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Ciencias De La Educacion

miguelccori24 de Mayo de 2015

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“AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO” “JULIACA CAPITAL DE LA INTEGRACION DE QUECHUAS Y AYMARAS”

INSTITUCIÓN EDUCATIVA SECUNDARIO

“SAN MARTIN”

Alma Máter de la Educación de Juliaca

“BODAS DE PLATA”

PLAN ANUAL DE SUPERVISION, MONITOREO Y

ACOMPAÑAMIENTO PEDAGÓGICO

Nivel Educativo:

• Educación Secundaria

JULIACA PUNO PERU

2015

INSTITUCIÓN EDUCATIVA SECUNDARIO

“SAN MARTIN”

“AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN”

“JULIACA CAPITAL DE LA INTEGRACION DE QUECHUAS Y AYMARAS”

RESOLUCIÓN DIRECTORAL INSTITUCIONAL Nº -2015-DRE-P/UGEL-SR MB ./IE ”SM ”

Juliaca, de marzo de 2015

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con los dispuestos en el artículo 67º y el literal a) del artículo 68º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, en concordancia con los capítulos I y II del Título V De la Gestión del Sistema Educativo del Reglamento de la Ley General de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED. y la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 556-2014-MINEDU Aprueba las “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2015 en la Educación Básica”, se establece los roles de los niveles de gobierno y la Institución Educativa como la primera instancia de Gestión del Sistema Educativo, desarrollar las acciones de elaborar y aprobar mediante Resolución Directoral los instrumentos de gestión, Cuadro para Asignación de Personal y el Cuadro de Distribución de Secciones y Horas de Clases en base al Presupuesto Analítico de Personal aprobado por la UGEL o quien haga sus veces;

Que, en tal sentido, las actividades educativas en el Año Escolar 2015 deben desarrollarse dentro del marco de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación y sus modificatorias, Decreto Supremo Nº 011-2012-ED., que aprueba el Reglamento de Ley General de Educación, así como de los Lineamientos de Política Educativa Nacional, Regional, Local, plasmados en los Instrumentos de Gestión a nivel de la Institución Educativa; y

De conformidad, con lo dispuesto en la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización Decreto Supremo Nº 011-2012-ED., que aprueba el Reglamento de Ley General de Educación; RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 556-2014-, Aprueba las “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2015 en la Educación Básica”, y la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General.

SE RESUELVE:

ARTÍCULO 1º. APROBAR, el Plan Anual de Supervisión, Monitoreo y Acompañamiento Pedagógico de la Institución Educativa, para el año escolar 2015, la misma que forma parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º. DISPONER que el personal: Directivo, Jerárquico y el Consejo Académico, cumplan lo planificado en el Plan Anual de Supervisión, Monitoreo y Acompañamiento Pedagógico durante el año escolar 2015.

ARTÍCULO 3º. REMITIR una copia de la presente resolución a la Unidad de Gestión Educativa

Local de San Román, para su conocimiento y fines.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE y ARCHÍVESE

PRESENTACIÓN

El presente Plan Anual de Supervisión, Monitoreo y Acompañamiento Pedagógico constituye un instrumento de gestión, para el mejoramiento de la calidad educativa en la Institución Educativa, ante los cambios continuos que se vienen operando en la dinámica educativa del país y las exigencias del proceso de descentralización, enfrentando desafíos referidos a contribuir en el mejoramiento de la calidad educativa, formación integral de las estudiantes, apoyar y estimular el trabajo del docente, promover la participación de la comunidad en los procesos de supervisión, monitoreo y acompañamiento pedagógico, fortalecer las relaciones entre los actores educativos. Estos desafíos, conllevan a que el aprendizaje responda a las demandas de la comunidad y a las exigencias de la sociedad del conocimiento.

