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Definicionn De Contrato


Enviado por   •  15 de Mayo de 2012  •  802 Palabras (4 Páginas)  •  357 Visitas

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Definición de Contratos:

El contrato se define como un acuerdo de voluntades para crear o trasmitir derechos y obligaciones; es una especie dentro del género de los convenios.

Existen contratos que originan exclusivamente derechos personales, y puede haber contratos que exclusivamente tengan por objeto dar nacimiento a derechos reales.

Hay contratos, como el mandato, el depósito, el comodato y el arrendamiento, que crean exclusivamente derechos personales.

ARTICULO 1721.- Son objeto de contratos:

I.- La cosa que el obligado deba dar; y

II.- El echo que el obligado deba hacer o no hacer.

ARTÍCULO 1722.- La cosa objeto del contrato debe:

1° Existir la naturaleza.

2° Ser determinante o determinada en cuanto a su especie.

3° Estar en el comercio.

Principales formas de los contratos:

Estas clasificaciones se presentan en la doctrina y en el derecho positivo, desde diversos puntos de vista. Se distinguen:

1° Contratos Bilaterales;

2° Onerosos y Gratuitos;

3° Comunicativos y aleatorios;

4° Reales y consensuales;

5° Formales y consensuales;

6° Principales y accesorios;

7° Instantáneo y de tracto sucesivo.

Contratos Unilaterales y Bilaterales:

El contrato unilateral es de acuerdo a voluntad que engendra solo obligaciones para una parte de derechos y de derecho para la otra. El contrato Bilateral es de acuerdo de voluntades que da nacimiento a derechos y obligaciones en ambas partes.

ARTICULO 1835 del Código Civil vigente: “El contrato es unilateral cuando una sola de las partes se obliga así la otra sin que esta le quede obligado”.

ARTICULO 1836: “El contrato es bilateral cuando las partes se obligan recíprocamente”.

Contratos Onerosos y Gratuitos:

Es oneroso el contrato que impone provechos y gravámenes recíprocos. Es gratuito en que los provechos corresponden a una de las partes y los gravámenes a la otra.

No es exacto, como afirman algunos autores, que todo contrato bilateral sea oneroso y todo contrato unilateral sea gratuito.

Contratos conmutativos y aleatorios:

Los contratos onerosos se subdividen en conmutativos y aleatorios.

Conmutativo, cuando los provechos y los gravámenes son ciertos y conocidos desde la celebración del contrato; es decir, cuando la cuantía de las prestaciones puede determinarse desde la celebración del contrato.

Aleatorios,

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