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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO ESTADO VERACRUZ


Enviado por   •  8 de Mayo de 2013  •  2.525 Palabras (11 Páginas)  •  12.901 Visitas

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

Que celebran el ____________________________como Arrendatario (a) y LIC. ____________________________________como Arrendador en su carácter de Administrador del inmueble objeto de este Convenio, el cual es propiedad de El SR. ____________________________________________a quienes en el presente contrato se denominarán “Arrendatario” ó “Inquilino”, “Administrador” y “Propietario” respectivamente, así como “Inmueble” a la propiedad alquilada, compromiso que queda contenido en las siguientes:

C L A U S U L A S

PRIMERA.- El ______________________________________toma en arrendamiento la casa habitación ubicada en el número______________________________________., de esta Ciudad, reconociendo como Propietario del inmueble al SR. ____________________________________________y como su Administrador al LIC. ____________________________________Inmueble que se destinará exclusivamente para CASA HABITACION comprometiéndose el Inquilino a entenderse con cualquiera de ellos, o con el Representante Legal del Propietario, en todo lo relacionado con el cumplimiento del presente contrato.

SEGUNDA.- Este contrato surtirá efectos a partir del día en que se firme, siendo su vigencia de 15 DE MAYO DEL 2013 venciéndose el 14 DE NOVIEMBRE DEL 2013, fecha en que el Inquilino deberá entregar el Inmueble alquilado totalmente desocupado, ya sea al Propietario o a su Administrador, renunciando el Arrendatario desde ahora a la prórroga y demás derechos establecidos a favor suyo en el artículo 2418 del Código Civil.

TERCERA.- Los contratantes pactan que durante la vigencia del presente Contrato, y aún vencido éste, si el Arrendatario siguiera ocupando el Inmueble materia del mismo, no podrá por ningún concepto traspasar, subarrendar, ni ceder parcial o totalmente la finca alquilada, y que de hacerlo, además de ser causa de rescisión de este Contrato, deberá pagar al Propietario como Pena Convencional el importe de las rentas de un año.

CUARTA.- Convienen también los contratantes que la renta será de $__________________________.) mensuales cantidad que deberá liquidarse por adelantado en los primeros cinco días a partir del día 15 de cada mes, así como que el mes comenzado se pagará íntegramente, efectuando el pago contra un recibo foliado progresivamente y debidamente firmado por el Propietario, administrador o por su Representante Legal, no reconociéndose ningún pago efectuado en forma distinta a la señalada, y precisándose que el domicilio del Propietario para todos los efectos de este contrato, es _____________________________

Las partes expresamente aceptan que por razones de mantenimiento, pintura y todas aquellas obras de conservación que realice el inquilino en el inmueble a partir de la fecha en vigor del presente contrato, “EL ARRENDADOR” está de acuerdo que las mejoras por realizarse sean consideradas a cuenta de renta HASTA POR LA CANTIDAD DE $15,000.00 (QUINCE MIL PESOS 00/100 M.N.)., y solamente quedarían pendientes de cubrir la cantidad de $1,000.00 (UN MIL PESOS 00/100 M.N.) correspondientes a la segunda renta, correspondiente al periodo del día 15 de Junio al 14 de Julio del 2013.

QUINTA.- Los contratantes estipulan que si por cualquier causa no se le cobrara al Inquilino la renta en los primeros cinco días del mes, éste deberá consignarla judicialmente en los cinco días siguientes, es decir, entre los días 21 y 25 del mismo mes, señalando como domicilio del Propietario o su Administrador el mencionado en la Cláusula Cuarta, aceptando el Arrendatario que de no cumplir con lo anterior, o sea que no consigne el alquiler dentro del plazo señalado, la suma insoluta causará a partir del día 26 hasta que se liquide intereses moratorios que las partes fijan convencionalmente en el 10% mensual, porcentaje que se cobrará por todo el mes aunque el atraso haya sido de un solo día, renunciando el Inquilino a lo estatuido por el precepto 2422 Frac. I del Código Civil en cuanto a la tasa de interés a cobrarse al arrendatario moroso.

SEXTA.- Queda expresamente pactado que en caso de que el Inquilino omita liquidar la renta en los primeros cinco días del mes y tampoco la consigne en los segundos cinco días, debido a su incumplimiento, además de la(s) renta(s) insoluta(s) deberá pagar al Propietario una Pena consistente en el 50% de lo que ésta(s) importe(n), sanción convencional que se originará por todos y cada uno de los alquileres que no se cubran en los plazos señalados en las cláusulas cuarta y quinta, desde que el Inquilino se atrase y hasta que desocupe, sin importar la vigencia original del contrato.

SEPTIMA.- El Arrendatario renuncia a lo dispuesto por el artículo 2385 del Código Civil en lo referente a que no incurrirá en mora si al ser requerido del pago de las rentas cubre éstas y el costo del requerimiento, siendo conforme en que se produzcan en su contra los efectos de la mora y por lo tanto el Propietario pueda demandarle la Rescisión de este Contrato, si al efectuarse el requerimiento en cuestión, además de los alquileres pendientes y del importe del requerimiento que convencionalmente fijan las partes en el 20% del monto de dichas rentas, no liquida también tanto los intereses moratorios causados hasta entonces en los términos de la cláusula QUINTA como el importe de la Pena Convencional a que se refiere la cláusula SEXTA de este documento.

OCTAVA.- Queda establecido que el consumo de agua potable es a cargo del Inquilino y que su costo no esta incluido en el importe de la renta señalado con anterioridad, por lo que pagará por este concepto la parte proporcional que le corresponda conforme al recibo que expida SAS Metropolitano mensual. Si la finca alquilada forma parte de un edificio de departamentos o de un patio de vecindad, el Arrendatario cubrirá la cantidad que resulte de dividir el importe total de consumo que señale el medidor y que cobre la autoridad competente entre el número de departamentos o viviendas que integren la unidad habitacional precisándose que el consumo de agua potable deberá cubrirse en los términos que el alquiler.

NOVENA.- En razón de que el Inquilino ha inspeccionado personalmente el inmueble, cerciorándose de que está en perfectas condiciones de pintura, repello, servicios sanitarios, instalación eléctrica, puertas, ventanas, vidrios, cerraduras y todo lo demás perteneciente al mismo, lo recibe a su entera satisfacción, obligándose a devolverlo en idénticas condiciones, aceptando que será por su exclusiva cuenta el mantenimiento, entendiéndose como tal todo

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