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Características de la Posmodernidad en el Ejercicio de Derecho


Enviado por   •  24 de Junio de 2020  •  Ensayos  •  1.349 Palabras (6 Páginas)  •  126 Visitas

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Licenciatura en Derecho.
Características de la Posmodernidad en el Ejercicio de Derecho.

INTRODUCCIÓN

La posmodernidad como fenómeno social ha cimbrado diversas instituciones sociales, políticas  jurídicas en el mundo, México no es ajeno a ello y se ha visto reflejado esencialmente en la influencia de las nuevas apreciaciones de ver el mundo generado principalmente en las nuevas generaciones que cada vez más se atreven a desafiar los pensamientos, principios y valores preponderantes provenientes de las épocas históricas pasadas  y que fueron en su momento eficaces en determinadas situaciones o represivas en muchas otras.

Gianni Vattino describe la posmodernidad “como aquella que marca la superación de la modernidad dirigida por las concepciones univocas de los modelos cerrados, de las grandes verdades, de fundamentos consistentes, de la historia como huella unitaria del acontecer.” (2002) Y con base en esa descripción no podemos pasar desapercibido el término “modelo” porque en efecto dentro de la diversidad de modelos tenemos el jurídico.

No podemos entonces negar el impacto de la posmodernidad en el derecho y sus efectos. Desde la visión posmoderna, el derecho replantea su legitimad, ya no se sostiene sobre la entidad subordinadora (estado) sino que tiene que tener una función eficaz más allá del mero control.

EL REPLANTEAMIENTO DEL DERECHO EN TIEMPOS POSMODERNOS.

Ya no basta la sola existencia del estado para legitimar sus actos, el estado es cuestionable, esta afirmación impensable hace un par de siglos atrás no puede desvincularse de un nuevo fenómeno que está marcando trascendentalmente la aplicación del derecho en los sistemas jurídicos: Los derechos humanos, la globalización, las nuevas tecnologías y el pluralismo jurídico. Y estos criterios tienen un nivel de alcance en tiempos actuales donde la figura del estado ideal es aquel que se autodescribe como garantista.

La idea del derecho clásico donde bastaba la eficacia de la norma en la eficacia del legislador fue una de las causas que dieron al estado un sistema jurídico de sometimiento y control social a niveles sistemáticos. Eso aunado al abierto coexistir entre el poder político y económico volvió a los sistemas jurídicos un sistema punitivo y muchas veces de persecución a los enemigos de los estados nación. El valor de las normas era medido por la eficacia de sus fines independientemente de si estos fines eran racionalmente sostenibles.

Ante este escenario modernista llega el pensamiento reflexivo de las masas, el replanteamiento de lo establecido y así como surtió efectos sociales también surtió efectos en sus instituciones. Incluso el mismo derecho nunca había que justificarse, existía una narrativa de su naturaleza desde antes de la modernidad complejizada en una tridimensionalidad que solo los teóricos y letrados entendían, la existencia del derecho como norma, hecho y valor. Es lo que se conoce como la racionalidad lógica del derecho, la formulación de una hipótesis conductual punible, su aplicación a un hecho concreto y la intencionalidad de un resultado concreto.

Así es como se aplicó el derecho, la persistencia en un sistema aplicativo basado en un mecanismo formalista y de eficacia posiciona lo que denominamos el positivismo jurídico, aquel donde el estado crea la norma y la hace sujetable a través de la coerción. De esta manera se entendió el derecho por tiempos extensos.

LA APLICACIÓN SOCIAL DEL DERECHO EN TIEMPOS POSMODERNOS.

El discurso del derecho se manifiesta en concepto abstractos, sustentada en una praxis lógica en el que poco a poco se fueron integrando elementos como el hecho de que dejara de ser prioritario el tema de la sanción y se contemplara la prevención, la elaboración de políticas criminales y a su vez la reinserción social como fin máximo.

El cientifismo que se pretendió implementar en el derecho en tiempos modernos fue superado por la espontaneidad de los cambios sociales y su impacto en los que crean leyes. De esta manera, la aplicación del derecho empezó a prepararse a aceptar y asimilar su realidad, su dependencia al cambio social. Si el estado evoluciona por lógica su sistema jurídico también pero ahora con el posmodernismo, las condiciones son más concretas.

LA GLOBALIZACIÓN COMO MOLDEADOR DEL DERECHO.

Una de las mayores transformaciones y más profundas del derecho y su aplicación tiene que ver con la globalización, pues bien, la única razón que sustentaba la existencia de un sistema jurídico era su naturaleza proveniente de un estado-nación. Esa relación causal establecía la funcionalidad del derecho como método inmediato de legitimización ante los gobernados.

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