CONTABILIDAD SIMPLIFICADA
nidia_soledad7 de Septiembre de 2013
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INDICE
(Pág.)
1.- Titulo.______________________________________________________ 3
2.- Resumen.___________________________________________________ 3
3.- Objetivos.___________________________________________________ 4
4.- Introducción.________________________________________________ 5
5.- Contabilidad Simplificada._____________________________________ 6
6.- Requisitos. __________________________________________________ 6
7.- Documentos._________________________________________________ 6
8.- Características del Sistema de Contabilidad Simplificada.___________ 7
9.- ¿Quiénes podrán usar el sistema de Contabilidad Simplificada?.______ 7
10.-Ventajas.____________________________________________________ 7
11.-Contabilidad Simplificada en el Portal Tributario MIPYME._________ 7
12.-Regimen de Contabilidad Simplificada.___________________________ 8
13.-Como salir del Regimen de Tributación Simplificada._______________ 8
14.-Obligaciones de la Tributación Simplificada de IVA.________________ 9
15.-Regimen Simplificado IVA._____________________________________ 10
16.-Regimen Simplificado Impuesto Renta.___________________________ 10
17.-Tabla de comparación del Regimen de Contabilidad Completa
Y el nuevo Regimen Simplificado._______________________________ 11, 12
18.-Conclusión.__________________________________________________ 13
19.-Bibliografía. _________________________________________________ 14
“CONTABILIDAD SIMPLIFICADA, CREADA PARA LAS PYME”
RESUMEN:
En este trabajo se presenta una contabilidad simplificada la cual fue creada para las PYME. En ella se facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias asociadas a la determinación del Impuesto a la Renta y del IVA a las empresas que lo utilicen, también permite una operación fácil y segura para las empresas usuarias las cuales contemplan una Mesa de Ayuda para el soporte en línea y aprovechan todos los beneficios derivados del Régimen Simplificado del Nuevo Artículo 14 ter de la LIR.
OBJETIVOS
Objetivo General: Como una PYME puede llevar una Contabilidad Simplificada.
Objetivos Específicos:
1. Como cumplir con los requisitos.
2. Que tramites se deben hacer.
3. Quien podrá usar este sistema simplificado.
4. Los Régimen de Tributación que lleva consigo.
INTRODUCCIÓN
A continuación se demostraran en forma breve todos los pasos y elementos que necesitan las PYME para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias asociadas a la determinación del Impuesto a la Renta y del IVA, los cuales son los requisitos, documentación que acrediten, características del sistema, las ventajas del nuevo sistema, el régimen de la contabilidad simplificada, las obligaciones de la tributación, dentro del margen legal, finalmente se señala un cuadro comparativo como demostración de lo expuesto.
CONTABILIDAD SIMPLIFICADA
Esta contabilidad consiste mediante la cual un contribuyente solicita una autorización para llevar contabilidad simplificada en un Libro de Ingresos y Egresos, y que exige que al 31 de diciembre de cada año se efectúe un Inventario de bienes y deudas, y un estado de pérdidas y ganancias. Además, debe implementar los libros auxiliares que le exijan las leyes o el SII.
Los contribuyentes deben cumplir los siguientes requisitos:
• Ser contribuyente de la primera Categoría de la Ley de Impuesto a la Renta, con rentas de los Nos. 3,4 o 5 del Art. 20° de dicha Ley
• Tratarse únicamente de persona natural.
• Tener capital efectivo destinado a su actividad o negocio, igual o inferior a 2 UTA al comienzo del ejercicio, y una renta que no exceda a 1 UTA, copulativamente.
• Contribuyentes de primera Categoría, que a juicio de la Dirección Regional, tengan un escaso movimiento, capitales pequeños en relación al giro, poca instrucción o se encuentren en cualquiera otra circunstancia excepcional.
• No podrán acogerse los contribuyentes que se dediquen a la minería, los agentes de aduana y los corredores de propiedades cuyas rentas se clasifiquen en la Primera Categoría.
• Ser empresarios individuales o empresas individuales de responsabilidad limitada (EIRL)
• Ser contribuyente del impuesto al valor agregado (IVA)
• Tener un promedio anual de ingresos de su giro no superior a las 5.000 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) en los tres últimos ejercicios. Para estos efectos, los ingresos de cada mes se expresaran en UTM, según el valor de esta en el mes respectivo.
