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CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES


Enviado por   •  2 de Junio de 2013  •  855 Palabras (4 Páginas)  •  293 Visitas

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Para poder entender que es el veto presidencial y en donde se puede aplicar primero vamos a dar una pequeña sinopsis de cuál es el Procedimiento de formación de la ley, dividiéndolo en varias fases o etapas a saber: iniciativa, discusión, aprobación y sanción, promulgación y publicación.

Iniciativa

Iniciativa es la “facultad conferida por la Constitución a ciertas personas u organismos (como al poder Ejecutivo Nacional, al Poder Electoral, al Poder Ciudadano entre otros) para excitar al estudio de la modificación de ley existente o a la creación de una nueva legislación” tal como lo establece el Art. 204 de la CRBV.

Discusión

Todo proyecto recibirá dos discusiones, en días diferentes. Aprobado el proyecto el Presidente de la Asamblea Nacional declarará sancionada la ley.

Primera Discusión

En la primera discusión se considerará la exposición de motivos y se evaluarán los objetivos, alcance y viabilidad de la ley a fin de determinar su pertinencia, y se discutirá el articulado. Aprobado en primera discusión, el proyecto será remitido a la comisión directamente relacionada con la materia objeto de la ley.

Segunda Discusión

Una vez recibido el informe de la comisión correspondiente, se dará inicio a la segunda discusión del proyecto de ley, realizándose artículo por artículo. Si se aprobare sin modificaciones, quedará sancionada la ley.

Sanción

La sanción será el resultado de las dos discusiones y del cumplimiento de los requisitos formales. Es el acto final del proceso legislativo desarrollado en el parlamento.

Una vez sancionada la ley, se extenderá por duplicado con la redacción final que haya resultado de las discusiones. Uno de los ejemplares será enviado por el Presidente de la Asamblea Nacional al Presidente de la República a los fines de su promulgación.

La promulgación “es el acto por el cual el Poder Ejecutivo constata la existencia de una Ley y ordena su ejecución, haciéndola conocer por medio de la publicación en la Gaceta Oficial”.

Y aquí viene la respuesta a la interrogante inicial qué es el veto y lo podemos establecer como el término utilizado en el derecho político para referirse a la facultad del Jefe de Estado de negarse u oponerse a promulgar leyes o decretos sancionados por el parlamento, es decir que el Congreso envía para su promulgación. Encentrándose pautado en la constitución de la República Bolivariana de Venezuela según el artículo 214 específicamente.

Esta facultad puede ser objetada total o en parte, mediante las observaciones respectivas. Puede ser absoluto, si impide la promulgación y vigencia de la ley o suspensivo, cuando dicho efecto es temporal, denominándose en este caso “reparo”.

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