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CONCEPTO: CASO DE DIVORCIO. RECONOCIMIENTO DE SENTENCIA EXTRANJERA (ESPAÑA) EN COLOMBIA

dalpzzzEnsayo27 de Septiembre de 2019

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Santiago de Cali, a 18/09/2019

Señor

José Hugo Melo Solarte

E.S.M.

Ref. CONCEPTO: CASO DE DIVORCIO. RECONOCIMIENTO DE SENTENCIA EXTRANJERA (ESPAÑA) EN COLOMBIA.

Cordial Saludo,

Atendiendo la solicitud realizada, a efectos del trámite tendiente a obtener la validez y reconocimiento del divorcio de mutuo acuerdo acordado por sentencia judicial en España, me permito proporcionar la siguiente información que contiene las sugerencias de la actuación a realizar, de acuerdo con la información recibida:

ESTADO ACTUAL.

José Hugo Melo Solarte y Natalia Gómez Santana contrajeron matrimonio Civil en Cali, tiempo después deciden vivir en España en donde inscribieron el matrimonio mediante el debido registro civil de Colombia apostillado. Por lo cual estaban casados legalmente tanto en España como en Colombia. Después de un tiempo deciden poner fin con la relación, lo cual los lleva a un divorcio por mutuo acuerdo, el fallo se da y el divorcio se disuelve en España.

El señor José Hugo Melo Solarte decide que el divorcio tenga también el efecto en Colombia, por lo cual trata de contactar a su ex esposa, pero ésta se encuentra en un paradero desconocido. Con lo que decide ir a un despacho y buscar una asesoría.

Sugerencia de trámite:

Como primera instancia debe acudir a LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Mediante un apoderado y hacer efectivo el Exequatur. Basado en el código procesal en el Art. 607.

. Aportar todas las pruebas que se consideren pertinentes.

. Tener en cuenta los requisitos para que una sentencia extranjera surta efectos en Colombia y que no se oponga a leyes u otras disposiciones colombianas de orden público.

La demanda se dará traslado a la parte afectada con la sentencia y al procurador delegado correspondiendo a la razón de la naturaleza del asunto, lo cual está señalada en el Art. 91 con el termino de 5 días.

Así mismo venciéndose el traslado se decretan las pruebas y se fijará una audiencia para practicarlas, oír las opiniones y dictar la sentencia.

Si la corte concede el Exequatur y la sentencia extranjera requiere ejecución ante el juez según la ley 7 de 12 de agosto de 1908 de la cual trata del convenio que existe entre Colombia y España para el cumplimiento de sentencias civiles.

Además, los requisitos para que se ejecute y se reconozca la sentencia extranjera, se debe hacer una verificación de los documentos acompañados de dicha requisitoria estén legalizados.

. Copia auténtica de la sentencia.

. Copia auténtica de la providencia o documento que declare que dicha sentencia tiene carácter de ejecutoriado.

. Certificación de que la sentencia ha sido notificada al demandado.

. Copia auténtica de los documentos aparejados a la demanda tales como partida de matrimonio.

. Constancia de ejecutoria.

DOCUMENTOS NECESARIOS

1. Registro civil de Nacimiento de los cónyuges copia auténtica.

2. Registro civil de matrimonio, copia auténtica.

3. Divorcio judicialmente por mutuo acuerdo en España  

4. Copias simples de las cédulas o documentos de identificación (pasaporte, cedula extranjería).

5. Poder legalmente otorgado al abogado para iniciar el proceso ante el juzgado.

6. Petición de Divorcio, que elabora el abogado.

HONORARIOS PROFESIONALES

  1. Los Honorarios Profesionales serán lo equivalente a: 3.000.000 (PESOS),

 pagaderos de la siguiente manera:

50% con la firma del poder.

50% al finalizar el proceso.

De ser aceptada la propuesta, se iniciará con el trámite correspondiente a obtener la homologación en Colombia de la sentencia de divorcio extranjera.

Quedo en espera de sus comentarios e instrucciones.

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