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COMO SE DA EL CALCULO LIQUIDACIÓN POR DESPIDO INJUSTIFICADO


Enviado por   •  26 de Noviembre de 2015  •  Tutoriales  •  838 Palabras (4 Páginas)  •  239 Visitas

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DATOS GENERALES

Nombre del trabajador

Duración de la relación laboral

Indeterminado

Fecha de ingreso

08 de agosto de 2012

Fecha de separación

31 de agosto de 2015

Tiempo trabajado

3 año, 29 días

Sueldo mensual

$4,000.00

Vacaciones

10 días por 3er. año

Prima vacacional

25% del salario que corresponda al número de días de vacaciones al año

Indemnización

3 meses de salario

Prima de antigüedad

12 días de salario por año

Aguinaldo 15 días de salario

Anual

Salario mínimo general 

$70.10

Prestaciones

Mínimas de ley

1.- Determinación de salario diario integrado (Art 84 LFT)

Sueldo mensual $ 4,000.00 se divide entre 30 días = $ 133.33 sueldo diario.

La prima vacacional es el 25% del salario que corresponda al número de días de vacaciones. El número de días de vacaciones se multiplica por el salario diario, después se multiplica por el % de la prima vacacional y se divide entre 356 días del año.

10 x 133.33 = $ 1333.33 x 25% = $ 333.33 / 365 = $ 0.91 diarios

La gratificación anual es igual a 15 días de salario y se debe dividir entre 365 días.

15x 133.33 = $1,999.95 / 365 = $5.47 diarios.

La suma de todos los conceptos detallados, da como resultado el salario diario integrado siguiente:

Sueldo diario

$133.33

Prima vacacional

$ 0.91

Aguinaldo

$ 5.47

Salario diario integrado

$ 139.71

Salario mensual integrado ($ 139.80 x 30)

$ 4,191.30

Liquidación

2. Cálculo de las indemnizaciones

Conforme al Art.50, fracc.II LFT, tratándose de relación laboral por tiempo indeterminado las indemnizaciones se integran por 3 meses de sueldo y 20 días por cada año de servicio,

2.1      3 meses de sueldo

Salario mensual integrado x 3 meses de indemnización.

$ 4,194.00 x 3 = $12,582.00

2.2      20 días de sueldo por cada año de servicios prestados.

Salario diario integrado x 20 días por cada año de servicios, más la parte proporcional que corresponde a 29 días

$ 139.80 x 20 = $ 2,796.00 X 3 años = $ 8,388.00

Para la parte proporcional de los 29 días tenemos:

$ 139.80 x 20 / 360 = 7.76 días proporcionales.

$ 7.76 x 29 días = $ 225.23

20 días por 3 años  y 29 días tenemos: $ 8,388.00 + $ 225.23 = $ 8,613.23

2.3 Prima de antigüedad 12 días de salario por cada año de servicio

Salario diario integrado X 12 días por 3 años de servicio, más la parte proporcional correspondiente a 29 días. En términos de lo dispuesto en el art 486 de la ley en la materia tenemos:

Salario mínimo único = $70.10 x 2 = $ 140.20

$ 140.20 x 12 días por año = $ 1,682.40

$ 1,682.40 X 3 años = $ 5,047.20

$ 140.20 X12 / 360 = $ 4.67 días proporcionales

$ 4.67 X 29 días = $ 135.43

Total de prima de antigüedad = $ 5,182.63

El monto total de la liquidación asciende a:

3 meses de sueldo

$ 12,582.00

20 días por año

$   8,613.23

Prima de antigüedad

$   5,182.63

Total de indemnizaciones

$ 26,377.86

3.-Cálculo del ISR sobre la liquidación

3.1 Determinación de la tasa de ISR aplicable

Ultimo sueldo Mensual ordinario $ 4,000.00

$ 4000 / 100 X 6.40% = $256.00  ISR correspondiente al último sueldo

Tasa del Impuesto para la liquidación = 6.40%

3.2 Cantidad exenta del pago de ISR

Conforme a la LFT se consideran hasta 90 SMGD por año de trabajo como proporción exenta (Para LISR la proporción exenta es sobre 2 años)

$70.10 x 90 = $ 6,309.00 x 2 años = $ 12,618.00

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