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Casación Allanamiento


Enviado por   •  17 de Febrero de 2013  •  1.441 Palabras (6 Páginas)  •  471 Visitas

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Allanamiento

DEMANDA DE TERCERIA DE PROPIEDAD

CASACION Nº 2976-2006

(FECHA DE EMISION: 25-04-2007)

CAS. Nº 2976-2006 LIMA.

Tercería de Propiedad.

Lima, veinticinco de abril del dos mil siete.-

LA SALA CIVIL TRANSITORIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPUBLICA; vista la causa número dos mil novecientos setentiséis - dos mil seis, en Audiencia Pública de la fecha, y producida la votación con arreglo a ley, emite la siguiente sentencia; MATERIA DEL RECURSO: Se trata del recurso de casación interpuesto por Banco de Crédito del Perú mediante escrito de fojas ciento sesentinueve, contra la sentencia de vista emitida por la Quinta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, de fojas ciento cuarentidós, su fecha cuatro de octubre del dos mil cinco, que confirma la sentencia en el extremo que condena a la citada entidad financiera al pago de las costas y costos del proceso; FUNDAMENTOS DEL RECURSO: Que, el recurso de casación fue declarado procedente por resolución del diecinueve de octubre del dos mil seis, por la causal prevista en el inciso tercero del artículo trescientos ochentiséis del Código Procesal Civil, en virtud de lo cual la recurrente denuncia lacontravención de las normas que garantizan el derecho a un debido proceso, toda vez que la Sala Superior transgrede las siguientes normas procesales: a) el artículo trescientos treinta y dos primer párrafo del Código Procesal Civil, pues si bien es cierto que en virtud al inc. 6 del citado dispositivo el allanamiento formulado por la recurrente es improcedente, sin embargo, se yerra al establecer y determinar los alcances o efectos que esto conlleva, pues el único efecto resultante de la improcedencia del allanamiento es la continuación del proceso pero no la condena en el pago de las costas y costos; b) el artículo cuatrocientos trece último párrafo del Código Procesal Civil, pues dentro del plazo para contestar la demanda, el recurrente formuló allanamiento, esto es, desplegó la conducta procesal requerida por la norma en comento, y si bien su pedido fue desestimado, los efectos de la exoneración del pago de las costas y costos le alcanzan completamente, pues la norma no condicionaba la citada exoneración a que se ampare el pedido de allanamiento; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, en el caso de autos, José Alberto Berrocal Ibarra interpuso demanda de tercería de propiedad con el objeto que que se levante la medida cautelar de embargo en forma de inscripción que hasta por la suma de mil quinientos dólares americanos se registró sobre el inmueble de su propiedad sito la Avenida Aviación cuatrocientos quince, puesto dos mil veintiocho, distrito de La Victoria, la misma que ha sido dictada por el Trigésimo Cuarto Juzgado .Especializado en lo Civil de Lima en el proceso que sigue Banco de Crédito del Perú contra Casabonne Ingenieros Sociedad Anónima sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente veintitrés mil ochocientos sesenta y uno - dos mil, personas jurídicas contra las cuales dirige la presente demanda; Segundo.- Que, mediante escrito de fojas cuarenta y seis, el Banco de Crédito del Perú presentó escrito allanándose a la pretensión planteada por el demandante, para lo cual cumplió con legalizar su firma ante el secretario cursor; sin embargo, dicho allanamiento fue declarado improcedente en virtud a lo normado en el inciso sexto del artículo trescientos treinta y dos del Código Procesal Civil, esto es, por existir litisconsorcio necesario, en cuyo caso el allanamiento debía provenir de todos los demandados; Tercero.- Que, llegado el estado procesal de expedir sentencia ésta declara fundada la demanda y condena a la parte vencida al pago de las costas y costos del proceso, condena que es apelada por el Banco de Crédito del Perú y confirmada por la Sala Superior, en razón a que el allanamiento formulado por la impugnante fue declarado improcedente; Cuarto.- Que, en atención a lo regulado en el artículo cuatrocientos doce del Código Procesal Civil, el reembolso de las costas y costos del proceso no requiere ser demandado y es de cargo de la parte vencida, salvo declaración judicial expresa y motivada de exoneración. Cuando la citada norma alude a la “parte vencida” determina implícitamente que la condena al pago por dichos conceptos sólo puede establecerse al concluir el proceso, momento en el cual se precisa quién

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