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Coberturas Vivas


Enviado por   •  5 de Agosto de 2011  •  783 Palabras (4 Páginas)  •  1.298 Visitas

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hay desarrollo sustentable sin producción de suelo

INTRODUCCIÓN:

Antes de la llegada a Venezuela del conquistador español, las comunidades indígenas venían practicando un adecuado manejo del suelo por medio del uso de técnicas agroecológicamente apropiadas que no sólo mantenían una producción de alimentos sustentables, también actuaban como antídoto para la preservación de los recursos naturales. En especial el suelo. Desde esas enseñanzas, Nuestro Libertador mostraba sus preocupaciones por el uso del suelo. Decía el Libertador en el decreto de Chuquisaca (19/12/1825) en el considerando tercero " que la esterilidad del suelo se opone al aumento de la población y priva entre tanto a la generación presente de muchas comodidades."

Por otra parte, nuestra Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela (CRBV) define lineamientos donde se le proporciona el rango constitucional a la agricultura sustentable. Lo interpretado en el Articulo 127 (CRBV) entiende la obligación de proteger los recursos de suelo, agua y biodiversidad. Bases expresas para garantizar la seguridad y soberanía agroalimentaria.

El 1er Encuentro en mención valora el recurso suelo como el sostén de la vida, sostén de la calidad del agua, sostén de la seguridad y soberanía agroalimentaria. Por ello se exige en nuestros sistemas productivos proporcionarle el mejor y adecuado manejo del suelo para poder garantizar a nuestro entender los tres criterios transversales que le dan bases a los procesos productivos agrícolas establecidos en nuestra Constitución. Tenemos: La Agricultura Sustentable; el Desarrollo Rural Integrado( ahora reflejado en endogeneidad ) y la Seguridad y Soberanía Agroalimentaria.

El Articulo 305 (CRBV) nos exige promover y garantizar " el sustento alimentario"; articulo complementario con el de agua como dominio público (art. 304 de la CRBV). El Artículo 305 le exige al estado comprometerse a tomar medidas a financiar políticas, planes, programas y proyectos destinados a los tres criterios transversales anunciados anteriormente. El Articulo 306 se integra a los anteriores fomentando la generación de empleo lógicamente enmarcado en los criterios citados que a su vez se encuentran directamente relacionados al manejo del suelo; el cual, en el Artículo 127 se eleva como política de estado la protección de los suelos y el 128 referido al Ordenamiento Territorial exige la participación de la gente, del pueblo, a los campesinos a consultar la definición de políticas de ordenamiento y por ende de protección de suelos, garantizando el equilibrio territorial social y ecológico en las estrategias agroalimentaria, además la participación de las comunidades debe estar presente en todas las fases del proceso de una actividad (políticas, planes, programas y proyectos)

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