• Si se trata del primer ejercicio de operaciones, la MIPYME debera tener un capital efectivo no superior a 6.000 UTM, según el valor de esta en el mes que se de el aviso de inicio de actividades.
• La solicitud para llevar contabilidad simplificada debe ser aprobada o resuelta por el Director Regional del SII respectivo, a través de la presentación previa del F-2117 de solicitudes.
• El interesado deberá acreditar, por medio de su contabilidad y declaraciones anuales y mensuales, que cumple con los requisitos anteriormente señalados.
Los documentos requeridos para hacer este trámite son:
• Acreditar por medio de su contabilidad y declaraciones anuales y mensuales, que se encuentra dentro de los requisitos ya señalados.
• Cuando se trate de contribuyentes que inician actividades, de los Nos. 3,4 o 5 del Art. 20, de la Ley de Impuesto a la Renta, se considerará como elemento de juicio, el capital efectivo registrado en la declaración inicial de actividades y demás antecedentes aportados por el interesado, sujeto a fiscalización.
Todo esto se realiza en la sección de Peticiones Administrativas de la Unidad del Servicio de Impuestos Internos que tiene jurisdicción sobre el lugar en que se encuentre el domicilio o casa matriz del contribuyente, a través de la presentación del Formulario 2117 de Solicitudes.
Características del Sistema de Contabilidad Simplificada para la Micro y Pequeñas Empresas
• En el nuevo régimen los contribuyentes que lo elijan declararán y pagarán el impuesto de primera categoría y el impuesto global complementario sobre la base de sus ingresos anuales netos devengados (ingresos menos egresos).
• El sistema permitirá a los contribuyentes, que se acogen al Régimen de Contabilidad Simplificada del artículo 14 ter de la Ley del Impuesto a la Renta, llevar su contabilidad en formato electrónico de una manera simple y eficiente.
• Esta medida permitirá que potencialmente se beneficien unos 200 mil micros y pequeñas empresas del país.
¿Quiénes podrán usar el Sistema de Contabilidad Simplificada?
Sistema de Contabilidad Simplificada, la ley establece los siguientes requisitos:
• Ser empresarios individuales o Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL).
• Ser contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
• No tener por giro o actividad cualquiera de las descritas en el artículo 20, números 1 (rentas inmobiliarias) y 2 (rentas de capitales mobiliarios), de la Ley sobre Impuesto a la Renta, salvo las necesarias para el desarrollo de su actividad principal.
• No poseer ni explotar, a cualquier título, derechos sociales o acciones de sociedades, ni formar parte de contratos de asociación o cuentas en participación en calidad de gestor.
• Tener un promedio anual de ingresos de su giro no superior a las 3.000 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) en los tres últimos ejercicios. Para estos efectos, los ingresos de cada mes se expresarán en UTM, según el valor de esta en el mes respectivo.
• Si se trata del primer ejercicio de operaciones, la Mipyme deberá tener un capital efectivo no superior a 6.000 UTM, según el valor de esta en el mes en que se dé aviso de Inicio de Actividades.
Ventajas del nuevo Sistema de Contabilidad Simplificada
Dentro de las ventajas que para el contribuyente tiene el nuevo artículo 14 ter de la Ley del Impuesto a la Renta, se encuentra la liberación de algunas obligaciones tributarias propias de la contabilidad completa: llevar libros de contabilidad, confeccionar balances, la aplicación corrección monetaria, efectuar depreciaciones, realización de inventarios, confección del registro FUT, la deducción inmediata de las inversiones e inventarios, entre otras.
Adicionalmente, el nuevo cuerpo legal fija el Pago Provisional Mensual (PPM) en 0,25% de las ventas brutas mensuales. Esto debe reducir el costo financiero de los contribuyentes que actualmente pagan PPM para un impuesto de primera categoría con tasa 17% y luego piden devolución al Fisco ya que su tasa de impuestos personales es generalmente inferior.
Los contribuyentes podrán optar por este régimen simplificado de tributación y llevar los registros a través del Portal MIPYME en la oficina virtual del SII, o bien, manteniendo los sistemas tradicionales asociados a registros de ingresos y egresos en un libro destinado a estos fines.
Contabilidad Simplificada en el Portal Tributario MIPYME
Uno de los aspectos más destacables de este
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