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Civil III texto paralelo


Enviado por   •  20 de Marzo de 2017  •  Resúmenes  •  1.545 Palabras (7 Páginas)  •  252 Visitas

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Testo Paralelo

Simulación

 Es una declaración ficticia de voluntad, con la anuencia de ambas partes y buscando, generalmente, fingir actos o contratos con el fin de perjudicar a un tercero. La causa del negocio aparente será inexistente, y habrá que determinar de qué manera no haya sido la culpable de todo esto. El negocio jurídico no quedara nulo cuando no tiene un fin ilícito ni causa perjuicio a ninguna persona.

Puede ser absoluta y relativa, la primera cuando la declaración de voluntades no es real  y no produce efectos jurídicos y la segunda cuando el negocio jurídico oculta otro carácter y este si produce efectos en el negocio siempre e que sea lícito.

Ejemplo:

Martin Otero necesita solicitar la visa americana para esto necesita demostrar que tiene una solvencia económica independiente, para lo cual su padre se presta para hacer el traspaso de un vehículo para que Martin pueda demostrar la tenencia de propiedades siendo que la compraventa es real pues se ha cumplido con lo que la ley establece, pero la voluntad real de las partes es diferente.

Revocación

El término revocación proviene de un vocablo latino que hace referencia a la acción y efecto de revocar  que significa dejar sin efecto una resolución o mandato; apartar o disuadir a alguien de un designio; o hacer retroceder alguna cosa.

Todo deudor puede pedir la revocación de los negocios celebrados por el deudor en perjuicio o fraude de sus derechos. La revocación prescribe en un año contado desde la celebración del negocio.

Ejemplo:

El señor Juan José dueño de almacenes El Cisne este le dio cheques pre fechados a sus proveedores con fecha 11/11/2015  a lo cual pide no sean cobrados por que no cuenta con los recursos suficientes para cubrir las cantidades de los cheque se niega a pagar argumentando que está en quiebra haciéndoselos saber el día 10/11/2015; como lo estipula el articulo 1299 C.C. en su numeral 1 que se presume fraudulento que los pagos anticipados por el deudor se declare en quiebra dentro de los 10 días anteriores a la fecha fijada para la cesación de los pagos por lo que los proveedores pueden revocar en base a que no s anticipo la quiebra de los almacenes el cisne.

Nulidad

 una situación genérica de invalidez del acto jurídico, que provoca que una normaacto jurídicoacto administrativo o acto procesal deje de desplegar sus efectos jurídicos, retrotrayéndose al momento de su celebración. Para que una norma o acto sean nulos se requiere de una declaración de nulidad, expresa o tácita y que el vicio que lo afecta sea coexistente a la celebración del mismo.

Características

  • Es legal, aunque es declarado judicialmente; no es creado por los jueces sino que es creado por una la ley.
  • Sólo es aplicable a actos jurídicos, sólo ellos son susceptibles de nulidad.
  • El defecto tiene que ser originario, intrínseco y esencial.

Puede ser declarada de oficio, por los que tengan interés o el Ministerio Publico

Es anulable por vicios del consentimiento o por incapacidad relativa

Ejemplo:

Cuando se quiere vender un bien que está a nombre de un menor  y la persona que lo vendió  no cuenta con la representación requerida por la ley por lo que el negocio quedaría anulado a petición del ministerio público o por el representante legal del menor tal como lo estipula en el artículo 1311 C.C.

El Pago

 Es uno de los modos de extinguir las obligaciones, y consiste en el cumplimiento efectivo de la prestación debida. Pago por el deudor El pago debe hacerlo, en primer lugar, el deudor. Este debe tener capacidad para enajenar y libre disposición de dar si la obligación es de dar y legitimación. Pago por terceros en nombre del deudor, con consentimiento cabría supererogación, sin consentimiento (ignorando el pago) no cabría subrogación pues el deudor debe tener conocimiento o en contra del deudor, en cuyo caso no podrá repetir en aquello que le hubiese sido útil. Debe hacerse del modo en que se pactó.

Ejemplo:  

José Roan deudor se compromete hacer una fiesta infantil para el cumpleaños del hijo de Orlando Mansilla acreedor se entiende que el deudor deberá cumplir con la prestación de acuerdo a las circunstancias del servicio cumplido con esto el acreedor tiene la obligación de hacer el pago correspondiente antes pactado.  

Pago por consignación

El pago por consignación es el que satisface el deudor, o quien está legitimado para sustituirlo, con intervención judicial, que es la característica fundamental de esta forma de pago. Se supone que el acreedor no quiere recibir el pago, tal vez por considerar que no es completo o apropiado, en cuanto al objeto, modo y tiempo de satisfacerlo; o bien que él no puede recibir ese pago por ser
incapaz, estar ausente o ser incierta su calidad de acreedor. Declarada validad la consignación queda extinguida la obligación.

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