Concepto de Derecho Internacional Público
Ilz AsasApuntes10 de Abril de 2019
64.658 Palabras (259 Páginas)152 Visitas
Derecho Internacional Público
Profesor: Gabriela Rodríguez Huerta
INDICE
I. Concepto de Derecho Internacional Público 3
A. Desarrollo histórico del DIP 4
B. Los caracteres del Derecho Internacional Público 8
II. Fuentes del Derecho Internacional 10
A. Examen del artículo 38 del Estatuto de la CIJ 10
B. La distinción entre fuentes y normas internacionales 11
i. Costumbre internacional 11
ii. Tratados Internacionales 13
iii. Principios Generales del Derecho 14
iv. Doctrina y Decisiones judiciales. Fuentes secundarias 15
C. Actos unilaterales internacionales 18
D. Resoluciones de organismos internacionales 19
E. Los tipos de normas internacionales 19
i. Ius cogens 19
III. Derecho de los Tratados 21
A. Concepto de Tratado 21
B. Los tratados internacionales: desde su negociación hasta su terminación 22
C. Los tratados internacionales en el derecho positivo mexicano 43
i. La recepción del derecho internacional 43
ii. El artículo 133 constitucional y la jerarquía normativa 44
iii. La Ley sobre Celebración de Tratados 47
IV. Subjetividad Internacional 52
A. Sujetos del derecho internacional 52
i. El Estado como sujeto clásico del derecho internacional 52
a. Los elementos del Estado 52
b. El reconocimiento de Estados 55
c. Reconocimiento de Gobiernos 56
d. La sucesión de Estados 56
e. La inmunidad jurisdiccional del Estado 69
ii. Los organismos internacionales 77
a. Régimen general de las organizaciones internacionales 77
b. Organismos clásicos: La Organización de Naciones Unidas 78
c. Organismos sui generis: La Unión Europea 82
iii. Otros sujetos 82
a. Los pueblos 82
b. Los movimientos de liberación nacional 83
c. Los beligerantes 84
d. El Comité Internacional de la Cruz Roja 84
e. La Santa Sede 86
f. La Soberana Orden de Malta 87
g. El individuo 87
V. Aplicación del Derecho internacional 97
A. La responsabilidad Internacional 97
i. Concepto de Responsabilidad Internacional 97
ii. Trabajos de la CDI sobre la responsabilidad internacional 99
B. La reparación 104
i. Distintos aspectos de la reparación 104
- Concepto de Derecho Internacional Público
El derecho internacional es parte del derecho público: regula las relaciones entre los estados, pero ese hecho no hace que sólo los estados sean sujetos del derecho internacional, sino que solo son los principales.
En la esfera internacional se puede dividir entre actores y sujetos internacionales:
- Un actor internacional es un sujeto que participa en las relaciones internacionales. Cuando se habla de actores internacionales se denota que es una esfera más grande que cuando se habla de sujetos internacionales. No todos los actores son sujetos del derecho internacional. Por ejemplo: empresas trasnacionales, ONGs, Estados, individuos, ONU, OI, grupos beligerantes, etc.
- Los sujetos del derecho internacional son aquellos que regulan las normas internacionales, que tienen obligaciones derivadas del derecho internacional.
Las relaciones en un orden jurídico nacional son de subordinación y hay una coercitividad centralizada. En las relaciones internacionales no hay tal relación subordinación, todas las relaciones son de coordinación: los Estados son por lo menos formalmente iguales.
¿Quién crea las normas? Los mismos sujetos a los cuales se dirigen las normas. Son los propios sujetos los que crean las normas. Las resoluciones de las naciones unidas son o hetero-aplicativas o auto-aplicativas. En el orden internacional no hay monopolio de la fuerza.
Derecho Nacional | Derecho Internacional |
|
|
13 de agosto 2008
El derecho internacional presupone que existe una sociedad. El derecho internacional es un orden de carácter primitivo (coacción no centralizada; no hay distinción entre normas primarias y normas secundarias), pero más que eso, es un derecho que responde a la sociedad que regula (los Estados principalmente).
El derecho tiene una función social: cumple funciones de regular convivencia entre sus miembros estableciendo reglas mínimas; establece intereses comunes. Los miembros de un orden jurídico tratarán de legitimar sus acciones dentro del orden jurídico a través de argumentos jurídicos; y permite cierta participación en el alcance de fines comunes con un marco de actuación.
Dentro del sistema, todas las acciones son legales. Sí existe el derecho internacional, por lo que no se debe confundir con el problema de la eficacia.
Los Estados cumplen las normas internacionales:
- miedo a la sanción
- por convicción y la búsqueda del bien común
- define de legales e ilegales ciertos actos
Sí existe la coacción internacional, el problema es que la coacción no está centralizada. Lo cual cambia por completo la naturaleza de la sanción.
- ¿Por qué el derecho internacional si es derecho? Existe y funciona (su problema no es de existencia sino de eficacia).
El orden internacional está integrado por:
- Derecho constitucional internacional: son las reglas mínimas que permite la convivencia de los estados. Estructura la coexistencia de los Estados; establece ámbitos de validez. Son normas comunes a todos los Estados que les dan personalidad internacional. Es jerárquicamente superior al resto de las normas, y es un contenido mínimo. Podría decirse que está integrado por el orden público internacional. Es dinámico CAD en determinado momento histórico, ya que el derecho está siempre determinado por la realidad.
- Derecho internacional público: es lo que genera la mayor parte de las normas. Pues regula las relaciones de los estados. Los estados se subordinan al orden internacional
- Derecho de las naciones: los órdenes jurídicos nacionales y de los estados. Eventualmente el orden jurídico interno complementa el orden internacional, ya que es necesario para aplicar las normas a nivel interno.
La mayoría de las normas internacionales están dirigidas a los Estados, estando ellos en coordinación. Esto implica sobre todo que la soberanía externa se manifiesta de mejor manera cuando un Estado firma un tratado internacional (TI): es la decisión del Estado de ceder parte de la soberanía, y obligarse a lo ahí establecido.
...