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Despido Injustificado


Enviado por   •  22 de Mayo de 2015  •  1.355 Palabras (6 Páginas)  •  124 Visitas

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Despido Injustificado

Es la rescisión del contrato individual de trabajo, realizada por el patrón o sus representantes, sin que exista razón o justificación para ello.

El despido en sí mismo es la disolución del vinculo laboral y existen dos tipos, los justificados e injustificados; los primeros están regulados de manera genérica en el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, donde se encuentra un catálogo de conductas o causas legales para que la empresa despida justificadamente a todo aquel trabajador que incurra en alguna(s) de ellas; en cuanto a los segundos, por exclusión son todas aquellas rupturas del vínculo contractual laboral sin que exista un fundamento legal para ello, o bien, que existiendo éste, no se sigan los procedimientos legales para concluir una relación de carácter obrero patronal.

Todo trabajador desde que inicia la prestación de sus servicios subordinados y remunerados para un tercero (patrón), está protegido por el principio de estabilidad en el trabajo, que es el impedimento de los patrones para despedir a sus trabajadores sin motivo o causa justificada, así como el derecho de cualquier trabajador a conservar su empleo siempre y cuando no haya dado causa o motivo justificado para ser despedido.

La ley sanciona severamente los despidos injustificados, y el trabajador para remediar el daño que se le ocasiona deberá demandar a la empresa o persona que lo empleó, reclamándole la reinstalación en su empleo o la indemnización constitucional (tres meses de salario), en cualquiera de las dos vías se genera el derecho para el cobro de salario caídos (Artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo).

ARTICULO 48. EL TRABAJADOR PODRA SOLICITAR ANTE LA JUNTA DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, A SU ELECCION, QUE SE LE REINSTALE EN EL TRABAJO QUE DESEMPEÑABA, O QUE SE LE INDEMNICE CON EL IMPORTE DE TRES MESES DE SALARIO.

SI EN EL JUICIO CORRESPONDIENTE NO COMPRUEBA EL PATRON LA CAUSA DE LA RESCISION, EL TRABAJADOR TENDRA DERECHO, ADEMAS, CUALQUIERA QUE HUBIESE SIDO LA ACCION INTENTADA, A QUE SE LE PAGUEN LOS SALARIOS VENCIDOS DESDE LA FECHA DEL DESPIDO HASTA QUE SE CUMPLIMENTE EL LAUDO.

El tema del despido es muy especial, aun entre los expertos del derecho laboral; seguiremos lo señalado por los artículos de la Ley Federal del Trabajo.

En el artículo 5 de la Ley Federal del trabajo se indica que las normas contenidas en ella son del orden público, por lo que no producirá efecto legal alguno, ni impedirá el ejercicio de los derechos, la estipulación, sea escrita o verbal, en donde se establezca, entre otros puntos, la renuncia por parte del trabajador de cualquiera de los derechos o prerrogativas consignados e las normas del trabajo. En caso de que se llegue a establecer alguna renuncia, incluso por escrito, sobre algún derecho laboral en perjuicio del trabajador, se aplicará la ley o las normas supletorias, si así procede.

Todos sabemos que muchos trabajadores prestan sus servicios en condiciones inferiores a las que señala la ley, e incluso otros más llevan varios años en esta situación y no sucede absolutamente nada. Es evidente que en este tipo de relaciones laborales, si el trabajador no decide acudir ante la Junta de Conciliación y Arbitraje para reclamar lo que conforme a la ley le corresponda, no va a ocurrir nada; pero si en algún momento pretende ejercitar su derecho, tendrá la posibilidad de obtener una resolución favorable que le otorgue los beneficios que le corresponden.

Pensemos que uno de estos trabajadores es despedido en forma injustificada y en su demanda solicita la reinstalación de su empleo, en caso de que llegara a obtener un resultado favorable en donde se condenare al patrón a reinstalarlo y éste se negara a cumplir dicho acuerdo y decidiera pagarle las indemnizaciones legales, debería cumplir con las normas mínimas de trabajo que son las que señala la ley; por lo tanto, no podría argumentar que el trabajador siempre aceptó condiciones inferiores de trabajo a las establecidas en la ley, pues como ya se dijo, estos derechos son irrenunciables.

Para obtener una indemnización en términos de ley, es necesario que exista un despido injustificado y claro es indispensable saber cuándo un despido es injustificado y cuándo no lo es.

Según la Ley federal de Trabajo, Existen dos tipos de extinción de la relación

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