en una combinación de entidades o negocios (NIIF 3), ni a la contribución de un negocio en la formación de un negocio conjunto (NIIF 11 Acuerdos Conjuntos). Por lo tanto, los instrumentos de patrimonio emitidos en una combinación de negocios, a cambio del control de la entidad adquirida, no están dentro del alcance de esta NIIF. Sin embargo, los instrumentos de patrimonio ofrecidos a los empleados de la entidad adquirida por su condición de empleados (por ejemplo, a cambio de continuar prestando sus servicios) sí entrarán dentro del alcance de esta NIIF

3.- RECONOCIMIENTO

Reconocimiento En el momento de la obtención de dichos bienes o cuando dichos servicios sean recibidos. La entidad reconocerá el correspondiente incremento en el patrimonio, si los bienes o servicios hubiesen sido recibidos en una transacción con pagos basados en acciones que se liquide en instrumentos de patrimonio, o bien reconocerá un pasivo si los bienes o servicios hubieran sido adquiridos en una transacción con pagos basados en acciones que se liquiden en efectivo.

Cuando los bienes o servicios recibidos o adquiridos en una transacción con pagos basados en acciones no reúnan las condiciones para su reconocimiento como activos, se reconocerán como gastos.

4.- TRANSACCIONES CON PAGOS BASADOS EN ACCIONES LIQUIDADAS MEDIANTE INSTRUMENTOS DE PATRIMONIO

Aspectos Generales

En las transacciones con pagos basados en acciones, que sean liquidadas mediante instrumentos de patrimonio, la entidad medirá:

Transacciones en las que se reciben servicios

Transacciones medidas por referencia al valor razonable de los instrumentos de patrimonio concedidos

Determinación del valor razonable de los instrumentos de patrimonio concedidos La entidad determinará el V.R. de esos instrumentos en la fecha de medición, basándose en los precios de mercado si estuvieran disponibles, teniendo en cuenta los plazos y condiciones sobre los que esos instrumentos de patrimonio fueron concedidos.

Si los precios de mercado no estuvieran disponibles la entidad estimará el V.R. de los instrumentos de patrimonio concedidos utilizando una técnica de valoración.

Tratamiento de las condiciones para la consolidación (irrevocabilidad) de la concesión Las condiciones para la consolidación (irrevocabilidad) de la concesión, distintas de las condiciones

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