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Competencia Desleal


Enviado por   •  17 de Abril de 2015  •  1.085 Palabras (5 Páginas)  •  158 Visitas

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LA AMENAZA DE LAS NORMAS DE DERECHO BLANDO

CAPÍTULO SEGUNDO

Las normas de derecho blando ubicadas en la zona informal de la administración son una herramienta importante que permiten explicar de otra manera la función de la administración; sin embargo, los efectos de su metamorfosis no han sido atenuados debido al déficit de regulación normativa.

La metamorfosis del derecho blando; el uso de la reserva de instrucción administrativa se presenta como un problema jurídico cuando las normas de derecho blando alteran los límites de su concepción, convirtiendo la zona informal en la zona gris de ilegalidad.

Los límites de acción de la administración pública se establecen dos umbrales:

El umbral jurídico: se refiere a la relación de conformidad de la actividad administrativa con la reserva legal y el otro;

El umbral antijurídico debe ser entendido como una expresión de la actividad administrativa queque contradice el principio de legalidad, susceptible de ser impugnado.

Para ilustrar mejor los sentidos de la utilización de la zona gris de informalidad de la actividad administrativa se puede establecer dos argumentos:

En primer lugar, lo informal como categoría jurídica crítica, complementa a las reglas jurídicas en una relación alternativa, en otras palabras no ésta regulada jurídicamente

En segundo lugar, la actuación administrativa informal como categoría empírica de la normalidad, la actuación informal se presenta como una normalidad empírica tan inevitable como omnipresente, pues no posible captar plenamente en reglas jurídicas la infinita diversidad de posibilidades de acción.

La actividad informal de la administración, representada por el uso de reserva de instrucción administrativa, responde básicamente a dos situaciones:

1. Ajustan el lente al derecho positivo, al marco en el que quiere interactuar

2. Presenta un prisma de lectura de las normas jurídicas, insistiendo que no se trata de una herramienta técnica de creación de derecho, sino un modo de empleo del derecho.

Ahora bien; la norma blanda se caracteriza por contar con una estructura compuesta por un supuesto de hecho concreto y una consecuencia indeterminada o finalidad genérica.

JACQUES CHEVALLIER nota tres dificultades en la producción normativa blanda mediante la reserva de instrucción administrativa: La primera la burocrática, la segunda sociopolítica, la tercera jurídica.

Es necesario estudiar ahora la respuesta que ofrece el Consejo de Estado ante el desbordamiento de los límites de las normas de derecho blando, la percepción que se obtiene con la postura del Consejo de Estado es la misma que se deriva de una deficiencia de las garantías, en donde al máximo tribunal de lo contencioso administrativo solo contempla la posibilidad de demanda en acción de nulidad los actos administrativos, es decir, para que la reserva de instrucción administrativa en sentido lato sea susceptible de control de legalidad debe desprender manifestaciones unilaterales de la voluntad de la administración, en ejercicio de la autoridad propia de las autoridades administrativas, de otras entidades públicas o de los particulares en ejercicio de la función administrativa , con capacidad de producir efectos jurídicos frente a un sujeto de derecho o un grupo determinado o indeterminado de ellos.

Entonces si por el contrario, se limitan a reproducir el contenido de otras normas o las decisiones de otras instancias, o a brindar orientaciones e instrucciones a sus destinatarios, sin que contengan decisiones vinculantes, no serán susceptibles de control judicial.

EL DEFICIT DE REGULACIÓN

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