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Criterios De Las Normas De Origen


Enviado por   •  7 de Julio de 2012  •  927 Palabras (4 Páginas)  •  909 Visitas

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Criterios de calificación de origen

Los criterios son condiciones generales que permiten evaluar la realidad productiva de un país, específicamente la nacionalidad del producto. Estos procuran asegurar un control sobre la triangulación del comercio por el hecho de determinar el criterio de origen que corresponde a cada producto. Cada criterio presenta sus ventajas y desventajas, algunos son menos neutrales que otros ya sea en la aplicación o como instrumento proteccionista, sin embargo estas aplicaciones son fundamentales en las normas de origen.

Son dos criterios los que confieren el origen a la mercancía los productos íntegramente producidos y los productos de transformación sustancial el cual se divide en distintos métodos de aplicación.

 Productos íntegramente producidos:

Estos productos son aquellos que no utilizan insumos o componentes extranjeros, sino que como su nombre lo indica son totalmente producidos u originados en el país exportador miembro del acuerdo.

Las normas de origen en este caso son bastantes sencillas y no presentan problemas graves o complejos y por lo general se refieren a productos primarios con poca elaboración.

 Productos de transformación sustancial:

Son todos aquellos productos que utilizan componentes originarios (materias primas, semiproductos, etc.) de países que no pertenecen al acuerdo pero que para considerarse “originarios” deben haberse sometido a un último proceso de transformación sustancial en el país miembro; es decir en donde en la producción han intervenido dos o más países ya que el producto recibe transformaciones en distintos países hasta llegar a su esta definitivo.

Todo esto debido a que los países miembros están dispuestos a dar preferencias a otros países miembros pero no a terceros países. Este criterio se divide en los siguientes métodos de aplicación:

• Cambio o salto en la partida arancelaria:

Ocurre cuando un producto terminado o transformado en un país con insumos originarios de uno o más países diferentes, se puede decir que es originario de ese país si la mercancía ha sufrido una transformación sustancial para cambiarlo de una clasificación arancelaria a otra. En otras palabras la mercancía será originaria de un país cuando el producto final se ubica en una posición arancelaria diferente a la de sus insumos intermedios importados.

Entre los principales problemas de este criterio están la ausencia de los elementos suficientes y la incapacidad técnica para la determinación de aquellos cambios específicos de clasificación arancelaria que permitan garantizar el cumplimiento de dicha transformación sustancial equivalente en la producción de todas y cada una de las mercancías del contorno arancelario. Todo esto se debe básicamente a que el Sistema Armonizado no fue diseñado con el propósito de servir de instrumento único para la clasificación de las mismas según otros criterios de ordenamiento.

• Valor de contenido regional o valor agregado:

Es el valor generalmente porcentual que se le agrega a una mercancía en función de la transformación que ésta tenga, confiriéndole una individualidad caracterizada.

Este criterio consta de dos variables la primera es la utilización de porcentajes máximos de contenido importado

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