DELITOS EN PARTICULAR
CRISCUT6913 de Diciembre de 2011
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UNIDAD I
DELITOS CONTRA LA VIDA
Elabore un ensayo referente a un Homicidio culposo; analizando la culpa como forma de la culpabilidad; y las posibles excluyentes de incriminación en el mismo caso; como mínimo incluya lo siguiente:
Nociones de la culpabilidad e inculpabilidad en el delito analizado.
Hipótesis penales en las cuales se actualicen casos excluyentes de incriminación; ejemplificando el supuesto de la utilización de alguno de ellos en la comisión del delito de homicidio.
Fundamentación legal del delito culposo y doloso; incluyendo penalidad en ambos casos.
Matar a otro por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de los reglamentos o deberes a su cargo.
El HOMICIDIO se ha dado desde el principio de la humanidad, esto se puede apreciar desde el tiempo de los cavernícolas, que se mataban entre sí para ocupar un cargo más importante en su núcleo social.
En la Biblia también se menciona el delito que nos interesa, tal es el caso de cómo Caín mato a su hermano Abel.
Con los casos antes mencionados se puede notar como el hombre desde el principio de su existencia no puede vivir de una manera armónica en sociedad. Lo cual es indispensable para el desarrollo de un Estado. Y como el Estado crea al Derecho, también le importa al Derecho y por consiguiente el Derecho regula la convivencia de los hombres en la sociedad. Es por esto que al derecho le interesa que los hombres que integran a la sociedad no se acaben, para que el Derecho los siga regulando.
Y pues como el HOMICIDIO termina con la vida en armonía de la sociedad, así como; también termina con los hombres que integran a la sociedad; es por esto que me intereso hablar de este tema en particular para ver como el Derecho lo regula y que medidas toma para evitarlo.
Es por ello, que haciendo abuso de esta pequeña pero tan importante frase del escritor francés André Malraux, que dice: "Una vida no vale nada, pero nada vale lo que una vida", es por lo que a continuación presento el crimen más grave que un ser humano puede cometer, que es el de atentar contra la vida de sus semejantes, por lo que cuando una persona causa la muerte a otra, se habla de HOMICIDIO.
CONCEPTO
Gramaticalmente, conforme al diccionario de la Real Academia de la Lengua, Homicidio es muerte causada a una persona por otra. Por lo común, ejecutada ilegalmente y con violencia. Desde un punto de vista jurídico doctrinario, el homicidio se conceptúa como la muerte de un hombre. Dentro de la doctrina mexicana, Jiménez Huerta, dice que el tipo penal del homicidio es “un delito de abstracta descripción objetiva, privar de la vida a un ser humano, y que las leyes que tipifican tales conductas se integran escuetamente con el hecho de matar a otro, en relación con lo anterior, resulta que la descripción legal del tipo del delito del homicidio comprende: la privación de la vida del otro, objetivamente injusta.
La palabra HOMICIDIO deriva de la expresión latina homicidium, que a la vez se compone de dos elementos: homo y caedere. Homo que significa hombre y caedere que significa matar. En esta forma, homicidio significa muerte de hombre causada por otro hombre. Según la enciclopedia jurídica “consiste en la muerte de un hombre ocasionada por ilícito comportamiento de otro hombre”.
“El Homicidio consiste en privar de la vida a un ser humano por cualquier medio”.
“El delito de homicidio en el derecho moderno consiste en la privación antijurídica de la vida de un ser humano cualquiera que sea su edad, sexo, raza o condiciones sociales”. Gramaticalmente quiere decir: “Acción de causar la muerte a una persona”.
Otra definición gramaticalmente seria, “Muerte causada a una persona por otra, ejecutada ilegítimamente y, por lo común con violencia”. “El homicidio es un delito que consiste en matar a una persona”.
El articulo 302 del cpdf, precisa la noción de “homicidio al señalar comete el delito de homicidio el que priva de la vida a otro”.
Para el penalista Francisco Pavón Vasconcelos," El homicidio es la muerte violenta e injusta de un hombre atribuible, en un nexo de causalidad, a la conducta dolosa o culposa de otro. ".
Según Cuello Calón el homicidio sería: " La muerte de un hombre voluntariamente causada por otro hombre." “Homicidio es la muerte de un hombre cometida por otro hombre.”
