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CONTRATO DE TRABAJO INDIVIDUAL SUJETO A MODALIDAD


Enviado por   •  11 de Octubre de 2018  •  Apuntes  •  1.176 Palabras (5 Páginas)  •  307 Visitas

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CONTRATO DE TRABAJO INDIVIDUAL SUJETO  A MODALIDAD

Conste   por  el Presente   Documento   el  CONTRATO   DE TRABAJO A  PLAZO   FIJO  PARA   SERVICIO   DETERMINADO    que  Celebran  de conformidad   con el art.63°  del TUO  D.LEG.  N° 728 D.S. Nº 003-97-TR   y demás  Normas  Complementarias; de  una Parte  la Empresa   REDITUS SAC  con RUC Nº  20563764539   Y  Domicilio  Fiscal  en Av. Angamos   Este  Mz. "F" Lt. "45" Urb. Juan XXIIl - Distrito de SAN BORJA, debidamente representada por su Gerente General Sr. Michael Anthony Burga Carbajal  con DNI Nº 44021380; e inscrita en el Registro de Personas Jurídicas de Lima con Partida Nº 13280006, a quien en adelante se Ie denominará "REDITUS", y de la otra Parte el Sr. DONGO MENESES VICTOR ORLANDO con DNI N° 09796894 Y Domicilio Jr. Huari 374 Int. A Lima, provincia Lima, departamento de Lima a quien en adelante se le denominará "EL CONTRATADO "; en los términos y condiciones siguientes:

PRIMERO: REDITUS es una Empresa de Derecho Privado sujeta al Régimen Laboral General, dedicada a la gestión del capital humano con el objeto de reclutar, evaluar, seleccionar y destacar personal a nivel de todos los mandos y administrar sus planillas.

SEGUNDO: Como consecuencia de lo mencionado en la Cláusula anterior, REDITUS contrata  a PLAZO FIJO bajo la modalidad de CONTRATO DE TRABAJO SUJETO A MODALIDAD PARA SERVICIO DETERMINADO, los servicios de EL CONTRATADO, quien desempeñará el cargo de Coordiandor en relación con el objeto señalado en la Cláusula Primera.

TERCERO: EI presente Contrato tiene un plazo de duración de  (TRES) 03 MESES , de conformidad con lo establecido en el art.74° del TUO D.LEG. Nº 728 D.S. N° 003-97-TR; el mismo que regirá a partir del 01 de Agosto del 2016 hasta el 31 de Octubre del 2016, fecha en que termina el contrato.

CUARTO: EL CONTRATADO está  sujeto  al  Periodo  de  Prueba  establecido  en  las  Normas Laborales del TUO D.LEG. N° 728 D.S. N° 003-97 - TR. Queda entendido que durante este Período de Prueba REDITUS pueda resolver el Contrato sin expresión de causa.

QUINTO: EL CONTRATADO tendrá el horario establecido en los roles determinados en las instalaciones del cliente y por el Administrador designado por este que en todo caso contemplan SEIS (6) días de trabajo en la semana por UN (01) día de Descanso Semanal Obligatorio con jornadas diarias de Once (11) horas de labor MAS UNA (01) hora de refrigerio.

SEXTO: REDITUS abonará a EL CONTRATADO la cantidad de  S/. 850.00 (SETECIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES) como su Remuneración Básica más las Horas Extras realizadas durante el mes, alcanzando un Total Mensual del cual se deducirá las Aportaciones y Descuentos por Retenciones de ley establecidos en la Ley que le resulten aplicables.

SEPTIMO: El CONTRATADO declara bajo juramento que todos los datos proporcionados en la ficha de datos del postulantes Anexo I  se ajustan a la verdad y está protegidos por la Ley de Protección de datos personales Ley N° 29733 en caso contrario que la información no sea veraz será causal inmediato de despido.

OCTAVO: EL CONTRATADO deberá cumplir con las Normas propias del Centro de Trabajo, las Funciones  Específicas  para  su  Puesto  determinadas  por  REDITUS según el manual de funciones Anexo II y las que sean asignadas en las instalaciones por el cliente, así como  las contenidas en las demás Normas Laborales y las que  se impartan  por Necesidades del Servicio en ejercicio de las facultades de Administración de las instalaciones del cliente, de conformidad con el Art. 9° del TUO D.LEG. Nº  728 D.S. N° 003-97-TR.

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