ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

CONTENIDO DEL TESTAMENTO


Enviado por   •  8 de Julio de 2014  •  2.552 Palabras (11 Páginas)  •  245 Visitas

Página 1 de 11

Republica Bolivariana De Venezuela

Ministerio Del Poder Popular Para La Educación Superior

Universidad Yacambú Araure Edo Portuguesa

Participantes:

Castillo Reiwal CJP-111-00053p

Montiel Edymar CJP-103-00062P

Sección:

NP02NOP

ARAURE, 07 DE JULIO DEL 2014

EL CONTENIDO DEL TESTAMENTO

El contenido del testamento se refiere a la expresión de la voluntad del causante en relación al destino de sus bienes, de manera total o parcial; y podemos observar que esta disposición puede contener ordenaciones de tipo patrimonial; pero también puede contenerlas de carácter no patrimonial, puesto que no siempre las relaciones jurídicas transmisibles a los herederos y causahabientes tienen tipo económico.

El testamento debe ser debidamente otorgado en una notaria pública, de acuerdo a las especificaciones de la ley, del registro público y del notariado, para dar fé pública de sus disposiciones.

‘’En el art. 833 de código civil se establece, que el testamento es un acto revocable por el cual una persona dispone para después de su muerte de la totalidad o de parte de su patrimonio, o hace alguna ordenación, según las reglas establecidas. ’’

VALIDEZ DEL TESTAMENTO

Para realizar un testamento de manera tal que posea validez frente a las leyes venezolanas este documento deberá cumplir con los siguientes requisitos legales:

- Es un acto personal e intransferible por lo que nadie podrá hacerlo a su nombre.

- Las leyes venezolanas, como la de muchos otros países, posee asignaciones forzosas que establece que la herencia debe ser distribuida un 50% para los hijos y el cónyuge mientras que el 50% restante se dividirá en un 25% para mejorar a alguno de los herederos y un 25% a libre disposición.

- El Código Civil venezolano establece que no se podrán realizar testamentos conjuntos o mancomunados.

- El testamento abierto podrá ser a través de una escritura pública, podrá ser otorgado ante el Registrador y dos testigos o bien podrá formalizarlo ante cinco testigos, en cuyo caso no será necesaria la presencia del Registrador.

- El Testamento Cerrado deberá ser escrito a mano o mecanografiado, fechado, firmado y puesto en un sobre cerrado. Este documento se entrega al Notario en presencia de tres testigos.

- Quien posea el testamento bajo su custodia y conservación deberá notificar ante el Juez de Primera Instancia más cercano la muerte del testador tan pronto como se haya enterado.

- Nuestro Código Civil contempla tres casos de testamentos especiales: los testamentos otorgados durante una epidemia, los testamentos hechos en tiempo de guerra por los militares u otras personas no militares empleados en el ejército de expedición, los testamentos otorgados en un viaje por mar.

- El marco legal venezolano contempla la posibilidad de que los venezolanos y los extranjeros otorguen testamento en el exterior para que tenga efecto en Venezuela. Para ello deberán sujetarse a las disposiciones del país donde se realice el acto.

- El testador dejará un albacea que lo represente luego de su muerte y no puede ser revocado por el heredero. Este representante tendrá la función de controlar el cumplimiento de las disposiciones establecidas por el testamento

LA INSTITUCION DE HEREDERO

En el derecho moderno es la universalidad de la adquisición lo que determina la cualidad de heredero, sea que se reciba la totalidad o una parte alícuota del as hereditario. La institución del heredero no depende las palabras empleadas, sino del contenido de la disposición. Será heredero quien reciba la universus ius total o parcialmente. Será legatario, en cambio, quien fuere favorecido con la atribución de un bien determinado; no importando que el testador dé al primero la denominación de legatario y al segundo la de hereder

‘’Las disposiciones testamentarias pueden hacerse a titulo de institución de heredero, O de legado, o bajo cualquier otra denominación propia para manifestar la voluntad del testador. Art. 895 C.C’’

EL LEGADO

El legado es una institución que solo se dispone por testamento, a una persona(s) extraña a la herencia o a los heredero(s), toda persona física o jurídica capas, que puedan recibir por testamentos y que al momento de la apertura de sucesión son llamados a recibir una alícuota o parte del patrimonio del de cujus, siempre y cuando sea capaz para suceder por testamento y cumpla con las formalidades establecidas en la ley.

SUJETOS DEL LEGADO

El beneficiario de una institución testamentaria a título particular, generalmente es un tercero extraño a la herencia; pero también puede serlo alguno o algunos de los mismos herederos: en este último caso se da al legado la denominación de prelegado.

EL PRELEGATARIO(S); es un heredero universal y, se le asigna una alícuota o parte del testamento por legado, además de la cuota que le corresponde como heredero universal. El prelegado no tiene prelación con el legatario, después que el legatario tenga su cuota que le corresponde el vendría a satisfacer la cuota que le corresponda por legado.

Normalmente el prelegado sólo tiene sentido cuando existen varios herederos; sin embargo, no es del todo descartable la figura del prelegatario cuando, al propio tiempo, se trata de un único y universal heredero, puesto que en ese caso, él gozaría de la ventaja de poder renunciar a la herencia, conservando el legado o a la inversa, repudiar el legado y aceptar la institución universal

OBJETO DE LEGADO

El testador goza de una amplísima libertad en cuanto a la escogencia del objeto de sus instituciones a título particular. Tal libertad deriva del principio de la autonomía de la voluntad que, precisamente, constituye el fundamento de la sucesión testamentaria. Por consiguiente, los únicos límites que existen al respecto, son: la ley, el orden público y las buenas costumbres.

CLASES DE LEGADOS:

• LEGADO ALTERNATIVO: El sucesorio que comprende dos o más casos de elección del heredero. Si es legatario el que puede escoger, se llama opción.

El testador al momento de redactar el instrumento, establece que el beneficiario del legado va a recibir una cosa u otra de las señaladas por el testador.

• LEGADO ANUAL: El que señala una cantidad fija por año mientras viva una persona o hasta que alcance cierta edad o se produzca algún hecho determinado. Ejemplo: el final de

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (15 Kb)
Leer 10 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com