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INDICE
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- Introducción…………………………………………………………………………………………………………………….
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- Legislación Aplicable………………………………………………………………………………………………........
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- Flujograma Comité Paritario de Higiene y Seguridad Decreto Supremo 54……
- Cuando Una Empresa Debe Constituir Comité Paritario de Higiene y Seguridad ………………………………………………………………………………………………………………………………………………
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- Que es un Comité Paritario de Higiene y Seguridad………………………………………………….
- Quienes forman parte de un Comité Paritario de Higiene y Seguridad…………………………………………………………………………………………………………………………….
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- Como se eligen los integrantes del Comité Paritario de Higiene y Seguridad……………………………………………………………………………………………………………………………
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- Una vez obtenido los resultados…………………………………………………………………………………….
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- Fuero de un representante de los trabajadores……………………………………………………….
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- Designación de Secretario y Presidente……………………………………………………………………..
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- Principales funciones asociadas al rol desempeñado por los integrantes de Comité Paritario de Higiene y Seguridad……………………………………………………...................................
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- Como trabaja el comité Paritario de Higiene y Seguridad………………………………………….
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- Cuanto tiempo dura en sus funciones los miembros
del Comité Paritario de Higiene y Seguridad………………………………………………………………….. 17
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- Cuáles son las funciones del Comité Paritario de Higiene y Seguridad………………..
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- Programa de trabajo del Comité Paritario de Higiene y Seguridad……………………..
- Comisiones de trabajo del Comité Paritario de Higiene y Seguridad………...........
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- Comité Paritario de Higiene y Seguridad en Faenas………………………………………………….
- Flujograma Comité Paritario de Higiene y Seguridad Decreto Supremo N° 76…………...........
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- Cuando es necesario constituir un Comité Paritario de Higiene y Seguridad de faena…………………………………………………………………………………………………………………………………….
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- Cuáles son las funciones del Comité Paritario de Higiene y Seguridad de Faena…………………………………………………………………………………………………………………………………….
- Cuantos integrantes conforman un Comité Paritario de Higiene y Seguridad de Faena………………………………………………………………………….......................................................
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- Como se elegirá a un miembro del Comité Paritario de Higiene y Seguridad de Faena……………………………………………………………………………………………………………………………………..
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- Como se elegirán a los representantes de los trabajadores………………………………….
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- Que requisitos deben reunir los representantes de los empleadores que se designan…………………………………………………………………………………………………………………………….......
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- Que sucede si alguno de los miembros del comité paritario de higiene y seguridad deja de ser parte de esta instancia……………………………………………………………………………………
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- Que pasaría si la empresa principal o dueña de la faena ya cuenta con un comité paritario de higiene y seguridad de faena………………………………………………………………………
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- Son Obligatorios los acuerdos del comité paritario de higiene y seguridad.............
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- Que ocurre en el caso de que la empresa donde se desempeña el trabajador accidentado no tenga un integrante en el comité paritario de higiene y seguridad de faena…………………………………………………………………………………………………………..……………………..
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- Que empresa es responsable de las obligaciones en materia de higiene y seguridad………………………………………………………………………………………………………………………….......
- Comisiones de trabajo de comité Paritario de Higiene Y Seguridad de Faena……
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- Anexos…………………………………………………………………………………………………………………………………
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INTRODUCCIÓN
Un Comité Paritario, es un organismo técnico, obligatorio en aquellas empresas con más de 25 trabajadores.
Instancia de colaboración que promueve la prevención como una medida eficaz para evitar los accidentes laborales y las enfermedades profesionales. Está encargado de la detección y evaluación de los riesgos inherentes a los procesos, equipos e instalaciones particulares de cada empresa y a la adopción de medidas de higiene y seguridad adecuadas para la mantención de la salud ocupacional de las personas que los realizan.
Su misión es encontrar soluciones y mejoras efectivas en los ámbitos de Protección de las personas y de la Seguridad de toda empresa, servicio, faena o agencia.
En Chile nace el artículo 54 que aprueba el reglamento para la constitución y funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, en el año1969 a través del artículo 66 de la Ley Nº 16.744 del ministerio del Trabajo, que tiene por objetivo entregar toda la información necesaria para su constitución y correcto funcionamiento, entregando todas las directrices que se deben cumplir para su optima consolidación y posterior trabajo.
Subsiguientemente en el año 2006 se crea el decreto Supremo 76 que aprueba el reglamento para la aplicación del artículo 66 bis de la ley N°16.744 sobre la gestión de la seguridad y salud en el trabajo en obras, faenas o servicios que indica.
En la presente guía se puede encontrar toda la información necesaria para la constitución y funcionamiento de los respectivos comités de higiene y seguridad, según lo establecido en el Decreto supremo N°54 y N° 76 respectivamente, además se podrá revisar un flujograma explicativo que detalla que pasos se deben seguir para llevar a cabo la formación de dichos comités, cuando esto sea necesario.