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Delegación de deuda


Enviado por   •  16 de Mayo de 2013  •  Ensayos  •  3.233 Palabras (13 Páginas)  •  307 Visitas

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DELEGACIÓN DE DEUDA

Es una operación jurídica por la cual una persona, el delegante, ordena a otra, el delegado, a hacer o comprometerse a hacer una prestación a un tercero que es el delegatario.

Se produce casi siempre entre personas obligadas recíprocamente entre sí. El delegante es el acreedor del delegado y deudor del delegatario.

TIPOS DE DELEGACIÓN

Delegación perfecta e imperfecta. Esta clasificación se efectuará atendiendo al efecto novatorio. En el caso de la perfecta implica que el delegante que era deudor del delegatario, quien acepta la extinción del crédito contra el delegante por el solo compromiso del delegado frente a él. Hay novación por cambio del deudor.

La condición es que el delegatario expresamente descargue al delegante. En caso contrario será una delegación imperfecta.

REQUISITOS DELEGACIÓN PERFECTA

CONSENTIMIENTO TRIPARTITO DEL DELEGANTE, DEL DELEGATARIO Y DEL DELEGADO.

El consentimiento del delegante es determinante. Este será quien le dará la orden inicial al delegatario de pagar la deuda. La orden del delegante es un elemento esencial de la delegación.

ANIMUS NOVANDI O INTENCIÓN DE NOVAR

Es necesaria en la delegación perfecta, en vista de que se extingue una obligación originaria o primitiva. La existencia del animus novandi debe probarse, porque se presume que el delegatario no ha querido renunciar al crédito original, salvo prueba en contrario, es decir, no se puede presumir que haya renunciado a ese derecho. La intención de novar resulta de la declaración expresa del acreedor delegatario, lo que es obligatorio.

LA OBLIGACIÓN PRIMITIVA ENTRE DELEGANTE Y DELEGATARIO DEBE SER VÁLIDA

La delegación perfecta por implicar una novación y tener como consecuencia la extinción de una obligación o vínculo jurídico anterior entre el delegante y el delegatario.

EFECTOS DE LA DELEGACIÓN PERFECTA

Liberación definitiva del delegante. En vista de esta delegación supone novación por parte del deudor, esta extingue la delegación o crédito primitivo con todas sus garantías. El delegante queda liberado total y definitivamente, no tiene que responder de la solvencia del delegado, excepto:

a) Cuando haya una cláusula de reserva de solvencia del deudor. El delegatario hace expresamente reserva de que la extinción del crédito primario contra el delegante dependerá de la solvencia del deudor al instante de la reclamación, viene a ser como una condición resolutoria de la delegación de deuda.

La delegación perfecta bajo condición de solvencia o pago asemeja a la imperfecta en que el delegatario no libera al delegante. En este caso, el delegatario reclamará primero al delegado antes de dirigirse al delegante, es decir, que el delegante tendrá un beneficio de excusión[2].

b) En caso de quiebra declarada, suspensión de pago del delegado, el delegatario tiene garantía de pleno derecho contra la insolvencia actual del delegado. En estos casos el delegante continúa obligado respecto del delegatario. La solvencia actual del deudor es un elemento de validez de la delegación de deuda.

EXCEPCIONES O MEDIOS DE DEFENSA

Excepción del delegante. La novación ocasiona la extinción de la obligación antigua o anterior, en consecuencia en la delegación perfecta todas las excepciones del delegante y relativas a la naturaleza del crédito desaparecen. Sin embargo, la inexistencia o nulidad del crédito originario que podría causar la nulidad de la delegación perfecta en su totalidad si es oponible por el delegado.

Excepción del delegado. El no puede oponerle al delegatario las excepciones que tenia contra el delegante, esto así porque la relación entre el delegado y el delegante es independiente.

La nulidad de la obligación del delegante y el delegatario es oponible por el delegado.

DELEGACIÓN IMPERFECTA

No produce efecto novatorio, se crea una nueva obligación o crédito y se mantiene la obligación originaria. El delegante seguirá siendo deudor originario en ese caso el delegatorio tendrá en el delegado otro deudor.

El delegatario podría dirigirse a cualquiera de los dos por la totalidad de la deuda. El delegado no puede oponerle el beneficio de excusión al delegatario.

REQUISITOS

Triple consentimiento de las partes.

No efecto novatorio.

EFECTOS DE LA DELEGACIÓN IMPERFECTA

La deuda del delegante no se extingue, solo se extingue el día que el delegatario recibe el pago de cualquiera de ellos.

INOPONIBILIDAD DE LAS EXCEPCIONES

Que la delegación sea perfecta o imperfecta, creará entre delegado y delegatario, una relación de derecho que resultaría de la obligación del delegado frente al delegante.

La relación entre delegado y delegatario es consecuencia de la relación entre delegado y delegante,

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