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Contrato De Personal


Enviado por   •  14 de Septiembre de 2014  •  2.290 Palabras (10 Páginas)  •  159 Visitas

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EN LA CIUDAD DE SALTILLO, COAH.,A 8 ENERO 2013 , COMPARECIERON ANTE LOS TESTIGOS QUE AL FINAL SUSCRIBIMOS POR UNA PARTE EN SU CARACTER DE PATRON EL C. LUIS MIGUEL BOJÓRQUEZ RAMÍREZ A QUIEN EN EL CUERPO DE ESTE CONTRATO SE LE DESIGNARA COMO EL PATRÓN, Y POR LA OTRA PARTE COMPARECE EL (LA) C. ENRIQUE ALEJANDRO TORRES SALAZAR QUIEN DENTRO DEL PRESENTE CONTRATO SE LE DESIGNARÁ COMO EL TRABAJADOR, QUIENES HAN CONCERTADO LA CELEBRACION DE UN CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO INDETERMINADO Y PARA DARLE AL MISMO LA FORMA REQUERIDA POR LA LEY LO CONSIGNAN EN EL PRESENTE INSTRUMENTO Y LAS PARTES HACEN LAS SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S

PRIMERA.- Declara el patrón responsable de la fuente de trabajo que se ostenta al público como “Don Tiburcio” tener su domicilio en Blvd. Cuauhtémoc 464 Col. Los Pinos C.P. 25198 de esta ciudad de Saltillo, Coahuila y que se dedica de manera enunciativa no limitativa a brindar servicio de alimentos y bebidas.

SEGUNDA: Declara el trabajador, siendo mayor de edad, curp TOSE900603HCLRLN03 y con domicilio en calle Blvd. Manuel W.Gonzalez #3390 col. Girasol. .De esta ciudad Saltillo, Coahuila, y de nacionalidad mexicana.

Hechas las declaraciones anteriores las partes otorgan las siguientes:

C L Á U S U L A S

I.- El trabajador prestará sus servicios a la empresa como cocinero cumpliendo las órdenes que se le den, y desempeñando su trabajo con todo cuidado, esmero e intensidad.

II.- En atención a que el patrón se dedica a brindar servicio de alimentos y bebidas entre otros, descripción que se realiza de manera enunciativa no limitativa ambas partes expresamente acuerdan, de que el trabajador prestará sus servicios en cualquier lugar, oficina, etc., que el patrón le asigne, pudiendo desde luego ser cambiado o removido de dicho lugar de acuerdo a las necesidades del servicio que el patrón este prestando.

El trabajador en el acto de firmar el presente contrato, da su consentimiento expreso y manifiesto estar de acuerdo para que el patrón en cualquier tiempo, modifique el lugar donde prestará sus servicios, quedando enterado del alcance y contenido de este pacto que es condición de su contratación.

Independientemente del lugar en que el trabajador preste sus servicios, estos siempre serán por cuenta y orden de la empresa, quien será el único responsable de la relación laboral.

III.- La jornada semanal de trabajo será la establecida por la ley, según el turno que corresponda, repartidas de la siguiente manera: de lunes a sábado de las 11:00 a las 18:00 horas.

Se pacta expresamente de que el horario anterior podrá ser cambiado o modificado de acuerdo a las necesidades del Patrón, pudiendo incluso, cambiar de turno, siempre y cuando se de aviso al trabajador con una anticipación de 24 horas y no se rebase las jornadas semanales que establece la Ley Federal del Trabajo.

De igual forma las partes establecen y convienen de que la jornada de trabajo podrá repartirse de tal manera durante la semana de a fin de que el trabajador repose los sábados por la tarde o cualquier otra modalidad equivalente, esto de acuerdo con el Artículo 59 de la Ley Federal del Trabajo.

IV.- El patrón se obliga a pagar como salario Diario la cantidad de $107.14. (Ciento siete pesos 14/100 M.N.), mismo que ya comprende la parte proporcional al séptimo día. El pago se hará al trabajador los días sábado de cada semana en las oficinas de la empresa, debiendo firmar el trabajador la nómina o recibo de pago correspondiente.

V.- El trabajador descansará un día a la semana a la semana siendo su día de descanso el domingo; asimismo tiene derecho al pago proporcional de vacaciones, prima vacacional, así como el aguinaldo proporcional correspondiente al tiempo trabajado. Cuando el trabajador disfrute de su día de descanso en un día que no sea el domingo, la empresa le pagará la Prima Dominical correspondiente conforme a la Ley.

De igual forma se conviene que el patrón podrá cambiar el día de descanso del trabajador de acuerdo a las necesidades de la empresa.

VI.- Queda estrictamente prohibido al trabajador laborar tiempo extraordinario, a menos que previamente reciba orden por escrito del patrón o de sus representantes, misma que deberá conservar hasta que se le haga efectivo ése pago.

VII.- El trabajador está obligado a someterse a reconocimientos médicos, bien al tiempo de su ingreso o bien durante su trabajo, al ser requerido por el patrón

VIII.- El trabajador está de acuerdo y así lo conviene expresamente, en que del excedente del salario mínimo se le descuente el 30% para cubrir al patrón los anticipos de salarios, pagos hechos con exceso, errores, pérdidas, averías, y demás casos autorizados por la ley, cuando los haya, hasta completar el total de estos.

IX.- El trabajador se obliga a intervenir en actas e investigaciones que se levanten a el o a sus compañeros, para conocimiento de hechos, asimismo se obliga a tomar y participar en todos los cursos de capacitación que el patrón le señale.

X.- Los servicios los prestará el trabajador en esta ciudad, o en cualquier otra ciudad que el patrón le indique, en el entendido de que si hay necesidad de trasladarse a otra ciudad, la alimentación y pasaje del trabajador será por cuenta de la empresa, cuando así se requiera.

XI.- En todo lo no previsto en el presente contrato las partes se sujetan a lo que al respecto establece la ley federal del trabajo.

Leído que fue el presente contrato los comparecientes manifestaron su conformidad con el mismo, por lo que lo ratificaron y firmaron para debida conformidad.

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EL PATRÓN EL TRABAJADOR

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TESTIGO TESTIGO

F I N I Q U I T O

NOMBRE DEL TRABAJADOR: ENRIQUE ALEJANDRO TORRES SALAZAR

FECHA DE INGRESO: 8 ENERO 2013

FECHA DE BAJA:

DÍAS LABORADOS 2013

SALARIO DIARIO:

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