Homicidio es:
-La conducta que produce antijurídicamente la muerte de una persona, cualquiera que sean sus características (edad, sexo, profesión, cultura, raza, condiciones económicas, sociales, etc.), la muerte es causada por un hombre (sujeto activo) y que en muchas de las veces es con el uso de violencia.-
Considerado uno de los delitos más graves que puede cometer el ser humano, el homicidio se basa en el asesinato de una persona a manos de otra. Tanto las causas como las razones del por qué un homicidio se lleva a cabo pueden ser extremadamente variadas y es aquí donde la ley establece diferentes tipos de penas y castigos dependiendo de cada caso en particular.
Proveniente del latín, el término homicidio significa “matar a un ser humano” (homo: hombre; caedere: matar). Un homicidio siempre implica el uso de violencia y los métodos para realizar tal tarea pueden variar, aunque por lo general suelen verse determinados patrones de metodologías de acuerdo a la situación en la cual se da el crimen (por lo general, y a muy grandes rasgos, los homicidios pasionales se resuelven con armas blancas mientras que los que son consecuencia de robo o asalto se realizan a través de armas de fuego).
Realice un análisis de Derecho Comparado acerca del delito denominado en el Código Penal para el Estado de Morelos: “Inducción y Auxilio al Suicidio”; relacionándolo con el Código Penal para el Distrito Federal y con otra Legislación Sustantiva Penal, diferente a las antes mencionadas; describiendo diferencias y semejanzas en cuanto a las descripciones típicas, penalidad, denominación de los sujetos participantes en el ilícito; y todo lo demás que a usted le signifique interés en su carácter de estudioso del Derecho. No olvide incluir su opinión personal, por cuanto hace una propuesta concreta para homogeneizar criterios de las legislaciones estudiadas.
INDUCCION Y AUXILIO AL SUICIDIO, consistente en la asistencia a otra persona para que acabe con su vida, en efecto se encuentran elementos positivos que encierran a este delito y por lo tanto merece una sanción que determina nuestra propia ley pero aun así hay lagunas respecto al delito que a continuación se muestra en el tema.
La integridad del hombre es condición esencial para el cumplimiento de su propio destino. Dentro de la idea de la integridad humana que dan comprendidas tanto la salud corpórea (en sus aspectos anatómico y funcional) como la salud mental. Y la protección que este ordenamiento otorga a este bien jurídico es tan amplia que incluye el aspecto estético del rostro y del cuerpo, la normalidad morfológica, ó de otra forma dicho la perfección y la belleza.
El consentimiento del hombre para que otro le prive de su es inoperante, salvo que recaiga sobre hechos, tatuajes, cirugía platica, circuncisión, extracciones de dientes defectuosos, agujera miento de lóbulos de la orejas, colectivamente intrascendentes o sobre un órgano doble a otra persona trasplantable y cedido con humanitarios fines.
El bien jurídico de la integridad humana es protegido penalmente tanto del ataque que le causa un daño como el que le pone en peligro.
Concepto Legal
Bajo el nombre de lesión se comprenden no solamente las heridas, escoriaciones, contusiones, fracturas, dislocaciones, quemaduras, si no toda alteración en la salud y cualquier otro daño que deje huella material en el cuerpo humano si esos efectos son producidos por una causa externa.
Elementos Del Tipo
a) Una alteración de la salud y cualquier otro daño que deje huella material en el cuerpo humano.
b) Que esos efectos sean producidos por una causa externa.
c) Elemento moral. Sea cometida intencional o imprudencialmente.
Nexo causal
Para que pueda darse del hecho en el delito de lesiones deberá existir, entre el resultado y la conducta un nexo de causalidad; de tal manera que solo pueda atribuirse a un sujeto la alteración en la salud de otra persona, cuando este resultado se encuentre en relación de causalidad con la actividad o iniciativa realizada.
Tipo de lesiones
Así pues dentro del concepto alterador del daño alterador de la salud podemos mencionar las siguientes hipótesis:
Lesiones externas: Aquellas que por estar colocadas en la superficie del cuerpo humano son perceptibles a la vista o al tacto.
Causas físicas: Como los traumatismos, las radiaciones, la electricidad, el calor que produce quemaduras, el frío.
Causas químicas: Como sustancias corrosivas sobre la piel, como los tóxicos o venenos.
Causas biológicas: Corresponden a los agentes infecciosos, ya sean virus, bacterias o parásitos.
Lesiones internas: Aquellas que por no estar situados en la superficie requieren para su diagnostico, examen clínico, palpación, auscultación, pruebas
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