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Clasificación De Cargos

Grety43 de Noviembre de 2013

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1. Transcribir y analizar el Artículo 2 del Código de Comercio Ecuatoriano vigente.

Se consideran comerciantes a las personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras, domiciliadas en el Ecuador, que intervengan en el comercio de muebles e inmuebles, que realicen servicios relacionados con actividades comerciales, y que, teniendo capacidad para contratar, hagan del comercio su profesión habitual y actúen con un capital en giro propio y ajeno mínimo de treinta mil sucres para la jurisdicción de las Cámaras de Comercio de Quito y Guayaquil; de Ocho mil sucres para Cuenca, Manta y Bahía de Caráquez; y, de Cinco mil sucres para los demás cantones.

En lo que se puede analizar del Artículo 2 del Código de Comercio Ecuatoriano es que primero deberían actualizar el Código ya que así debe haber malos entendidos en referencia de los giros ya que está en sucres y debería estar en dólares; y, también debería estar unificado para todos los comerciantes.

2. Enumere los once cuerpos legales que se relacionan con las actividades de comercio y hable sobre los tres principales (Código de Comercio; Ley de Compañías y Ley de Mercado de Valores).

Ley General de Seguros

Ley de Fomento de la Industria Automotriz

La Ley de Turismo

Ley de Propiedad Intelectual

Ley Orgánica de Régimen Municipal

Ley de Seguridad Social

Ley de Instituciones Financiera

Ley de Comercio Electrónico

Código de Comercio: se puede decir que es el conjunto unitario, ordenado y sistematizado de las normas de Derecho mercantil, es por eso que se puede decir que es también un cuerpo legal que tiene por objeto regular las relaciones mercantiles, esto nos indica que el código de comercio es importante ya que se basa en todas las leyes .

Ley de Compañías: esta nos indica que regula todas las actividades de las sociedades mercantiles es decir de todas las empresas que se estén formando y está controlado por la Superintendencia de Compañías.

Ley de Mercado de Valores: es el conjunto de operaciones y negocios que efectúan los inversores y oferentes de valores de un lugar, país o región, y es la que regula las operaciones bursátiles o de negocios a través de títulos y acciones de empresas y productos

3. Explique cuál es el ámbito de aplicación del Registro Mercantil, y que actividades cumple esta Institución.

El ámbito del Registro Mercantil es para la aplicación de la necesidad de permitir que la sociedad tenga conocimiento del verdadero estado de las distintas situaciones jurídicas de los comerciantes individuales o colectivos, también es el conjunto de normas jurídicas que se aplican a los actos y negocios de comercio calificados como tales, y a las actividades del comerciante en general, cuyo objeto es la regulación de esos actos, y de las relaciones del comerciante con otras personas que ejerzan o no el comercio.

4. Consulte y analice que es la Matricula de Comercio.

LA MATRICULA DE COMERCIO, es el registro donde se inscriben las personas individuales o sociedades que ejercen habitualmente el comercio, y toda persona que quiere ejercer el comercio con un capital mayor de mil sucres, tendrá obligatoriamente que inscribirse en la matrícula de comercio del cantón donde se ejerce su actividad.

Es una fuente de información comercial para quienes deseen conocer los datos del establecimiento (actividad, ubicación, valor, etc.) y esta es el documento de establecimientos de comercio que facilita la prueba de su Propiedad, mediante un certificado que expide la Cámara de Comercio. Facilita la celebración de negocios con los sectores público y privado

5. Consulte en el Código de Comercio, cuales son los documentos mercantiles de uso en la Legislación Ecuatoriana.

Letra de cambio: Documento mediante el cual una persona ordena, a otra que pague a favor de un tercero una determinada cantidad de dinero. Sus características son:

1.- Es una orden de pago.

2.- En su emisión intervienen tres personas

3.- Debe llevar la firma del subscriptor.

4.- Cantidad en número.

Pagare: Es un documento mediante el cual la persona que firma es denominada suscriptor, y esta obligado a pagar incondicionalmente una cantidad de dinero en una fecha determinada. Sus características son:

1.- Es una promesa de pago.

2.- Intervienen dos personas en su emisión (suscriptor y beneficiario)

3.- Debe de levar la firma del suscriptor.

Cheque: Documento escrito a través del cual se ordena un instituto de crédito donde se tenga una cierta cantidad de dinero. Sus características son:

1.- Es un orden de pago.

