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Derecho Penal


Enviado por   •  4 de Octubre de 2013  •  1.436 Palabras (6 Páginas)  •  213 Visitas

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1.- CONCEPTO DE DERECHO PENAL.-

Para tener un cocepto del Derecho Penal, mas o menos aceptable y que represente lo que esta ciencia, debemos partir de los sujetos a los que se aplica,

La Ciencia Del Derecho Penal es el conjunto de conocimientos obtenidos mediante la observación y el razonamiento del delito, del delincuente, y de la reacción social que ambos provocan, conocimientos de los que, sistemáticamente estructurados, se deducen principios y leyes generales

El Delito es una conducta humana sobre la que recae una sanción de carácter criminal.

El Delincuente es una persona natural que reúne las condiciones necesarias para responder ante el poder público.

La Reacción Social es el movimiento de la sociedad afectada por el delito que se traduce en una sanción.

Jiménez de Asúa define el Derecho Penal, como un “conjunto de normas y disposiciones jurídicas que regulan el ejercicio del poder sancionador y preventivo del Estado, estableciendo el concepto del delito como presupuesto de la acción estatal, así como la responsabilidad del sujeto activo, y asociando a la infracción de la norma una pena finalista o una medida aseguradora”

Fontán Balestra dice que “es la rama del ordenamiento jurídico que contiene las normas impuestas bajo amenaza de sanción”. Se advierte que en esta definición se contemplan los dos principales aspectos de Derecho Penal:

1. la determinación de los hechos delictivos

2. y su sancionabilidad.

DEFINICIONES SUBJETIVAS Y OBJETIVAS .-

Las subjetivas centran la definición en el jus puniendi (poder de castigo) del Estado. Mencionan el contenido substancial, o sea, valores e intereses que las normas tutelan.

Así, el Derecho Penal es el derecho de castigar que tiene el Estado como facultad pública de definir delitos y fijar sanciones que le son aplicables.

O, el Derecho penal es la “la rama del Derecho que regula la potestad pública de castigar y aplicar medidas de seguridad a los autores de infracciones punibles” (R. C. Núñez).

Las definiciones subjetivas de Derecho Penal adolecen del defecto que circunscribe la disciplina a la facultad de castigar a los autores de infracciones punibles; pero omite la expresión de que el Derecho Penal debe señalar, en primer término, cuáles son las infracciones punibles.

Las definiciones objetivas se refieren al conjunto de normas que promulga el Estado para combatir el delito. Tenemos:

el Derecho Penal es el conjunto de reglas jurídicas establecidas por el Estado, que asocian al crimen como hecho, la pena como legítima consecuencia (Franz Von Liszt).

DENOMINACIONES.-

Las denominaciones que recibió el Derecho Penal fueron:

Derecho Criminal.- para denotar que el interés principal es el autor del delito

Derecho Represivo o Sancionador.- para relievar el carácter punitivo de este Derecho.

Derecho de Prevención.- para denotar que este Derecho tiene normas jurídicas de conducta prohibidas.

Derecho Protector De La Sociedad.- para designar que el delito constituye una afrenta a la sociedad y que este Derecho lo protege.

Derecho De Lucha Contra El Crimen.- para nombrar que es en base a este Derecho que se sanciona el delito.

Derecho Protector De Criminales.- Pedro Dorado Montero lo llama así para significar que este Derecho es una valla contra la venganza privada o pública de la sociedad.

Derecho De La Defensa Social.- nombre que se le dio por utilizar junto a la Pena otras medidas para defender la sociedad, esta denominación tiene origen en la Escuela Positivista.

Antropología Criminal.- llamado así por los positivistas porque dan una mayor

importancia a la sociedad como medio, en relación al delito.

Derecho del Código Social.- En Centro y Sudamérica se le llamó Derecho del Código Social, bajo influencia de la Escuela Positiva.

Derecho Penal.- utilizado por primera vez en 1756 por Regnerus Engelhard para resaltar su carácter punitivo. Unos dicen que la denominación de Derecho Penal es muy angosta, no abarca las Medidas de Seguridad.

Derecho Criminal.- Para otros Derecho Criminal es muy amplio. En los países anglosajones se impuso esta última (Criminal Law). En Hispanoamérica se impone la denominación de Derecho Penal.

CARACTERES El Derecho Penal es:

Publico.- Sólo el Estado puede sancionar con una pena de carácter criminal.

Único y Exclusivo.- Nadie puede hacer justicia por sus propias manos.

Regulador de las relaciones del individuo con el Estado.- Sólo este puede calificar una conducta como delito.

Normativo.-

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