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La Delegacion


Enviado por   •  18 de Junio de 2012  •  833 Palabras (4 Páginas)  •  655 Visitas

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LA DELEGACIÓN es un acto jurídico en virtud del cual una persona denominada DELEGANTE, encarga a otra llamada DELEGADO que ejecute o se obligue a ejecutar una prestación en beneficio de una tercera persona denominada DELEGATARIO. Consiste en lo siguiente:

• Un deudor delegante puede designar a un tercero (delegado) para que pague a su acreedor delegatorio.

• Un acreedor delegante puede designar a su deudor delegado, para que pague a su acreedor delegatario.

• Permite reducir a una, dos obligaciones previas.

Con la cesión de Créditos, se confunden cuando el cedente en su condición de acreedor enajena el crédito que tiene contra su deudor a otra persona denominada cesionario, sin embargo:

a) en la cesión de créditos se transmite el derecho mientras que la delegación no es un medio de transmitir derechos.

B) en la cesión de créditos, el cesionario recibe el mismo crédito que el cedente tiene en su patrimonio con sus garantías y derechos accesorios; en la delegación el delegatario asume una acreencia nueva y se extingue la acreencia primitiva.

C) en la cesión de créditos el deudor no es parte, el deudor debe ser notificado para que la cesión produzca efecto pleno entre las partes y contra los terceros; en la delegación el deudor delegado es parte, debe consentir en realizar el pago para que exista delegación.

La Delegación perfecta implica que el delegante que era deudor del delegatario, quien acepta la extinción del crédito contra el delegante por el solo compromiso del delegado frente a él. Hay novación por cambio del deudor.

La condición es que el delegatario expresamente descargue al delegante. En caso contrario será una delegación imperfecta. El consentimiento del delegante es determinante. Este será quien le dará la orden inicial al delegatario de pagar la deuda. La orden del delegante es un elemento esencial de la delegación.

Es necesaria en la delegación perfecta, en vista de que se extingue una obligación originaria o primitiva. La existencia del animus novandi debe probarse, porque se presume que el delegatario no ha querido renunciar al crédito original, salvo prueba en contrario, es decir, no se puede presumir que haya renunciado a ese derecho. La intención de novar resulta de la declaración expresa del acreedor delegatario, lo que es obligatorio.

La Delegación Imperfecta no produce efecto novatorio, se crea una nueva obligación o crédito y se mantiene la obligación originaria. El delegante seguirá siendo deudor originario en ese caso el delegatorio tendrá en el delegado otro deudor.

El delegatario podría dirigirse a cualquiera de los dos por la totalidad de la deuda. El delegado no puede oponerle el beneficio de excusión al delegatario.

Delegación Activa ocurre por

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