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Conocimientos de los obstetras sobre las ley de trabajo


Enviado por   •  19 de Octubre de 2015  •  Tesis  •  6.722 Palabras (27 Páginas)  •  229 Visitas

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1. ASPECTO CONCEPTUAL

1.1 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA:

Esta obra se inicia desde 1821, con la Independencia del Perú y las consecuencias que esto acarreo en el ámbito de la salud, posteriormente el inicio de la primera Escuela de Obstetricia, con la influencia académica de Francia y sus antecedentes históricos de esta honrosa carrera profesional médica hasta nuestros días.

Otro punto a resaltar, es el aspecto legal, el cual se ha hecho un análisis de la Ley de Trabajo del Obstetra - Ley N° 27853 - su Régimen Laboral y su relación con el Derecho Constitucional y el Derecho de Trabajo.

La profesión de Obstetricia, es de gran responsabilidad, de mucha entrega y dedicación ya que es el profesional que está pendiente y a lado de la madre todas las horas que demora el trabajo de parto, además de la atención que hace a la Mujer - Mujer gestante y por ende a la familia y a la sociedad. La Ley del Obstetra, debe ser respetada y valorada a cabalidad, ya que como profesionales realizan una gran labor, de esfuerzo, responsabilidad y entrega.

Por esta problemática surge la necesidad de hacer un estudio sobre los conocimientos de los obstetras sobre La Ley de Trabajo del Obstetra, porque son ellos los que están en el campo laboral, y para ello necesitan estar informados constantemente para a su vez hacer respetar los derechos laborales que aparan nuestra profesión como carrera medica; por lo que se planteó la siguiente pregunta de investigación:

1.2 FORMULACION DEL PROBLEMA

¿Cuál es el nivel de conocimientos de los obstetras en relación a la Ley de Trabajo de los Obstetras en el Centro de Salud Monterrey - 2015?

2. OBJETIVO GENERAL

Determinar el nivel de conocimientos de los obstetras en relación a la Ley de Trabajo de los Obstetras en el Centro de Salud – Monterrey

2.1 OBJETIVOS ESPECÍFICOS

• Conocer el nivel de conocimientos de los obstetras en relación al rol como profesional en obstetricia.

• Establecer el nivel de conocimientos de los obstetras en relación a la modalidad del trabajo obstétrico.

• Reconocer el nivel de conocimientos de los obstetras en relación de sus funciones como profesional en obstetricia.

3. JUSTIFICACIÓN DE LA INVESTIGACION

El conocimiento y cumplimiento de las normas que se han establecido en el código de ética y deontología del colegio de obstetras del Perú, es en consecuencia, requisito indispensable para la práctica de la profesión en el país.

El conocimiento, instrumento que nos permite orientar nuestro comportamiento en la realidad como resultado de la experiencia personal, es importante ya que la adquisición de éstos influirá en nuevos modos de comportamientos éticos que permitirán alcanzar más eficientemente objetivos y satisfacer necesidades.

La presente investigación aportará significativamente, a través de la información científicamente validado, establecer el nivel de conocimientos de los obstetras sobre La Ley de trabajo de los Obstetras, sin depender del servicio donde trabajen, y siendo el Centro de Salud Monterrey establecimiento de salud de referencia; es de vital importancia que los profesionales de obstetricia conozcan, y lleven el practica nuestra importantísima Ley de Trabajo del Obstetra.

Al ser una investigación no experimental no atenta contra sus valores, costumbres y creencias de los obstetras de los Centros de Salud.

4. MARCO TEORICO

4.1. ANTECEDENTES DEL PROBLEMA

Carlos Mario P. y Col, (2011): “La Constitucionalidad de la Ley del Obstetra Peruano – Arequipa”. Tesis de la Universidad Católica de Santa María. La conjunción de temas que abarco en este trabajo, no sólo son de interés de los especialistas, estamos hablando del profesional en la ciencia del Derecho, de la Obstetra, alumnos; sino también de cualquier persona culta; aunque en el Derecho de Trabajo o Derecho Laboral sea la minoría de personas que están sujetas a trabajos con sus debidos derechos consagrados Constitucionalmente; también se debe buscar la formalización y el conocimiento de personas o grupo de personas discriminadas como es el caso de las Obstetras, razón de ser este volumen. Conclusiones: PRIMERO Las Obstetrices u Obstetras, no deben de olvidar sus antecedentes históricos del inicio de esta honrosa carrera médica, y que se repotencie, los principios cimentados por Madame Benita; ya que olvidarse de su historia y pasado trae como consecuencia olvidarse la misión y los objetivos por los cuales son la razón de ser de esta carrera médica y que sin temor a equivocarme hoy en día es el mayor problema de su propia discriminación. SEGUNDO El sindicato de Obstetrices u Obstetras, poseen Derechos Colectivos del trabajador como la sindicación. Los sindicatos deben ir desde ya fortificándose, y no separándose a nivel de EsSalud- SINACOPS, ni a nivel de MINSA, y que deberían tener el objetivo de ser un núcleo duro porque pertenecen al mismo colegio, a la misma rama y a la misma pasión; que es la salud. TERCERO Al haber una disgregación de sindicatos de una misma carrera médica, los obstetras, fomenta su propia discriminación y debilidad, es por eso las diferencias sustanciales en todos los tópicos que hemos tratado en este volumen. (1)

4.2. BASES TEORICAS

4.2.1. CONOCIMIENTO DE LOS OBSTETRAS

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES DEL

ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA

NORMA

Artículo 1º. El presente Reglamento regula el ejercicio profesional de la Obstetriz, en concordancia con lo señalado en el Artículo 1 y la Octava

Disposición Complementaria de la Ley Nº 27853 - Ley de Trabajo de la Obstetriz, en adelante la Ley.

Artículo 2º. El presente reglamento regula el ejercicio profesional de la Obstetriz colegiada y habilitada en el sector público, en el sector privado, cualquiera sea la modalidad de la relación laboral, en lo que no sea contrario o incompatible con el régimen laboral de la actividad privada y asimismo en el ejercicio libre de la profesión en cuanto le resulten aplicable a éste.

Artículo 3º. La Ley y el presente Reglamento comprenden a la Profesional Obstetriz titulada en la Universidad Peruana o con título revalidado y con matrícula actualizada en el Colegio de Obstetrices del Perú, de conformidad con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley.

TÍTULO II

DEL ROL DE LA PROFESIONAL

OBSTETRIZ

Artículo 4º. La profesión de la Obstetriz está regulada

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