Contrato De Alquiler
marefn22 de Octubre de 2013
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CONTRATO DE ALQUILER BAJO FIRMA PRIVADA
ENTRE: DE UNA PARTE; LA SEÑORA SAGRARIO ERCILIA CARMONA FERNANDEZ, dominicana, mayor de edad, soltera, Quehaceres domésticos, Portadora del pasaporte No.235124999, domiciliada y residente en Estados Unidos y accidentalmente en esta Cuidad de La Vega, quien en lo sucesivo del presente contrato será denominada LA PROPIETARIA O PRIMERA PARTE O POR SU PROPIO NOMBRE; Y DE LA OTRA PARTE El señor FRANCIS ALBERTO MONCION MARTE, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cedula de identidad y electoral No.402-2036175-8, domiciliado y residente en esta cuidad de La Vega, quien en lo que sigue del presente contrato se denominará EL INQUILINO O SEGUNDA PARTE O POR SU PROPIO NOMBRE.---------------------
HAN CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE:
PRIMERO: LA PRIMERA PARTE, POR MEDIO DEL PRESENTE ACTO ALQUILA A EL INQUILINO, UN APARTAMENTO, CON LAS SIGUIENTES DISTRIBUCION, UNA HABITACION, UN BAÑO, SALA, Y COCINA, UBICADO DETRÁS DE LA ULBANIZACION DESPRADEL, LA VEGA, EN BUEN ESTADO, QUE HA SIDO VISTA, EXAMINADA Y ENCONTRADA EN SU ENTERA SATISFACCIÓN POR LO QUE EL INQUILINO LA RECIBE Y SE COMPROMETE A USARLA SOLO PARA FINES DE VIVIENDA. NO PUDIENDO DEDICARLE OTRO USO, NI CEDERLA, NI SUB- ALQUILARLA, NI EN TODO, NI EN PARTE.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDO: EL INQUILINO, se comprometen a no hacer ningún cambio o distribución nueva en el local, sin la previa autorización por escrito de LA PROPIETARIA, y en caso de obtenida ésta, las mejoras hechas al local, incluyendo instalaciones que se hagan, con todo su material, quedarán a beneficio de LA PROPIETARIA, sin compensación de ninguna especie. -------------------------------------------------------
TERCERO: Que EL INQUILINO, se obliga a pagar por concepto de alquiler mensual o fracción de Mes, la suma de DOS MIL QUINIENTOS (RD$ 2,500.00), PESOS ORO MONEDA NACIONAL DE CURSO LEGAL, que deberá pagar cada mes sin retardo alguno en manos de LA PROPIETARIA--------
CUARTO: EL INQUILINO entrega en calidad de Garantías la Suma de CINCO MIL (RD$5,000.00), PESOS ORO MONEDA NACIONAL DE CURSO LEGAL, equivalente a dos (2) meses de depósitos que LA PROPIETARIA declara haber recibido, a su mas entera satisfacción, suma esta que responderá y podrá aplicar al pago de los gastos que ocasionare el desalojo de EL INQUILINO, si a ello diere lugar y a las reparaciones previstas en la cláusula segunda, siempre que no haya sido hechas y pagadas por EL INQUILINO. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------
QUINTO: Queda entendido entre las partes que los servicios de agua, energía eléctrica, recogida de basura corren por cuenta de EL INQUILINO. Por lo tanto, a la hora de vencido este contrato deberá poner al día los pagos de los mismos. ----------------------------------------------------------------------------------------------
SEXTO: Que el Presente Contrato tendrá una duración de UN (1) AÑO a partir del día Dieciocho (18) del mes Enero del Dos Mil Doce (2012) y vence el Dieciocho (18) de Enero del 2013, pudiendo ser renovable, previa solicitud por escrito de EL INQUILINO, por lo menos Un (1) Mes de anticipación al vencimiento del Presente Contrato, en la cual deberá expresar su nueva oferta.-----------------------------------
Hechos en tantos originales como partes contratantes y de buena fe, en la Ciudad, Municipio y Provincia de La Vega, República Dominicana, a los Dieciocho (18) días del Mes de Enero del año Dos Mil Doce (2012).
_____________________________________ ____________________________________ SAGRARIO E. CARMONA FERNANDEZ FRANCIS ALBERTO MONCION MARTE
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