Del Derecho Laboral y Administrativo .
priselysTesis6 de Junio de 2014
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República Bolivariana de Venezuela
Ministerio para el poder popular de Educación Superior
Universidad Experimental “Rómulo Gallegos”
Aula Móvil – IUTA
Cohorte XXI
Especialidad: Licenciatura en EnfeCFrmería
Cátedra: Derecho Laboral
Del Derecho Laboral y Administrativo;
su importancia y relación con el Ejercicio Profesional de la Enfermería
Participantes:
MARCIGLIA, Iliana
ROZO, Steven
VÁSQUEZ, Beatris
Prof.:
Lcdo. Armando Mejías
Caracas, 10 de Mayo de 2.014
En la época de Florencia Nighthingale, la enfermería surge como necesidad de atención, en un tiempo de post-guerra. Una sociedad devastada, enferma y degradada en sus cimientos; necesitó de un cúmulo de atenciones que fueron impartidas por un grupo de personas, quienes de forma empírica cubrieron estas necesidades. Posteriormente, con las primeras escuelas de enfermería, surgidas en Gran Bretaña, establece con fundamentos científicos la carrera profesional; enmarcándolas dentro de unas normativas legales y administrativas que la colocaron como una más de las cátedras de la era moderna.
La Enfermería profesional puede ser analizada de múltiples formas: la que nos concierne en este caso es la de Ejercicio Profesional, que, tiene en sus basamentos: un sujeto (bien sea, el que ejerce la profesión, como aquel que es beneficiario de la misma); un ámbito de acción; unas normativas y unas sanciones (sin tomar en cuenta la índole de éstas, para efectos de este análisis) en caso de que se incurra en faltas inherentes al ejercicio.
En el marco del Derecho Laboral, la legislación venezolana estipula el trabajo como una actividad de libre elección, por la cual se recibe una recompensa o remuneración basándose (entre otros) en el principio de “igual trabajo, igual salario”; también habla de los deberes y derechos que tienen las partes involucradas en la relación laboral. En referencia a esto, el profesional de enfermería es (y en todos los casos debería ser) una persona que si obligación de ninguna índole, elija ésta como su forma de sustento y satisfacción profesional; a su vez, debe cumplir los deberes que su condición de trabajador así le obliguen, así como también hacer cumplir sus derechos. La particularidad, en el caso de la Profesión de Enfermería, en lo que respecta al derecho Laboral es que, no solamente tienen deberes y derechos patrono y empleador, si no que el usuario (el sujeto que se beneficia de la atención prestada) tiene derechos particulares, irrenunciables y que deben ser respetados a cabalidad; aún cuando, respetar a este derecho incluya vulnerar los propios actures profesionales (como por ejemplo, el caso de los pacientes Testigos de Jehova; en relación a las trasfusiones sanguíneas; el cual menoscaba el Artículo Nº 2, numeral 1 de la Ley del Ejercicio Profesional de Enfermería). En síntesis, el derecho laboral regula todo lo relacionado al acto del trabajo y todo lo que de éste derive, y la Enfermería es, como tal una labor a cambio de la cual, se obtiene una remuneración monetaria.
Siendo el Derecho Administrativo, el que regula la función de Estado, las garantías que éste debe impartir para sus ciudadanos, el orden público y la seguridad; abarca de forma relevante el actuar del profesional de Enfermería ya que el mismo es un servidor público, suceptible a ser regulado por estos estatutos. En lo concerniente a la función del Estado; la profesión es de interés público, la cual debe prestarse en situaciones favorables o desfavorables para el estado y el país. La Salud está inmersa dentro de las garantías constitucionales, y enfermería forma parte del sistema de salud nacional.
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