ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Cumplimiento De Obligaciones


Enviado por   •  9 de Noviembre de 2014  •  1.215 Palabras (5 Páginas)  •  342 Visitas

Página 1 de 5

CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES

Generalmente la obligación se cumple, esto quiere decir que el deudor realiza la prestación debida.

El cumplimiento o pago, como veremos más adelante, es el modo normal de extinción de una obligación.

INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES

Si el incumplimiento fuera imputable al deudor, por dolo o culpa, el acreedor podía demandar el cumplimiento o la rescisión del contrato, más el pago de una indemnización por daños y perjuicios.

Una vez establecida la responsabilidad del deudor, la cuantía de la indemnización era determinada por el juez.

La valoración de los daños también podía quedar sujeta sal acuerdo entre las partes, que podían agregar al contrato una cláusula pápenla destinada a fijar de antemano la indemnización.

Dolo

El dolo es cuando el deudor no cumple con la obligación y tiene toda la intención de cometer tal incumplimiento y de dañar al acreedor.

Son elementos del dolo:

Primero: un acto o una omisión del deudor.

Segundo: la intención de llevar a cabo dicho acto.

Tercero: que este acto traiga un perjuicio económico a la otra parte.

El dolo no se presume sino que debe ser probado por el acreedor

Culpa

Este concepto se da cuando el deudor ocasiona un daño impidiendo la realización de la obligación, por su falta o negligencia, existen dos tipos de culpas:

1) Culpa lata, que es la culpa grave, es cuando existe un descuido excesivo, es decir, no se prevé lo que hubiera sido previsible.

2) Culpa levis, siendo la culpa leve, sólo se respondía del dolo, ésta a su vez podría ser in abstracto o in concreto.

In abstracto se presentaba cuando el deudor no hubiera observado los cuidados de un buen padre de familia.

In concreto se comprobaba comparando la conducta del deudor con el grado de cuidado que él mismo acostumbraba observar en sus demás negocios. Caso fortuito y fuerza mayor

Existía el caso fortuito o fuerza mayor cuando el deudor no cumplía con su obligación debido a un acontecimiento o evento que no le era imputable.

Se puede distinguir el caso fortuito por ser un hecho no imputable que impide y excusa el cumplimiento de la obligación, un ejemplo sería el fallecimiento del deudor o acreedor.

La fuerza mayor es cuando un acontecimiento de la naturaleza, por ser imprevisible, impedía el cumplimiento de la obligación; por ejemplo, un terremoto.

En estos supuestos, el deudor quedaba liberado del adeudo, salvo pacto en contrario.

CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES

MORA

La mora es el retraso culpable o doloso en el cumplimiento de una obligación. Es evidente que el que puede retrasarse en el cumplimiento de una obligación es el deudor y así, decimos que incurre en mora cuando no cumple a tiempo y por causas que le sean imputables

Sin embargo, para el Derecho romano, también el acreedor podía incurrir en mora; esto sucedía cuando rechazaba, sin justa causa, el pago ofrecido por el deudor.

Mora debitoria: Cuando un deudor no cumple debido a su negligencia; por ejemplo: retraso injustificado para la entrega de una determinada mercancía, este incumplimiento tenía que comprobarse siempre y cuando la deuda estuviera vencida, así como el acreedor tenía que hacerlo valer mediante una interpelación.

Mora creditoria: el acreedor podría incurrir en mora, en el supuesto de que éste rechazara, sin justa causa, la oferta del pago ofrecido por el deudor, el deudor

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (7 Kb)  
Leer 4 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com