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DERECHO LABORAL / Viviana Parra


Enviado por   •  29 de Mayo de 2017  •  Tareas  •  440 Palabras (2 Páginas)  •  236 Visitas

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DERECHO LABORAL / Viviana Parra

Ramiro Meneses trabaja en Larousse Ltda. De lunes a viernes de 10:00 am a 8:00 pm como Gerente de Ventas desde el 22 de Octubre de 1996 bajo un contrato a término fijo a 3 años. Ha sido homenajeado en varias ocasiones por ser el mejor empleado de la Empresa. Su salario mensual es de $3.500.000 y en su contrato laboral nunca se le prohibió que trabajara en otra compañía.

Desde el 15 de Abril de 2000, durante las vacaciones colectivas otorgadas por Larousse En Diciembre, Ramiro viaja a Barcelona donde trabaja como “latin lover” en la filmación de películas pornográficas. 

El pasado sábado 17 de Octubre en documentales Pirry, hicieron un informe especial desde Barcelona, donde visitaron la feria de “cine rosa”. Dentro de las imágenes, el señor Lino Roberto jefe inmediato de Ramiro vio los ojos de un hombre y asegura son del señor Meneses. El 21 de Octubre de 2012 fue despedido Ramiro Meneses.

PRIMERA ENTREGA DEL PROYECTO:

El estudiante debe argumentar e indicar si existe o no justa causa por parte del señor Lino Roberto para terminar el contrato laboral y ¿por qué?.

Al analizar el caso del Señor Ramiro Meneses, se puede deducir que no hubo justa causa para su despido.

  1. En el Contrato laboral del Señor Ramiro, no existía una cláusula donde indicara que era prohibido trabajar para otras compañías durante su tiempo libre ó que hablará sobre la exclusividad con la empresa Larousse tal como informa el Código sustantivo del trabajo en el artículo 26 “Coexistencia de contratos”. El trabajo que realizó en “Latin lover” fue durante su tiempo libre o en vacaciones, entonces no se cruzaba con su trabajo en “Larousse Ltda”.
  2. El jefe del señor Ramiro, Lino Roberto, no puede suponer, deducir que era el señor Ramiro quién aparecía en el programa, no se puede basar en esto; no es un motivo relevante, ni válido para dar por terminado el contrato, antes se puede ver involucrado en un falso testimonio que daña el nombre, reputación del señor Ramiro al no tener los argumentos verdaderos para acusarlo y despedirlo sin justa causa, pues no tiene pruebas contundentes.
  3. No se puede hablar de acoso laboral, Ley 1010 del 2006, pues porque al revisar la ley observamos  que tiene q tener secuencia de hechos permanentes.
  4. Según el código sustantivo del trabajo en los artículos 61, 62, 63 y 64 no se evidencia como falta por la cual se le acusa al Señor Ramiro Meneses.
  5. No hubo un llamado a descargos, ó un requerimiento por escrito / preaviso, informando sobre las justificaciones de  la terminación del contrato, hecho que vulnera su debido proceso.

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