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Constitucional Colombiano cuestionario


Enviado por   •  24 de Agosto de 2015  •  Apuntes  •  1.005 Palabras (5 Páginas)  •  181 Visitas

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Daniela Capador Sastre
Universidad la gran Colombia
Constitucional Colombiano

 

  1. ¿Bajo qué ley se basa el Artículo 46 de la constitución Colombia y cuál es su temática?
  2. ¿Bajo qué ley se beneficia las madres cabeza de familia colombiana?
  3. ¿Cuál es el fin esencial del estado?
  4. ¿En algún art se contempla la norma de protección a las riquezas nacionales?
  5. ¿Cuál es l finalidad de apropiar una lengua y en que ART se contempla?
  6. ¿En qué capítulo de la constitución se decretan los derechos colectivos y del ambiente?
  7. Del Art 133 ¿Cuál es su modificación y nuevo texto?
  8. ¿En qué art de la constitución establecen restricciones al congreso y a su cámara de representantes?
  9. ¿El congreso de la Republica que materias regula?
  10. ¿En qué Art se hace constatar el cuidado de los bienes públicos?
  11. ¿Cuál es la importancia del artículo 67?
  12. ¿Es constitucional renovar cada año las directivas de la mesa del congreso?
  13. ¿Se establece en algún art la importancia de la constitución?
  14. ¿Qué establece el preámbulo de la constitución colombiana?
  15. ¿En la constitución colombiana establece algún fundamento para el trabajo?

  1. Desarrollado por la Ley 294 de 1996 ARTICULO  46. El Estado, la sociedad y la familia concurrirán para la protección y la asistencia de las personas de la tercera edad y promoverán su integración a la vida activa y comunitaria.
  2. El Estado apoyará de manera especial a la mujer cabeza de familia. Ley 581 de 2000
  3. servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.
  4. ARTICULO  4. La Constitución es norma de normas. En todo caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales.
  5. ARTICULO  10. El castellano es el idioma oficial de Colombia. Las lenguas y dialectos de los grupos étnicos son también oficiales en sus territorios. La enseñanza que se imparta en las comunidades con tradiciones lingüísticas propias será bilingüe.
  6. Capítulo 3 de los DERECHOS COLECTIVOS Y DEL AMBIENTE
  7. ARTICULO  133. Modificado por el art. 5, Acto Legislativo 01 de 2009. El nuevo texto es el siguiente: Los miembros de cuerpos colegiados de elección directa representan al pueblo, y deberán actuar consultando la justicia y el bien común. El voto de sus miembros será nominal y público, excepto en los casos que determine la ley.
  8. ARTICULO   136. Se prohíbe al Congreso y a cada una de sus Cámaras:
  • Inmiscuirse, por medio de resoluciones o de leyes, en asuntos de competencia privativa de otras autoridades.
  •  Exigir al Gobierno información sobre instrucciones en materia diplomática o sobre negociaciones de carácter reservado.
  • Dar votos de aplauso a los actos oficiales.
  • Decretar a favor de personas o entidades donaciones, gratificaciones, auxilios, indemnizaciones, pensiones u otras erogaciones que no estén destinadas a satisfacer créditos o derechos reconocidos con arreglo a la ley preexistente.
  • Decretar actos de proscripción o persecución contra personas naturales o jurídicas.
  • Autorizar viajes al exterior con dineros del erario, salvo en cumplimiento de misiones específicas, aprobadas al menos por las tres cuartas partes de los miembros de la respectiva Cámara.
  1. ARTICULO  152. Mediante las leyes estatutarias, el Congreso de la República regulará las siguientes materias:
  • Derechos y deberes fundamentales de las personas y los procedimientos y recursos para su protección;
  • Administración de justicia;
  • Organización y régimen de los partidos y movimientos políticos; estatuto de la oposición y funciones electorales;
  • Instituciones y mecanismos de participación ciudadana;
  • Estados de excepción.
  1. ARTICULO 63 Reglamentado por la Ley 1675 de 2013. Los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras comunales de grupos étnicos, las tierras de resguardo, el patrimonio arqueológico de la Nación y los demás bienes que determine la ley, son inalienables, imprescriptibles e inembargables.
  2. La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura.
    La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente.
    El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los cinco y los quince años de edad y que comprenderá como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica.
  3. ARTICULO  147. Las mesas directivas de las cámaras y de sus comisiones permanentes serán renovadas cada año, para la legislatura que se inicia el 20 de julio, y ninguno de sus miembros podrá ser reelegido dentro del mismo cuatrienio constitucional.
  4. ARTICULO  4. La Constitución es norma de normas. En todo caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales.
  5. en ejercicio de su poder soberano, representado por sus delegatarios a la Asamblea Nacional Constituyente, invocando la protección de Dios, y con el fin de fortalecer la unidad de la Nación y asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo, y comprometido a impulsar la integración de la comunidad latinoamericana, decreta, sanciona.
  6. ARTICULO   25. El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.

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