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CUADRO COMPARATIVO DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL DE VENEZUELA 1961, Y CON LA CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DE 1999


Enviado por   •  11 de Noviembre de 2014  •  433 Palabras (2 Páginas)  •  553 Visitas

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CUADRO COMPARATIVO DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL DE VENEZUELA 1961, Y CON LA CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DE 1999

Los Derechos y los Deberes de los Venezolanos:

Con respecto a los derechos de los venezolanos ambas constituciones mantuvieron que el estado garantizara la igualdad entre hombres y mujeres. Y que no se permitirá ningún tipo de discriminación fundamentada en raza, sexo, o condición social, esto se encuentra estipulado en ambas constituciones, en los siguientes artículos:

Constitución de 1961, art 6.

No se permitirán discriminación fundada en la raza, sexo, credo y condiciones sociales.

Los documentos de identificación para los actos de la vida civil no contendrá mención ninguna que califique la filiación.

No se dará otro tratamiento oficial sino el de ciudadano y usted, salvo las formulas diplomáticas.

No se conocerá título mobiliario ni distinción hereditaria.

Constitución de 1999, art 21.

Todas las personas son iguales ante la ley,

No se permitirá discriminaciones fundada en la raza, sexo, credo y condiciones sociales, o aquellas que en general tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicios en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades de todas personas.

La ley garantizara las condiciones jurídicas y administrativa para que la igualdad, la ley sea real y efectiva; adoptara medida positivas a favor de personas o grupos que puedan ser discriminados, marginados o vulnerables; protegerá especialmente aquellas personas que por algunas de las condiciones antes especificadas, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionara los abusos o maltratos, que contra ellas se cometan.

Solo se dará en trato especial de ciudadanos y ciudadanas; salvo la formulas diplomática.

No se reconoce títulos nobiliarios ni distinciones hereditarias.

También coincidieron en los derechos que tienen las personas en expresar sus pensamientos sin que nadie pueda privarlo de ellos, siempre que dichas expresiones no falten a la moral pública o incite a la violencia de la ley o constituya algún delito. Estos según los siguientes artículos de ambas constituciones:

Constitución Nacional 1961, art 66.

Todos tienen el derecho de expresar su pensamiento de viva voz o por escrito y hacer uso para ellos, de cualquier medio de difusión, sin que pueda establecerse censura previa; pero quedan sujetas de pena, de conformidad con la ley, las expresiones que constituyan

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