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Conflictos Laborales


Enviado por   •  27 de Abril de 2013  •  1.638 Palabras (7 Páginas)  •  470 Visitas

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LOS CONFLICTOS LABORALES Y FORMAS DE SOLUCION

I) INTRODUCCION:

Un conflicto humano es una situación en que dos individuos o dos grupos de individuos con intereses contrapuestos entran en confrontación, oposición o emprenden acciones mutuamente neutralizantes de las del otro individuo o grupo, con el objetivo de dañar, eliminar en la parte rival y lograr la consecución de los objetivos que motivaron dicha confrontación. Incluso cuando la disputa sea de palabra (en tal caso se substituye la eliminación física por la búsqueda de humillación y vergüenza del rival)

La palabra conflicto deriva de la voz latina conflictos, que significa, combate, lucha, pelea.

II) LOS CONFLICTOS DE TRABAJO:

La existencia de un conflicto de trabajo, cualquiera que sea su naturaleza, presupone la existencia de un vinculo: una relación determinada que constituye el supuesto de hecho sobre el cual actue. Conforme a ello, el conflicto jurídico existe en base a una relación jurídica laboral.

En si en un conflicto de trabajo, hay un conflicto de intereses, Monroy Galvez, considera que el conflicto de intereses no es otra cosa que la confluencia de intereses contrapuestos sobre un mismo bien jurídico, y el intento del titular de uno de los intereses de primar sobre el interés del otro que, a su vez, resiste el interés ajeno.

III) CLASIFICACION DE LOS CONFLICTOS DE TRABAJO:

Los conflictos de trabajo pueden clasificarse de distintas maneras pero hay dos clasificaciones principales que predominan claramente sobre los demás.

Estas dos clasificaciones son las siguientes:

a) Por los sujetos: conflictos individuales y conflictos colectivos

b) Por su contenido: conflictos de derecho y conflictos de intereses

a.1) CONFLICTO INDIVIDUAL:

Es el surgido entre un trabajador y un empresario, teniendo como materia u objeto el debate sobre el reconocimiento de un derecho subjetivo de carácter singular.

a.2) CONFLICTO COLECTIVO:

El conflicto colectivo viene constituido por un interés, entendiendo por tal a aquel, que lejos de ser exclusivo de un individuo o suma de individuos singularmente considerados, se atribuye a un grupo o colectividad laboral.

La doctrina de manera uniforme ha delimitado conceptualmente sobre el particular que la configuración del conflicto colectivo exige que los intereses en juego correspondan al grupo a diferencia del conflicto individual en el cual pudiendo existir incluso una pluralidad de sujetos (litis consorcio activo)este responde a intereses en pugna de sujetos aislados

Sobre estos conceptos Pla Rodriguez plantea las siguientes aclaraciones:

1) Las relaciones entre ambas clases de conflictos son muy estrechas dadas que los titulares de los conflictos colectivos son, en definitiva, los individuos singulares pertenecientes a tal categoría, aunque considerados “universi”. Por eso, en un proceso individual en el cual directamente están en juego los intereses individuales puede estar presente exigir tutela al interés de categoría, y en un proceso colectivo, destinado a obrar sobre los intereses de categoría, están directamente envueltos sobre los intereses individuales.

2) Por esa misma estrecha vinculación es muy frecuente que los diferendos individuales degeneren en conflictos colectivos. Sea que vean en el problema una cuestión de principios, sea que les interese el precedente, sea que lo tomen como un problema de dignidad sindical, a menudo las entidades gremiales se solidarizan con el litigante, convirtiendo el conflicto individual en colectivo.

La segunda clasificación es mas moderna y de mayor profundidad:

b.1) CONFLICTO DE DERECHO:

Versa sobre la interpretación y aplicación de un derecho nacido y actual, poco importa que este tenga su fuente de origen en una prescripción formal de una ley o en una disposición de un contrato individual o de u convenio colectivo. También los conflictos de derecho son denominados conflictos jurídicos, se sostiene que existe un conflicto jurídico nos dice Cortes Carcelén: cuando las partes reconocen que existe una regla o una norma (sea convencional o impuesta estatalmente) y la discusión radica en torno a si misma debe o no ser aplicada al caso concreto. Un ejemplo de un conflicto de derecho o jurídico, seria cuando, Luisa Sánchez solicita el pago de sus gratificaciones truncas a la empresa “Linda Andahuaylina”

b.2) CONFLICTO DE INTERES O ECONOMICO:

Se refiere a una simple reivindicación tendiente a modificar un derecho existente o a crear un nuevo derecho.

Un conflicto es económico cuando lo que se busca no es la aplicación de una regla o de una norma sino su creación.

Están orientados a la obtención de nuevos derechos de carácter remunerativo o lograr la creación o modificación de condiciones de trabajo.

El español Montoya Melgar, indica que es conflicto económico el surgido a partir de la solicitud de los trabajadores para obtener mejoras remunerativas o en las condiciones de trabajo cuando estas encuentran impuestas de antemano por una norma que viene siendo incumplida por el empleador.

Alonso Olea refiriéndose al conflicto económico, de intereses o regulación, es el que preexistiendo a la norma o práctica empresarial quiere dar su contenido a esta. Mientras que el conflicto jurídico consiente y hasta pide una solución en Derecho estricto o positivo-lo regulado por el Derecho debe ser solventado conforme al Derecho- esto es, a través de la interpretación y aplicación de la norma, el de intereses rechaza

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