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Criticas Sobre La Ley Del Trabajo Vigente


Enviado por   •  7 de Noviembre de 2012  •  2.095 Palabras (9 Páginas)  •  396 Visitas

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Estos días el país está conmocionado por la próxima entrada en vigor –no sabemos cuándo-, de la nueva Ley Orgánica del Trabajo, que según los expertos de innovadora no tiene mucho, pues es una mala copia al calco de la Ley del 97’ con una serie de elementos que en lugar de favorecer al trabajador favorecen al patrono, pues se eliminan aspectos fundamentales del antiguo instrumento, lo que colide directamente con la tan pregonada doctrina socialista del mandatario nacional.

De momento la LOT o “esperpento laboral chavista”, como la llamó Burelli Rivas, se encuentra en proceso de estudio en el TSJ, donde debe estar durante 10 días hábiles para darle su carácter orgánico; de momento hay muchas corrientes contrarias a la Ley, que los expertos consideran no debería ser aprobada por la gran cantidad de fallas y errores que contiene, sino más bien ser objeto de una profunda y completa revisión, además de una pública discusión con los expertos juristas y sectores involucrados en el hecho laboral.

En tal sentido conversamos con el abogado laboral Miguel Ángel Salazar, quien expresó su opinión en torno a la Ley, como experto en la materia y estudioso del derecho laboral.

Inconstitucionalidad de la Ley porque resta dinero al trabajador

Según este experto, la LOT es primeramente inconstitucional pues viola el principio de la intangibilidad y progresividad, esto significa que modifica el texto en el fondo sustantivo, pues cambia principios de beneficios conquistados, como los 60 días de antigüedad de la Ley del 97’ que los reduce a 30, causándole perjuicio al trabajador en casos de retiro voluntario, pues para reponer los 60 días debe ocurrir que el patrono lo despida injustificadamente, perdiéndose automáticamente con esta figura el beneficio de la indemnización por prestaciones de antigüedad de 30 días, consagrado en el artículo 125 de la Ley del 97’.

Igualmente hay una desmejora sustancial en la indemnización de preaviso sustitutivo en casos injustificados, reducido de su máximo de 90 días a sólo 30 días, perdiéndose en el camino 60 días, lo que desmejora abiertamente al trabajador en la cantidad de dinero que recibe en tales casos.

Con la antigua Ley si despedían a un trabajador el patrono debía indemnizarlo de acuerdo al artículo 125 de la LOT, que establecía 30 días anuales o por fracción mayor a 6 meses, en caso de dos años de servicio el despedido tendría 107 días de prestaciones de antigüedad, más la indemnización de 60 días por los dos años de servicio, o sea que cobraría 167 días.

Con la nueva Ley, el trabajador tiene 30 días por antigüedad anual y en caso de despido por dos años le pagarían 60 días, más el doble de los 30, llegando a 120, lo que significa que perdería 47 días automáticamente, cosa que rompe la progresividad e intangibilidad de la Ley y desmejora a los trabajadores. Pues el principio jurídico establece que no cabe la aprobación de ninguna ley que desmejore económicamente en relación con los beneficios conquistados.

Elementos patronales de la Ley

Según el jurista Miguel Ángel Salazar, la Ley es además patronal en su visión económica, porque en la liquidación de las prestaciones sociales el concepto de antigüedad deja libre el camino para el despido injustificado, pues con los elementos que incluye la nueva Ley la progresividad en el tiempo se pierde más allá de los dos años, quedando más bien legitimado el despido injustificado sin costo adicional para el patrono, pues al tomar en cuenta el último salario, y no los aumentos progresivos termina ahorrándose dinero, siendo más negocio para el patrono despedir a la gente que antes.

En esta mutilación del artículo 125, de la vieja LOT, cuyo contenido simplemente desapareció en la nueva Ley, se acabó con un beneficio alcanzado en materia de progresividad – destaca Salazar-; que daba ganancia al trabajador en la medida que pasaban los años, ahora simplemente eso se pierde.

Por ello considera Salazar que la redacción de la nueva LOT, deja fuera los principios prestacionales de la antigüedad y se evidencia una ausencia total de la progresividad de la antigüedad.

Como otro elemento patronal, destacó Salazar que muchas de las figuras laborales de protección, como la trabajadora del hogar, los residenciales, motorizados, vigilantes y otros, son remitidos a leyes especiales que por supuesto no se han sancionado, lo que en su opinión puede generar una situación similar a la de la Ley Orgánica de Educación, que dejó una serie de elementos sujetos a leyes particulares que ahora, tres años después, no han sido ni siquiera discutidas en las instancias donde deben presentarse, generando indefensión en materia laboral.

Jurídicamente quedan por tanto los casos de este tipo de trabajador en manos de los jueces laborales e inspectores del trabajo; a discrecionalidad plena de estos funcionarios, generando abierta indefensión. Lo cual además deja abierta una puerta para el despido injustificado de ellos, que les perjudica abiertamente.

La reforma, en opinión de Salazar, está llena de mucha retórica política, muy alejada del espíritu propósito y sentimiento del hecho social del trabajo.

El caso de las mujeres embarazadas empeoró

El abogado explicó que con la vieja ley a una mujer embarazada le tocaba un plazo de permiso pre y postnatal de alrededor de 4 meses y medio, seis semanas de pre y doce de postnatal, para un total de 18 semanas, durante las cuales su pago quedaba remitido al Seguro Social, pues el patrono sólo pagaba los días laborados.

Por Ley el IVSS sólo paga el 75% del salario declarado, que tiende a ser menor al real.

Con la nueva Ley, al patrono se le obliga a complementar el salario de la mujer embarazada a salario declarado, o sea el 25 % restante, quedando el IVSS con el compromiso de pagar el 75 %, del total de 26 semanas, equivalentes a 6 meses y medio de trabajo.

Vale señalar que en la nueva Ley no se prevé el mecanismo de pago, lo que significa que ese dinero no se sabe cuando lo va a percibir, por lo que realmente no hay garantía de la inmediatez del cobro, así que posiblemente regresarán antes al trabajo para poder percibir su salario.

Se considera como jurista, que un avance positivo habría sido que en la Ley se determinara una vez que la

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