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DERECHO PENAL


Enviado por   •  1 de Octubre de 2013  •  1.325 Palabras (6 Páginas)  •  170 Visitas

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DERECHO PROCESAL PENAL

El Derecho Procesal Penal tiene un carácter primordial como un estudio de una justa e imparcial administración de justicia, posee contenido técnico jurídico donde se determinan las reglas para poder llegar a la verdad discutida y dictar un derecho justamente. Es el camino que hay que seguir, un ordenamiento preestablecido de carácter técnico. Garantiza, además la defensa contra las demás personas e inclusive contra el propio Estado.

El Derecho Procesal Penal tiene sus propias características que permiten diferenciarlo de otras ramas del Derecho.

Cuando mencionamos las características del Derecho Procesal Penal durante su evolución podríamos citar muchos autores que clasifican con algunas diferencias unos de otros al Derecho Procesal Penal, pero en muchos de los casos, esas clasificaciones corresponden a un Derecho Procesal Penal más evolucionado y en el que la clasificación de sus características se ha realizado analizando los actuales conceptos yprincipios fundamentales que rigen esta rama del Derecho.

Por tanto es necesario que se realice un análisis de las características de aquella evolución que se da a través de los tiempos antes de poder analizar las modernas definiciones existentes sobre las características actuales del Derecho Procesal Penal y, además se tendría que conocer de manera indispensable acerca de las dos funciones históricas, de las cuales resultan formas universalmente conocidas como sistemaacusatorio y sistema inquisitorio.

PROCEDIMIENTO PENAL¡¡¡¡¡

EL PROCEDIMIENTO PENAL EL PROCEDIMIENTO PENAL ESTUDIADO EN FORMA CONCRETA DESDE LA DENUNCIA HASTA SENTENCIA, APELACION Y AMPARO. (Favor de relacionarlo con su organigrama su expediente penal) La primera fase del procedimiento penal que se sigue en el Estado es la de averiguación previa. En esta etapa el Agente del Ministerio Público recibe las querellas de aquellas personas que fueron víctimas de la posible comisión de un delito, o las denuncias que presentare una víctima o alguna otra persona que tenga conocimiento de la comisión de un posible hecho delictuoso. Posteriormente, investiga los hechos a través de la declaración de testigos, inspecciones en el lugar de los hechos, dictámenes periciales, etc. En el caso de que estime que existen elementos que sean constitutivos de delito así como la probable responsabilidad de determinada persona, ejercitará la acción penal ante un juez competente. De no ser así, se dictará acuerdo de archivo respecto del cual la parte agraviada tiene el derecho de promover juicio de amparo. El ejercicio de la acción penal significa, que el juez penal competente toma conocimiento del expediente que le fue remitido por el Agente del Ministerio Público; si la persona está detenida, el juez de inmediato a través de su personal, le indica al detenido qué día y a qué hora se le tomará su declaración preparatoria, esto, dentro de un término de 48 horas contadas a partir del momento en que fue puesto a su disposición. Posteriormente de que se le toma su declaración preparatoria, siempre asistido por su defensor, el juez está obligado a resolver su situación jurídica dentro de un plazo de 72 horas posteriores a que fue puesto a su disposición, término que podrá ser ampliado a petición suya por otro lapso igual para el efecto de ofrecer pruebas, cuya resolución podrá consistir en un auto de formal prisión o de libertad por falta de pruebas para procesar. El inculpado, nombre que recibe aquél a quien se le instruye un proceso penal, puede solicitar desde que es puesto a disposición del juez, su libertad provisional bajo caución, siempre y cuando el delito por el cual se le procesa no sea de los considerados como graves por la ley. Por otro lado, en el caso de que el juez reciba el expediente que le envió el Ministerio Público sin que exista persona detenida, dictará un auto de inicio y estudiará las constancias para determinar si procede dictar una orden de aprehensión en contra de quien presumiblemente cometió el delito. Si existen elementos suficientes dictará una orden de aprehensión, si no los hay, dicta una resolución mediante la cual se niega la orden de aprehensión. Sí se dicta orden de aprehensión, inmediatamente se remite ésta al Procurador

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