Una de las funciones de la Institución Educativa es, gestionar el servicio educativo con el objetivo de mejorar el logro de los aprendizajes y formación integral de las estudiantes, propiciando la convivencia sana, inclusiva y acogedora en el marco de su autonomía pedagógica e institucional; por ello es necesario, desarrollar acciones sostenidas de supervisión, monitoreo y acompañamiento pedagógico en la Institución Educativa. En tal sentido, es indispensable contar con un plan y estrategias básicas, para la supervisión, monitoreo y acompañamiento pedagógico.

El presente documento enfatiza la importancia de las acciones de supervisión, monitoreo y acompañamiento pedagógico, para ello parte de un análisis de la problemática respecto a la supervisión, monitoreo y acompañamiento que se practica en la institución educativa. Propone lineamientos y estrategias básicas, que permiten el desarrollo adecuado, coherente, coordinado de la supervisión, monitoreo y acompañamiento pedagógico; promoviendo la participación y esfuerzo compartido entre las distintas agentes del proceso educativo.

El equipo de acompañamiento pedagógico de la Institución Educativa, está conformado por el Consejo Académico y el Equipo Directivo, a fin de contar con la instancia que sirva de apoyo a la gestión pedagógica en lo que concierna a la actividad técnico pedagógico que desarrolla cada uno de los docentes. Ello en cumplimiento de las normas educativas vigentes que orientan y encargan el trabajo de asesoramiento y acompañamiento pedagógico durante el año escolar, con la intención de contribuir a optimizar el servicio educativo y que los niveles de logro de aprendizaje de las estudiantes sea cada vez mejor.

El presente Plan Anual de Supervisión, Monitoreo y Acompañamiento Pedagógico norma las aspiraciones básicas de la Institución Educativa, por su puesto plasmadas en el PEI, a fin de desarrollar el trabajo de asesoría y acompañamiento pedagógico, considerando aspectos básicos importantes en la tarea educativo que son importantes para mejorar el trabajo en el aula y en la institución educativa; se ha decidido trabajar a través del Consejo Académico y el Equipo Directivo, con la finalidad de apoyar a los docentes, quienes compartirán la experiencia con los demás docentes, en compañía de uno de los directivos.

LA DIRECCIÓN

I. DATOS INFORMATIVOS

Institución Educativa : “SAN MARTIN”

Niveles Educativos : Educación Secundaria

Turno : Tarde y mañana

DRE : Puno

UGEL : San Román

II. EQUIPO RESPONSABLE:

1.1. EQUIPO DIRECTIVO:

Prof. Director.

Prof. Sub-Director

Prof. Sub-Directora

1.2. CONSEJO ACADÉMICO:

III. JUSTIFICACIÓN

La Supervisión, Monitoreo y Acompañamiento Pedagógico es un proceso sistemático y permanente que busca comprobar la EFECTIVIDAD y EFICIENCIA del proceso pedagógico en el aula. Asimismo, contribuye a mejorar el servicio educativo que brinda y observa la concretización de los objetivos estratégicos planteados en el PEI y el PCI. Por lo que cumple un rol importante en el aspecto pedagógico, que permite observar, acompañar e identificar las fortalezas y debilidades en el proceso de enseñanza – aprendizaje para la toma decisiones inmediatas y pertinentes. Considerando que también es un proceso de intercambio de experiencia entre el visitante y el visitado, donde sin prejuicio alguno se da y se recibe compañía, convirtiéndose en un espacio de ayuda mutua, donde los directivos a través de clases demostrativas fortalecen la formación profesional de los docentes..

De lo expresado, podemos concluir que el proceso de acompañamiento tiene como eje de su desarrollo el desempeño de los docentes en el aula, su capacidad para generar aprendizajes significativos en las estudiantes, así como el mejor aprovechamiento de los espacios y recursos de aprendizaje que brinda la Institución Educativa.

IV. BASES LEGALES:

1) A NIVEL NACIONAL

• Ley Nº 28044, Ley General de Educación y sus modificatorias las Leyes Nº 27950 y Nº 28139.

• R. S. N°011-2012-ED,

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