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DPC-7. ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS, COMBINADOS Y VALUACION DE INVERSIONES PERMANENTES POR EL METODO DE PARTICIPACION PATRIMONIAL

yjesx11 de Junio de 2013

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DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD

DPC-7. ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS, COMBINADOS Y

VALUACION DE INVERSIONES PERMANENTES POR

EL METODO DE PARTICIPACION PATRIMONIAL

INTRODUCCION

1. Para las inversiones en acciones con derecho a voto, la medición del monto de la inversión a ser

mostrado en el balance general y el ingreso periódico producido por esas inversiones a ser mostrado en el

estado de resultados, depende de la proporción poseída por la compañía inversora en la empresa emisora.

Para interpretar y usar efectivamente los estados financieros periódicos de empresas que tienen inversiones a

largo plazo, deben comprenderse claramente los diversos enfoques y sus impactos económicos.

2. De acuerdo con el principio del costo, las inversiones a largo plazo en acciones de otra compañía se

miden y registran, a la fecha de adquisición de las acciones, por el monto total pagado por ellas; este total

incluye el costo de adquisición más todas las comisiones y otros costos incurridos para comprarlas, siempre

que el total no exceda al valor de mercado. Subsecuentemente a la adquisición, la medición del monto de la

inversión y el ingreso de ella proveniente, depende generalmente del grado en que la compañía inversora

pueda ejercer influencia significativa o control sobre las políticas operacionales y financieras de la otra

compañía. La influencia significativa y el control guardan relación con el número de acciones poseídas por la

inversora en proporción al número total de tales acciones que se encuentran en circulación.

3. Para la medición y presentación, en los estados financieros, de las inversiones a largo plazo en

acciones con derecho a voto, los conceptos "influencia significativa" y "control" se interpretan de la

manera siguiente:

1. Influencia significativa: La capacidad de la compañía inversora para afectar, en un grado

importante, las políticas operacionales y financieras de otra empresa, de la cual posee acciones con derecho a

voto. Los siguientes hechos pueden ser indicadores de que existe "influencia significativa":

a) Tener miembros comunes en las Juntas Directivas de la matriz o su filial o afiliada.

b) Participación en los procesos de fijación de políticas.

c) Transacciones importantes entre las dos empresas.

d) Intercambio de personal gerencial.

e) Dependencia tecnológica.

En ausencia de una clara distinción basada en estos factores se presume que existe influencia significativa

cuando la compañía inversora posee al menos 20%, pero no más del 50%, de las acciones de la firma

emisora. Algunos ejemplos de casos donde no habría influencia significativa son:

a) La compañía inversora tiene prohibición legal de ejercer influencia.

b) Los accionistas de la compañía receptora de la inversión tienen una actitud hostil y les es posible evitar

que la compañía inversora participe en la toma de decisiones sobre las políticas de la compañía receptora de

la inversión.

c) La compañía receptora de la inversión es una compañía reglamentada y los problemas legales o

prácticos hacen imposible que la compañía inversora tenga influencia sobre la misma.

II. Control: La capacidad de la compañía inversora para determinar las políticas operacionales de la otra

empresa, de la cual posee acciones con derecho a voto. Para todos los propósitos prácticos, se presume que

existe control cuando la compañía inversora posee más del 50% de las acciones con derecho a voto de la otra

compañía.

La forma en que estos términos se relacionan con la medición e información de las inversiones a largo plazo

en acciones de capital es como sigue:

DEROGADO

Método de medición

Nivel de propiedad y presentación

1. Control (más del 50% de las

acciones; Consolidación

2. Propietarios o gerencia

comunes (sin relación de

propiedad entre compañías) Combinación

3. Influencia significativa

pero no-control (entre el 20%

y 50% de las acciones) Patrimonial

4. Sin influencia significativa ni

control (menos del 20% de las acciones) Costo

ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS

5. Los estados financieros consolidados son aplicables en los casos en que una compañía (llamada la

compañía "matriz"), mediante la propiedad de acciones con derecho a voto, ejerce control sobre una o más

diferentes compañías. Cada compañía es una entidad legal distinta. Los estados financieros consolidados

tienen la función de presentar la situación financiera y los resultados de las operaciones de todas las

compañías relacionadas como si formaran una sola entidad, es decir, bajo el concepto de que construyen una

"unidad económica". Generalmente se acepta que se logra una comprensión "global" más significativa de la

situación financiera y de los resultados, mediante el empleo de estados financieros consolidados que la que se

obtiene con el uso de los estados financieros individuales de las compañías controladoras y controladas.

