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Enviado por   •  17 de Enero de 2014  •  3.004 Palabras (13 Páginas)  •  226 Visitas

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Por qué cree que ningún ciudadano es considerado como ilegal por encontrar en condición migratoria

Un ciudadano que decida migrar no debe ser considerado como ilegal en cualquier parte del mundo solo por el simple hecho de no tener legalizada sus documentos en un determinado país como persona extranjera.- Según la declaración universal de derechos humanos indica en su Art. 13.- Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado. El derecho a migrar es la libertad que tienen todas las personas para trasladarse a otro lugar, determina que no se puede criminalizar la migración, desde todas sus aristas, ni para aquellos que salen del país, ni para aquellos que ingresan al Ecuador. La Constitución de la República del Ecuador reconoce este derecho en el (Art. 40), en este artículo incluye la no criminalización de las personas que se encuentran en condición de migrantes también incluye y vincula con la libertad de ingreso y salida del territorio nacional y su libre circulación, El estado ecuatoriano tiene la responsabilidad de crear condiciones dignas de vida para sus ciudadanos garantizando los derechos del buen vivir, para el ciudadano al decidir salir de país sea un acto voluntario y no un acto forzado por una situación de necesidad y sobrevivencia.

la palabra adecuada a emplear en el trato a una persona extranjera que no tiene documentos migratorios en regla no será “ilegal” sino “IRREGULAR”, en virtud de las disposiciones constitucionales en estudio, e incluso por este mismo motivo, al no ser considerado ILEGAL, quiere decir que por el hecho de no tener documentos en regla como persona extranjera no existe causal para detener, recordando que para detener a alguien solo existen legalmente dos causales: delito flagrante o con orden escrita de autoridad competente (boleta).

Es por esta razón que éste principio ha sido tema de muchas discusiones, ya que en virtud de él se ha generado en los últimos años un ingreso descontrolado de ciudadanos de otros países hacia el nuestro, lo cual en cierto modo, a decir de 12 Teléfono: 023959-030 Ext: 1172 E-mail: dne.dtpoedudista@policiaecuador.gob.ec Dirección: Alpallana OE7-133 y Pasaje Carrión

expertos, habría aumentado los niveles de inseguridad en el país.

permanencia irregular en el territorio ecuatoriano no determina que la persona incurra en ilegalidad alguna.

Este derecho reconocido en la Constitución (Art. 40), incluye la no criminalización de las personas migrantes y se vincula con el respeto a la libertad de ingreso y salida del territorio nacional y libre circulación (Art. 66 n.14). Sin embargo, va más allá del respetar de las libertades mencionadas, pues la realidad migratoria indica sus causas y consecuencias son múltiples en lo económico, político, cultural; el contenido del derecho a migrar es complejo y dinámico.

En este sentido y en lo que se refiere al hecho emigratorio, si bien el migrar se ha considerado como un derecho, el Estado ecuatoriano tiene la responsabilidad de crear condiciones dignas de vida garantizando los derechos del buen vivir para que efectivamente el decidir salir de país sea un acto voluntario y no un acto forzado por una situación de necesidad y sobrevivencia. Normativa internacional en que se sustenta

Porque en la Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.

El ser humano empezó su vida sobre la tierra en forma trashumante, moviéndose de un lado para otro, en búsqueda de alimento, de refugio, etc. para buscar sitios seguros para poder vivir. En ese tiempo las únicas trabas fueran los fenómenos naturales, para que el ser humano transitara por la superficie de la Tierra, en cambio ahora, debe arrastrar infinitos peligros para desplazarse de un lugar a otro, y no puede hacerlo si no tiene los respectivos permisos de tránsito, es decir las famosas visas.

Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.

Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso el propio, y a regresar a su país.

la permanencia irregular en el territorio ecuatoriano no determina que la persona incurra en ilegalidad alguna.

No debe llamarse ilegal ni irregular al extranjero que no tiene legalizada la estancia en un país. Aunque sea más largo, en estos casos conviene decir que son extranjeros en situación ilegal, extranjeros indocumentados o extranjeros que no han legalizado/regularizado su estancia en el país, según el caso

Se considera inmigración irregular o inmigración ilegal a la migración de personas a través de las fronteras sin atender los requerimientos legales del país de destino. La persona que se encuentra en esta situación se denomina inmigrante irregular, ilegal, indocumentado o sin papeles.

El ser humano empezó su vida sobre la tierra en forma trashumante, moviéndose de un lado para otro, en búsqueda de alimento, de refugio, frente a las inclemencias del tiempo, o también por causa de fenómenos naturales que le impelían a buscar sitios seguros.

Art. 40.- Se reconoce a las personas el derecho a migrar. No se identificará

ni se considerará a ningún ser humano como ilegal por su condición

migratoria.

El Estado, a través de las entidades correspondientes, desarrollará entre

otras las siguientes acciones para el ejercicio de los derechos de las

personas ecuatorianas en el exterior, cualquiera sea su condición

migratoria:

1. Ofrecerá asistencia a ellas y a sus familias, ya sea que éstas residan

en el exterior o en el país.

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2. Ofrecerá atención, servicios de asesoría y protección integral para que

puedan ejercer libremente sus derechos.

3. Precautelará sus derechos cuando, por cualquier razón, hayan sido

privadas de su libertad en el exterior.

4. Promoverá sus vínculos con el Ecuador, facilitará la reunificación

familiar y estimulará el retorno

...

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