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Concepto de derecho a un mínimo vital.


Enviado por   •  19 de Octubre de 2016  •  Apuntes  •  1.327 Palabras (6 Páginas)  •  306 Visitas

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2. Concepto de derecho a un mínimo vital

No existe una única definición de este derecho. Ni siquiera su propia denominación es pacífica. Luis Jimena Quesada habla del «derecho a recursos mínimos garantizados» para referirse a la atención por el Estado de las necesidades básicas (alimentación, vivienda, salud, educación) que deben estar cubiertas por los servicios públicos de forma que lleguen a los sujetos que no estén en condiciones de proveerse por sí mismos de los recursos precisos (Jimena Quesada, 1997: 277 y Martín Mateo, 1991: 1446). Sin embargo, considero que esta concepción es muy amplia y con ella el derecho a un mínimo vital se solaparía con otros derechos sociales que tienen una historia constitucional más extensa, como son el derecho a la vivienda, a la protección de la salud o a la educación. Cuando hablamos del derecho a un mínimo vital debemos referirnos al derecho de todos los individuos que forman una comunidad a contar con una cantidad mínima para hacer frente a sus necesidades más básicas (como la alimentación y el vestido). Los derechos a la educación y a la protección de la salud son objeto de un reconocimiento expreso en las constituciones y en las 64 Estudios Internacionales 172 (2012) • Universidad de Chile declaraciones internacionales y, además, cuentan, en la mayor parte de los Estados, con una infraestructura de servicios públicos para hacerlos llegar a todos los ciudadanos (y en algunos casos a todas las personas). A su vez, la vivienda, que también es una necesidad básica, viene siendo objeto también de un reconocimiento expreso en varias constituciones y declaraciones internacionales y plantea una problemática específica, que no puedo abordar aquí. El derecho a un mínimo vital se refiere más bien a la libre disposición de unos recursos económicos mínimos para hacer frente a las necesidades más perentorias del ser humano, como hemos visto. Dejando aparte el caso de las personas que cuentan con suficientes medios propios para subsistir, estos recursos pueden provenir bien del pago de un salario a los trabajadores por cuenta ajena o bien de una cantidad periódica abonada por los poderes públicos a aquellos ciudadanos que no realizan un trabajo remunerado (desempleados, ancianos, enfermos, discapacitados, etc). En un principio, se puede pensar que las necesidades a las que trata de hacer frente el derecho a un mínimo vital son, por una parte, la que pueden tener los trabajadores para evitar que los salarios que perciben sean insuficientes para asegurar ese mínimo necesario para la subsistencia digna y, por otra parte, la que pueden tener las personas que por una u otra razón no realizan un trabajo remunerado. Pero es preciso distinguir ambos supuestos. El derecho a un mínimo vital trataría de dar respuesta a la segunda necesidad, la de las personas que no realizan un trabajo remunerado (ni disponen de medios económicos para vivir, por supuesto)3 . La necesidad de los trabajadores está atendida por el derecho a un salario suficiente, que cuenta con un reconocimiento expreso en diversas declaraciones internacionales y estatales y con una importante legislación de desarrollo en los diversos países, que incluye el establecimiento del denominado «salario mínimo interprofesional»4 . Sin embargo, no se puede perder de vista la íntima relación que guardan ambos derechos, el derecho a una remuneración suficiente y el derecho a un mínimo vital. La razón es que en las primeras sociedades industriales y en la mayoría de los actuales países en vías de desarrollo los trabajadores asalariados que no disponen de otros medios de subsistencia constituyen el colectivo social que se encuentra en una situación social inferior. Incluso en nuestras sociedades actuales desarrolladas existe un importante sector de trabajadores por cuenta ajena cuyos salarios son de mera subsistencia. Además, estos colectivos 3 En este sentido, puede verse Pizzolato (2004: 164), para quien el establecimiento de un mínimo vital intenta conseguirse con distintas instituciones y, sobre todo, con la disciplina del trabajo y el suministro de servicios y transferencias monetarias a las personas pero, en sentido

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