6. En virtud de sus características distintivas, los estados financieros consolidados se preparan

principalmente en beneficio de los accionistas y administradores de la compañía controladora. Los estados

consolidados son de relativa poca importancia para los accionistas de las compañías controladas; para esos

últimos son más importantes los estados de las compañías en las cuales son accionistas. Aunque los estados

consolidados se preparan para los usuarios interesados en la compañía controladora, no son de manera

alguna un sustituto de los estados financieros individuales de cada compañía que forma parte de la entidad

económica. Estos estados individuales tienen que ser preparaos porque corresponden a una entidad legal

diferente.

7. Las entidades consolidadas integran una unidad económica y están constituidas por dos o más

entidades jurídicas que desarrollan actividades económicas, ejercen sus derechos y asumen sus obligaciones

en forma individual; por lo tanto, la entidad consolidada como tal carece de personalidad jurídica propia y por

razones de propiedad del capital y de facultad de tomar decisiones, debe incluir en sus estados financieros

consolidados todos los derechos, obligaciones, patrimonio y resultados de operación de conformidad con los

principios de contabilidad de aceptación general aplicables al respecto.

POLITICA DE CONSOLIDACION

8. La condición usual para un interés financiero de control es la posesión de una participación mayoritaria

en los derechos de votos en asambleas de accionistas y por lo tanto, como una regla general, la posesión por

una compañía, directa o indirectamente, de más del 50% de las acciones con derecho a voto emitidas por otra

compañía, es una condición que lleva a la consolidación.

La excepción a la regla anterior es que no deberá consolidarse una filial, cuando es probable que su control

sea temporal, cuando se encuentre en quiebra o cuando está sujeta a una reorganización legal, etc.

DEROGADO

10. Al decidir sobre la política de consolidación, el objetivo debe ser puesto en que se haga la presentación

financiera más significativa de acuerdo con las circunstancias. Al lector de los estados financieros se le debe

dar la información que es útil para sus necesidades, pero no se le debe abrumar con detalles innecesarios.

Además, aunque un grupo de compañías es heterogéneo en carácter, puede ser más apropiado hacer una

consolidación que presentar un gran número de estados separados. Por otra parte, los estados separados o

combinados serían preferibles para una filial o grupo de filiales si la presentación o la información financiera

concerniente a las actividades particulares de dichas filiales es más informativa para los accionistas o

prestamistas de la compañía matriz de lo que sería la inclusión de dichas filiales en una consolidación. (Ver

párrafos 12 y 22).

11. Una diferencia de fecha de cierre de los ejercicios de la compañía matriz y una o más filiales no

justifica en si la exclusión de la filial de la consolidación. Cuando la diferencia no sea mayor de tres meses, por

lo general, es aceptable usar para propósitos de consolidación los estados financieros de la filial según su

ejercicio fiscal. Cuando se haga así, debe darse reconocimiento mediante su inclusión en los estados

financieros consolidados o su revelación en las notas correspondientes, al efecto de los sucesos que se

hubieren presentado entre las fechas de los estados financieros y en que manera importante afectan la

situación financiera o los resultados de operaciones.

12. Cuando la entidad económica incluya entidades legales que realicen actividades disímiles, en forma tal

que la presentación de estados financieros consolidados pudiera conducir a interpretaciones erróneas, la

inversión en la filial puede presentarse según el método de participación patrimonial.

13. En el caso de filiales que operan en países extranjeros en los que existen controles de cambio,

restricciones

...

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