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Clasificación de los juicios civiles.

noraly yajaira meza lealTarea10 de Marzo de 2016

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2.6 Clasificación de los juicios civiles.

1.- ¿Qué significado tiene la palabra juicio en sentido amplio, en el derecho procesal? Se utiliza como sinónimo de proceso y, como de procedimiento o secuencia ordenada de actos a través de los cuales se desenvuelve todo un proceso.
2.- ¿Cómo se emplea la palabra juicio en un sentido más restringido? Para designar sólo una etapa del proceso, y aún sólo un acto: la sentencia.

2.6.1 Finalidad.

3.- ¿Qué se pretende en los procesos de conocimiento? Se pretende que el juzgador, resuelva acerca de una pretensión discutida y defina los derechos cuestionados.
4.- ¿Cómo se le conoce al proceso ejecutivo en países latinoamericanos? Juicio ejecutivo. 

2.6.2 Plenitud o limitación del conocimiento.

5.-Por la plenitud o la limitación del conocimiento, ¿Cómo se clasifican los procesos?
Procesos plenarios y procesos sumarios.
6.- ¿Qué diferencia hay entre los procesos plenarios y los  procesos sumarios?
En los procesos plenarios como el conocimiento de litigios completo se detiene a la composición total y definitiva del mismo en cambio en los procesos sumarios como el conocimiento del litigio es limitado a determinados extremos  composición es parcial y no definitiva.

2.6.3 Orden de proceder.


7.-Por razones del orden de  proceder, ¿Cómo se clasifican los juicios? En Plenarios ordinarios y plenarios rápidos

2.6.4 Generalidad o especificidad de los litigios.

8.- ¿Cómo suelen clasificarse los juicios y como se identifican? En ordinarios, cuando a través de ellos se conoce la generalidad de los litigios, y especial cuando se establecen solo para determinado tipo de litigios.
9.- ¿Porque fue un error el art 431 del CPCDF? Porque no contenía una regla concerniente solo a los llamados juicios sumarios, sino una regla general sobre la procedencia del juicio ordinario.

2.6.5 Cuantía.

10.- ¿Cómo se clasifican los juicios ordinarios a razón de la cuantía?  De mayor, menor y mínima cuantía, de acuerdo con el valor pecuniario de los intereses que se debaten en el proceso.
11.- ¿Qué tipos de juzgadores se crearon para sustituir a los jueces de paz en materia civil?                A) Los juzgados de proceso oral civil, que conocerán del juicio oral.
B) Los jueves de lo civil de cuantía menor, que ya no conocerán de un juicio especial, sino de varios juicios y procedimientos, en razón de la cuantía menor.

2.6.6 Forma.

12.- ¿Cómo se clasifican los juicios? Los juicios se clasifican en escritos y orales.
13.- ¿Cuáles son las características de un juicio escrito? La escritura propicia la documentación del proceso, y como consecuencia, la certeza sobre su desarrollo.
14.- ¿Cuáles son las ventajas que ofrece un juicio oral? Ofrece la concentración de las etapas procesales, la inmediación entre el juez, las partes y los terceros que participan en el proceso, la mayor dirección por parte del juzgador, etc.

2.6.7 Contenido patrimonial.

15.- ¿Cómo se clasifican los juicios por contenido patrimonial? 
Se clasifican en: 

* Singulares- cuando versan sobre uno o más derechos o bienes determinados. 

* Universales- cuando comprenden la totalidad del patrimonio de una persona. 

16.- ¿En qué consisten los juicios sucesivos? En reconocer los derechos de los herederos y legatarios, y determinados y valuados los bienes que integran el patrimonio de una persona fallida, se transmite la propiedad de dichos bienes a los herederos y legatarios reconocidos

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