2.- Posee un número que lo identifica.

3.- Cantidad en número.

DOCUMENTOS MERCANTILES NO NEGOCIABLES.

Son todos aquellos documentos que sirven de base para los registros en los libros de contabilidad y a la vez probar desde el punto de vista legal la realización de una operación mercantil. Estos son:

Recibo: Documento en el cual quien firma, reconoce haber recibido la cantidad que en el mismo se expresa por concepto de dinero u otra cosa. Sus características son:

1.- Lugar, día, mes año en el que se emite el recibo.

2.- Nombre completo de la persona a favor de quien se extiende.

3.- Cantidad de dinero en letra o mencionar el objeto que se entrega.

4.- Indicación del concepto por el cual se extiende el recibo.

5.- Cantidad en números.

6.- Firma de quien emite el recibo.

Factura: Es la nota que el vendedor entrega al comprador , en el que se detallan las mercancías compradas. Sus características son:

1.- Nombre y domicilio del comprador y el vendedor.

2.- Lugar , día, mes y año en el que se realiza la operación.

3.- Condiciones de pago.

4.- Mencionar los descuentos si los hay

5.- Instrucciones relacionadas con las cantidades , descripción y precios de las mercancías. 6.- Firma del comprador

6. Investigue los antecedentes de las sociedades mercantiles en el transcurso del tiempo.

FALTA

7. Enumere y realice un análisis de las sociedades de hecho y de derecho en la Legislación Ecuatoriana.

SOCIEDADES COLECTIVAS

La sociedad colectiva también se conoce como sociedad ilimitada, ya que su característica fundamental es que en caso de dificultades comerciales aquellos socios que la conforman deben responder no sólo con su aporte de capital si no que, incluso, con sus bienes personales.

Las sociedades colectivas pueden ser comerciales o civiles.

Si es comercial, su característica fundamental es que los socios son responsables ilimitada y solidariamente de todas las obligaciones sociales legalmente contraídas. A diferencia de la anterior, cuando la sociedad colectiva es civil, los socios responder ilimitadamente pero a prorrata de los aportes. Debido al alto grado de responsabilidad que les cabe a los asociados, son escasas las sociedades de este tipo.

EN COMANDITA

Lo que identifica a la sociedad en comandita es que por un lado existen socios capitalistas, llamados comanditarios, y por el otro están los socios gestores que administran el aporte hecho por los primeros a la caja social. La sociedad en comandita puede ser simple, que es aquélla donde los socios suministran un fondo. También está la comandita por acciones, cuyo capital está dividido en acciones o cupones de acciones, papeles que son suministrados por socios cuyo nombre no figura en la escritura social. Este tipo de sociedad no está muy extendida, ya que generalmente quienes entregan capital desean tener algún tipo de injerencia en su administración.

ANONIMA

Las sociedades anónimas poseen un capital social en un fondo común dividido en acciones. La administración recae en un directorio que está compuesto por miembros elegidos y renovados en las juntas generales ordinarias de accionistas. Es obligación realizar al menos dos juntas de accionistas al año, una ordinaria que se debe realizar entre el 1 de enero y el 30 de abril para dar a conocer el balance del año anterior, y otra extraordinaria que se puede fijar en cualquier fecha. Las sociedades anónimas también pueden ser de dos tipos: abiertas o cerradas.

Las abiertas son aquéllas sociedades anónimas que hacen oferta pública de sus acciones según la Ley de Mercado de Valores, que tienen 500 o más accionistas o al menos el 10 % del capital suscrito a un mínimo de 100 personas.

Las sociedades anónimas que no cumplen ninguno de los requisitos anteriores se definen como cerradas. Las sociedades anónimas abiertas son fiscalizadas por la Superintendencia de Valores y Seguros, se inscriben en el Registro Nacional de Valores y deben observar algunas disposiciones legales especiales. Estas sociedades distribuyen dividendos en efectivo equivalentes al menos al 30 % de sus utilidades netas en cada período, a menos que se acuerde lo contrario en la Junta Ordinaria de Accionistas. Las sociedades anónimas cerradas tienen libertad para definir en sus estatutos la forma que estimen conveniente de distribución de las utilidades.

LIMITADA

Las sociedades de responsabilidad limitada se caracterizan por estar formadas por un número de socios que no puede ser superior a 50, quienes son responsables sólo hasta el monto de sus aportes o la

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