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Código Internacional Salud Ocupacional


Enviado por   •  5 de Abril de 2014  •  1.903 Palabras (8 Páginas)  •  347 Visitas

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CODIGO INTERNACIONAL DE ETICA

PARA LOS PROFESIONALES DE LA SALUD OCUPACIONAL

ACTUALIZACIÓN 2002

ADOPTADO POR LA JUNTA DIRECTIVA EN MARZO DEL 2002

Primera impresión: 1992

Segunda impresión: 1994

Tercera impresión: 1996

Primera actualización: 2002

Traducción al español: 2003

AUTORIZACION PARA TRADUCCION Y REPRODUCCION:

Este documento puede reproducirse libremente siempre y cuando se cite su fuente, tal como se indica. Su traducción deberá ser aprobada por CISO/ICOH, y la versión traducida se acompañará de una copia del Código en inglés o francés. La parte titulada "Principios Básicos" resume los principios sobre los cuales se fundamenta el Código de Ética para los profesionales de la salud ocupacional y puede ser útil su divulgación en los servicios de salud ocupacional.

CISO/ICOH:

Comisión Internacional de Salud Ocupacional / International

Comission on Occupational Health

Dirección:

Secretaría general de CISO/ICOH - Secretaría General

c/o ISPESL Instituto Nacional de Seguridad Ocupacional y Prevención

Vía Fontana Cándida, 1

00040 - Monteporzio Catone (Roma)

Italia

Tel: +39- 06- 94181407

Fax: +39-06-94181556

E-mail: icohsg@iol.it

JUNTA DIRECTIVA DE LA COMISIÓN INTERNACIONAL DE SALUD OCUPACIONAL / INTERNATIONAL COMISSION ON OCCUPATIONAL HEALTH

Jorma Rantanem, Finlandia, Presidente . Ruddy Facci, Brasil, Vicepresidente

Alain Cantineau, Francia, Vicepresidente Sergio Iavicoli, Italia, Secretario General

Tar-Ching AW, Reino Unido Ian Eddington, Australia Abdeljalil El Kholti, Marruecos

Kaj Elmstrong, Suecia Richards Ennals, Reino Unido,Hua Fu, China,ee Guidotti, Caadá Kazutaka Kogi, Japón, Petter Kristensen, Noruega, Tore J, Larson, Australia),Suvi Lentinen, Finlandia, Marco Maroni, Italia, René Mendes, Brasil,,Louis Patry, Canadá, Jennifer Serfontein, Sud Africa, Gustav Schacke, Alemania,Ken Takahashi, Japón ,

Prefacio

1. Son varias las razones por las cuales la Comisión Internacional de Salud Ocupacional (ICOH) ha adoptado un Código Internacional de Ética para los Profesionales de la Salud Ocupacional, distinto de los demás códigos de ética existentes para los médicos en general. Una razón es el creciente reconocimiento de las complejas, y a veces contradictorias, responsabilidades que le caben a los profesionales de la salud y de la seguridad en el trabajo frente a los trabajadores, los empleadores, el público, la salud pública y las autoridades laborales, y otras instituciones como la seguridad social y las autoridades judiciales. Otra razón es el incremento del número de los profesionales de la salud y seguridad en el trabajo, como resultado de la instalación obligatoria o voluntaria de servicios de salud en el trabajo. Otro factor muy importante es el desarrollo emergente del enfoque multidisciplinario de la salud ocupacional, que implica que especialistas de diferentes profesiones se involucren en los servicios de salud ocupacional.

2. El Código Internacional de Ética para Profesionales de la Salud Ocupacional es aplicable a muchos grupos profesionales que llevan a cabo tareas y tienen responsabilidades relativas a la seguridad, higiene, salud y medio ambiente en relación al trabajo en las empresas de los sectores público y privado. Para los efectos del presente código, la expresión "profesionales de la salud ocupacional" se refiere a un amplio grupo cuya vocación común es el compromiso profesional de dedicarse al desarrollo de la salud ocupacional. El campo de acción de este Código abarca actividades de los profesionales de la salud ocupacional tanto cuando actúan en forma individual como cuando forman parte de organizaciones, o bien cuando proveen servicios a clientes y consumidores. El Código se aplica a los profesionales y a los servicios de salud ocupacional, tanto cuando actúan en un contexto de libre mercado sujeto a la competencia, como cuando lo hacen en el marco de los servicios de la salud

pública.

3. El Código Internacional de Ética de 1992 estableció los principios generales de ética en salud ocupacional. Estos aun son válidos, pero necesitan ser actualizados y reformulados para reforzar su aplicación en el contexto cambiante en el cual se practica la salud ocupacional. El Código también requiere ser reinterpretado periódicamente, utilizando terminología actualizada y para incorporar los aspectos éticos de salud ocupacional que surgen en debates públicos y profesionales. Deben tenerse en cuenta los cambios en las condiciones de trabajo y en los requerimientos sociales, incluso aquellos que surjan por desarrollos políticos y sociales en las sociedades; las demandas sobre las utilidades, el mejoramiento continuo de la calidad y la transparencia; la globalización de la economía mundial y la liberalización de los mercados internacionales; el desarrollo técnico y la introducción de la tecnología de la información, como un elemento integral de la producción y los servicios. Todos estos aspectos repercuten en el contexto que rodea a la práctica de la salud ocupacional y por tanto influyen sobre las

normas profesionales de conducta y sobre la ética de los profesionales de la salud ocupacional.

4. La preparación de un Código Internacional de Ética para los Profesionales de la Salud Ocupacional fue discutida en el seno de la Junta Directiva de CISO/ICOH, en Sydney en 1987. Un primer borrador se distribuyó a los miembros de la Junta en Montreal, el cual fue objeto de una serie de consultas entre finales de 1990 y principios de 1991. La versión final del Código de 1992 fue aprobada por la Junta Directiva de CISO/ICOH el 29 de Noviembre de 1991, publicado en inglés y francés en 1992 y reimpreso en 1994 y 1996, así como

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